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36 NORMAS LEGALES Sábado 2 de diciembre de 2017 / El Peruano VISTOS: el O fi cio 471-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE, del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando N° 1481-2017-PRODUCE/OGPPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 649-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la O fi cina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016- PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017; Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012-EF se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de US$ 35 000 000,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el “Proyecto Innovación para la Competitividad”; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, con Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad en el ámbito del Ministerio de la Producción, con el objetivo general de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; asimismo, el artículo 5 de la norma citada, dispone la fusión bajo la modalidad de absorción a la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el mencionado Programa, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida; Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente establece, entre otros, que el Proyecto Innovación para la Competitividad se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP N° 159771 y Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE, y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción; Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza para el presente Año Fiscal al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la fi nalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias fi nancieras y subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción y se publican en el Diario O fi cial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, requiriéndose el informe favorable previo de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces; Que, la citada Disposición Complementaria Final, señala que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los que, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento, según corresponda; y que mediante resolución de su titular, deberán establecerse los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y personas jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del sector sobre los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo señalado anteriormente;Que, a través del O fi cio N° 471-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad remite el Informe N° 101-2017-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/UPEG, de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, sustentando la necesidad de autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las personas naturales y jurídicas privadas, hasta por la suma de S/ 3 300 535,49 (TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 49/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 1 679 731,28 (UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO Y 28/100 SOLES), y Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito por la suma de S/ 1 620 804,21 (UN MILLÓN SEISCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS CUATRO Y 21/100 SOLES), en cuarenta y ocho (48) desembolsos destinados a co fi nanciar la ejecución de los instrumentos: i) 01 “Proyecto de Implementación de Agendas de Innovación Tecnológica” – AIT; ii) 01 “Proyecto de Asesorías Tecnológicas” – AT; iii) 03 Proyectos de Investigación vinculados a las “Becas de Repatriación de Investigadores” – BRI; iv) 01 “Proyecto de Emprendedores Innovadores” – EI; v) 01 “Proyecto de Innovación Social, Reto 3 – Protección en zonas de Heladas” – ISPZH; vi) 01 “Proyectos de Innovación Tecnológica de Alto Impacto” – ITAI; vii) 01 “Proyecto de Investigación Aplicada” – IA; viii) 10 “Proyecto de Misiones Tecnológicas” – MT; ix) 20 “Proyectos de Innovación de Empresas Individuales” – PITEI; x) 01 “Proyecto de Popularización de la Ciencia, Tecnología, Innovación y Emprendimiento” – PCTI; y xi) 08 “Proyectos de Preparación para Acreditación de Laboratorios” – PPAL, conforme se detalla en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, precisando que se cuenta con los recursos necesarios para otorgar las mencionadas subvenciones y que los bene fi ciarios de los recursos vienen cumpliendo con los compromisos establecidos en los convenios y contratos respectivos, debidamente suscritos; Que, por Memorando N° 1481-2017-PRODUCE/ OGPPM, la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 649-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Ofi cina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal para el otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas hasta por la suma de S/ 3 300 535,49 (TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 49/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 1 679 731,28 (UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO Y 28/100 SOLES), y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito por la suma de S/ 1 620 804,21 (UN MILLÓN SEISCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS CUATRO Y 21/100 SOLES), con cargo al presupuesto Institucional 2017 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Proyecto 2160305 Innovación para la Competitividad, destinadas a cofi nanciar los desembolsos a los instrumentos detallados anteriormente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización para el otorgamiento de Subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, con cargo a la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción,