Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2017 (08/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Viernes 8 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, según los términos del Memorando Nº 13002017-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 651-2017MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 149-2017-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 159-2017-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 638-2017-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; Que, en aplicación del artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa ECOCOPTER PERÚ S.A., la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros y carga, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 19 de diciembre del 2017, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 597-2013-MTC/12 del 25 de noviembre del 2013; y la Modificación en el sentido de incrementar el material aeronáutico. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa ECOCOPTER PERÚ S.A. deberá contar con el Certificado de Explotador correspondiente, así como sus Especificaciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal, técnica y económico ­ financiera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial ­ Transporte Aéreo No Regular de pasajeros y carga. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Bell 212, 412, 206L, 407, 214, 214ST. - Bell 204, 205, 412EP, 412HP, 412SP, 212HP, 212SP - Augusta-Westland 109, 139 - Augusta S.p.A A119 - PZL-Swidnik W-3A

- Eurocopter AS 350 BA / B1 / B2 / B3 / F2 / N / NP (Ecureuil) - Eurocopter EC 130 B4 / 120 Colibrí - Eurocopter EC-135, EC-145, SA330, AS332, EC-225 - MI 8T, 8P, 8MT, 8MTV, 17, 171 - SIKORSKY S-61, S-61L, S-61N, S-64, S-64F, S-64E, S76C++ - Eurocopter Super Puma AS332L / AS332L1 / AS332L2 - Eurocopter PUMA SA330J - Beechcraft King Series - EC-145 Versiones y/o series y/o modelos - EC-135 Versiones y/o series y/o modelos - Robinson R22 / R44 / Series - MBB-BK 117 Versiones y/o series y/o modelos - Twin Otter DHC-6 Versiones y/o series y/o modelos - Twin Otter DHC-6 300, DHC-6 400 - DHC-8-400 series y/o modelos - EC-145 T2 - Airbus H125 / H130 / H135 / H145 / H155 / H225 - PZL M28 05 ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: Amazonas - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Rodríguez de Mendoza, Helipuerto Kusu Grande / Estación 6. DEPARTAMENTO: Ancash - Chimbote, Huascarán. DEPARTAMENTO: Apurímac - Andahuaylas, Helipuerto Las Bambas. DEPARTAMENTO: Arequipa - Arequipa, Atico, Mollendo, Orcopampa. DEPARTAMENTO: Ayacucho - Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuamán. DEPARTAMENTO: Cajamarca - Cajamarca, Jaén, Helipuerto Playa Azul / Estación 8. DEPARTAMENTO: Cusco - Cusco, Patria, Helipuerto Cashiriari N° 3, Helipuerto Kinteroni, Helipuerto La Peruanita Nº 1, Helipuerto La Peruanita Nº 2, Helipuerto Las Malvinas, Helipuerto Mipaya, Helipuerto Pagoreni A, Helipuerto Pagoreni B, Helipuerto Sagari BX (Pozo Sagari), Helipuerto San Martín 1, Helipuerto San Martín 3, Kirigueti, Kiteni, Las Malvinas, Nuevo Mundo, Tangoshiari, Yauri. DEPARTAMENTO: Huánuco - Huánuco, Tingo María, Pueblo Libre de Codo. DEPARTAMENTO: Ica - Nasca / María Reiche Neuman, Pisco, Helipuerto de Superficie Maria Reiche, Las Dunas. DEPARTAMENTO: Junín - Cutivireni, Jauja, Mazamari, Helipuerto Mashira, Los Misioneros. DEPARTAMENTO: La Libertad - Chagual / Don Lucho, Huamachuco, Pata de Gallo, Pías, Tulpo, Trujillo, Urpay. DEPARTAMENTO: Lambayeque - Chiclayo.

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