Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2017 (02/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 2 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, los gastos que genere el viaje para asistir al referido evento serán asumidos con cargo al Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte ­ Unidad Ejecutora: 001. Los gastos asociados a los viáticos serán cubiertos por el organizador del evento; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, durante el presente año, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas; asimismo señala que la autorización para viajes al exterior de las personas antes mencionadas se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la Secretaría General, la Dirección General de Educación Básica Regular, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales y la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución de Secretaria General N° 285-2017-MINEDU, que aprueba la Directiva N° 006-2017-MINEDU/SG, "Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes al exterior y rendición de cuentas de viáticos, pasajes y otros gastos de viaje de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Ministerio de Educación"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora LEISLEI ASUNCION AVILES OCHOA, Especialista de la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, a la ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, del 01 al 11 de diciembre de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte ­ Unidad Ejecutora: 001, de acuerdo al siguiente detalle: LEISLEI ASUNCION AVILES OCHOA Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 462,81

Autorizan viaje de Delegación que participará en la 26° Olimpiada Matemática Rioplatense que se llevará a cabo en Argentina
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 681-2017-MINEDU Lima, 1 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 17 de noviembre de 2017, el Presidente de la Comisión de Olimpiadas de la Sociedad Matemática Peruana comunica la relación de estudiantes y profesores seleccionados que forman parte de la delegación que participará en la 26° Olimpiada Matemática Rioplatense, a desarrollarse del 02 al 07 de diciembre de 2017 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República de Argentina; Que, la Olimpiada Matemática Rioplatense 2017, es una competencia internacional similar al estilo de la Olimpiada Mundial, con dos pruebas tomadas en días consecutivos dirigida a estudiantes de educación secundaria, la cual tiene como objetivo fundamental estimular entre los jóvenes participantes la capacidad para resolver problemas mediante competencias; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 352-2017-MINEDU se designó a los integrantes de la Delegación que participará en la 26° Olimpiada Matemática Rioplatense, la cual está conformada por 09 (nueve) estudiantes y 03 (tres) profesores; Que, mediante Informe N° 199-2017-MINEDU/VMGPDIGEBR-UAC-AEBF la Dirección General de Educación Básica Regular­DIGEBR señala que es necesario el viaje de la citada Delegación, toda vez que contribuye y fortalece el perfil de egreso del estudiante de la Educación Básica, establecido en el Currículo Nacional de la Educación Básica; asimismo, genera un impacto social en el ámbito escolar, académico y la sociedad peruana por el reconocimiento que realiza el Estado Peruano a los estudiantes talentos en ciencia al nominarlos como representantes de nuestro país y, por promover y autorizar su participación en este evento de trascendencia internacional; Que, con Informe N° 257-2017-MINEDU/SG-OGCI, la Jefa de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales manifiesta que resulta relevante la participación de la Delegación en la 26° Olimpiada Matemática Rioplatense, porque fortalecerá sus competencias y capacidades matemáticas, el desarrollo de su talento y su autoestima; así como, permitirá mostrar el nivel que tienen nuestros adolescentes talentos de matemáticas en relación a otros estudiantes del mundo; Que, por lo expuesto y siendo de interés para el Ministerio, resulta necesario autorizar el viaje de los 09 (nueve) estudiantes y 03 (tres) profesores que integran la Delegación que participará en la 26° Olimpiada Matemática Rioplatense, cuyos gastos de pasajes aéreos serán asumidos con cargo al Pliego 010: Ministerio de Educación ­ Unidad Ejecutora: 026 ­ Programa Educación Básica para Todos. Los gastos asociados a los viáticos serán cubiertos por los organizadores del evento; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017, durante el presente año, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas; asimismo señala que la autorización para viajes al exterior de las personas antes mencionadas se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Artículo 3.- Disponer que la profesional citada en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, presente un informe detallado sobre el desarrollo y resultados del evento. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1593334-1

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