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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (16/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de agosto de 2017 El Peruano / tanto en el plano bilateral como multilateral, con la fi nalidad de proyectar adecuadamente y de una manera integral, sus intereses en dicha región, actualmente una de las más dinámicas y con mayor potencial en términos económicos; Que, como parte de su estrategia de inserción en la región Asia Pacífico, el Perú prioriza su acercamiento en los distintos mecanismos de cooperación existentes, siendo el Foro de Cooperación América Latina–Asia del Este (FOCALAE), un espacio de cooperación destinado al diálogo, intercambio de experiencias y tratamiento de temas de interés común entre ambas regiones; Que, FOCALAE es el único Foro Birregional que congrega exclusivamente a países de América Latina y el Caribe y del Asia del Este, en el que el Perú ha participado ininterrumpidamente desde su fundación en el año 2001; Que, el pasado 1 de diciembre de 2016, en el marco de la Reunión Ad-Hoc de Altos O fi ciales de FOCALAE (SOM), efectuada en la ciudad de Seúl, República de Corea, el Perú presentó su candidatura para ejercer el cargo de Co-coordinador Regional de FOCALAE en representación de América Latina; Que, el resultado de dicho proceso de elección del co-coordinador Regional se decidirá en una Reunión de Coordinación Regional el 29 de agosto próximo; Que, el Ciber Secretariado de FOCALAE ha anunciado la realización de la 8° Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de FOCALAE en la ciudad de Busan, República de Corea, el 31 de agosto y 1 de setiembre de los corrientes. Dicha reunión será precedida por la Reunión de Coordinación el 29 de agosto, y la Reunión de los Altos Ofi ciales, el 30 de agosto; Que, la citada Reunión Ministerial tratará temas de alta importancia para el fortalecimiento institucional del Foro, incluyendo la aprobación del nuevo plan de acción, la institucionalización de la Troika y el establecimiento del Fondo FOCALAE para el fi nanciamiento de proyectos; Que, es necesario que un representante del Perú asista a dicha Reunión Ministerial así como a las reuniones conexas a fi n de promover la candidatura peruana a la Co-coordinación Regional del Foro y dar a conocer la posición nacional con relación a los temas relativos al fortalecimiento institucional del citado Foro, particularmente sobre el Plan de Acción y el Fondo FOCALAE para el fi nanciamiento de proyectos; así como para asegurar un adecuado seguimiento político y diplomático de este mecanismo multilateral; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 2378 del Despacho Viceministerial, de 2 de agosto de 2017, y la Memoranda (DAO) N° DAO00529/2017 de la Dirección General de Asia y Oceanía, de 2 de agosto de 2017; y (OPR) N° OPR00228/2017, de la O fi cina de Programación y Presupuesto, de 8 de agosto de 2017, que otorga la certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modi fi catorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y, la Ley N.º 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio Raymundo Bellina Acevedo, Director General de Asía y Oceanía, a la ciudad de Busan, República de Corea, para participar del 29 al 31 de agosto de 2017, en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje Aéreo Clase Económica US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$ José Antonio Raymundo Bellina Acevedo3371.00 500.00 3 + 2 2,500.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1554123-1 Disponen la publicación de resumen de la Resolución 2371 (2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, referida a la no profileración de armas en la República Popular Democrática de Corea RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0554/RE-2017 Lima, 11 de agosto de 2017CONSIDERANDOQue el Decreto Supremo N° 016-2007-RE, del 24 de marzo de 2007, establece disposiciones relativas a la publicidad de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas; Que, el 5 de agosto de 2017, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la resolución 2371 (2017), referida a la no proliferación de armas en la República Popular Democrática de Corea, siendo ésta de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de las Naciones Unidas conforme a lo señalado en la Carta de la Organización; Estando a lo acordado; SE RESUELVEArtículo 1.- Publicar, para conocimiento y debida observancia de sus disposiciones, un resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la resolución 2371 (2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, referida a la no proliferación de armas en la República Popular Democrática de Corea. El texto completo de dicha resolución se encuentra publicado en el portal electrónico de la Organización de las Naciones Unidas (www.un.org) Artículo 2.- Sin carácter restrictivo, entiéndase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la resolución 2371 (2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son las siguientes: Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de DefensaMinisterio del InteriorMinisterio de Comercio Exterior y TurismoSuperintendencia Nacional de Migraciones