Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2017 (22/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 22 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Patrimonio Cultural de la Nación del bien cultural mueble denominado "Señor de Burgos" de propiedad de la Diócesis de Huánuco: Que, la mencionada declaratoria es sustentada en que la escultura denominada "Señor de Burgos" es representativa de una devoción de antigua raigambre, cuyos orígenes datan desde épocas medievales y que llegó al virreinato del Perú con los frailes agustinos, por lo que su representación en el virreinato del Perú posee valor histórico, convirtiéndose en una imagen que adquirió gran popularidad en tierras americanas, más aún si la presencia de esta temática religiosa se encuentra contextualizada y justificada en el proceso de evangelización y contrarreforma dada en los territorios de la América virreinal; Que, una escultura que evidencia la tradición artística española de manera más significativa en las piezas de madera tallada, policromada y encarnada se encuentra identificada de manera sobresaliente en el "Señor de Burgos", toda vez que las técnicas utilizadas en el proceso de intervención de restauración y conservación efectuado durante el año 2015, no han alterado la policromía, ni el tono de la carnación brillante característico de las esculturas del siglo XVIII, presentando y conservando sus valores artísticos; Que, asimismo el "Señor de Burgos" tiene un significativo valor social, al ser considerado el patrón de la ciudad de Huánuco, estando la población huanuqueña mayoritariamente católica, fuertemente identificada con esta advocación, la misma que se pone de manifiesto cada mes de octubre, en que la imagen es sacada en procesión, congregando a cientos de fieles, que han hecho de esta celebración un motivo de identificación local inmersa en lo tradicional; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes se puede determinar que la escultura denominada "Señor de Burgos" presenta valores históricos-artísticos y sociales relacionados a su importancia en la historia del arte peruano como un bien cultural que representa con virtuosismo las características estéticas y técnicas de la escultura virreinal limeña, siendo su imagen el fortalecimiento de las relacionales tradicionales de identidad del pueblo huanuqueño, por lo que se considera pertinente declararla como Patrimonio Cultural, en vista que reúne los valores históricos, artísticos y sociales descritos en los artículos II y III del Título Preliminar de la LGPCN; Que, con Memorando Nº 001128-2017/DGM/VMPCIC/ MC del 27 de noviembre de 2017, la Dirección General de Museos hizo suyo los Informes Nº 000022-2016-MHS/ DRBM/DGM/VMPCIC/MC del 11 de agosto de 2016 y Nº 000169-2017/DRBM/DGM/VMPCIC/MC del 05 de octubre de 2017 de la Dirección de Gestión Registro y Catalogación de Bienes Muebles recomendando la declaratoria de la escultura denominada "Señor de Burgos" bien cultural de propiedad de la Diócesis de Huánuco, por presentar un alto grado de significancia dentro del Patrimonio Cultural mueble peruano, constituyendo un reconocimiento a la cultura popular y religiosa de toda una región, por su importancia valor y significado histórico, artístico y social, conforme a lo establecido en la LGPCN; por lo que resulta procedente lo solicitado por el administrado, advirtiéndose que los Informes Técnicos emitidos constituyen parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la escultura denominada "Señor de Burgos", bien

cultural mueble de propiedad de la Diócesis de Huánuco, que se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial "El Peruano" así como la publicación de la citada Resolución, anexos e informes en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo 3º.- Notificar la presente Resolución Viceministerial a la Diócesis de Huánuco y a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Huánuco, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ERNESTO ARRUNÁTEGUI GADEA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1599790-1

DEFENSA
Decreto Supremo que aprueba la Política de Seguridad y Defensa Nacional
DECRETO SUPREMO N° 012-2017-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 44, que son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, el artículo 163 del mismo cuerpo de leyes establece que el Estado garantiza la seguridad de la Nación mediante el Sistema de Defensa Nacional, la cual es integral y permanente, se desarrolla en los ámbitos interno y externo, y dispone que toda persona, natural o jurídica, está obligada a participar en la Defensa Nacional. Asimismo, en su artículo 164, establece que la dirección, la preparación y el ejercicio de la Defensa Nacional se realizan a través de un sistema cuya organización y funciones las determina la Ley; Que, la Novena Política de Estado del Acuerdo Nacional aprobada en el año 2002 por las fuerzas políticas y sociales, refiere que la "Política de Seguridad Nacional" es un compromiso del Estado para mantener una política que garantice la independencia, soberanía, integridad territorial y salvaguarda de los intereses nacionales; Que, mediante el Decreto Supremo N° 001-B-2004DE-SG, se aprobó la Política de Estado para la Defensa y la Seguridad Nacional, en la cual se determinó los objetivos y políticas para garantizar la independencia, soberanía, integridad territorial y la salvaguarda de los intereses nacionales; no obstante, su clasificación de carácter "Secreto", no hizo posible una implementación integral, articulada y coordinada por parte de las entidades del Estado; Que, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, denominado Plan Bicentenario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2011-PCM, incorporó como una de las prioridades del Eje Estratégico 3: Estado y Gobernabilidad, la "Operatividad y Eficacia del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional" y determinó como uno de sus lineamientos de política en materia de Seguridad y Defensa Nacional, optimizar el funcionamiento del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, para defender los intereses permanentes del Perú;

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