Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2017 (27/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

84 PROVINCIAS

NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de diciembre de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO
Aprueban el Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia de Ilo al 2030
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 623-2017-MPI Ilo, 15 de noviembre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 09 de noviembre del 2017; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 31º, segundo párrafo, de la Constitución Política del Perú señala que es derecho y deber de los vecinos participar en el Gobierno Municipal de su jurisdicción. Asimismo, los numerales 1 y 2 del Artículo 195º del mismo cuerpo legal, modificado por la Ley de Reforma Nº 27680 Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, establece que los gobierno locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de servicios públicos de desarrollo, estableciéndose que, son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto y aprobar el Plan de Desarrollo Local Concertado con la Sociedad Civil; Que, la Ley de Bases de la Descentralización Nº27783 en los Artículos 2º, 3º, 4º, 5º, 8º, 19º, 20º incisos 1, 2 y 42 precisan que "Los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes e intervenciones del sector público y privado, los gobiernos locales aprueban su presupuesto de acuerdo a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y demás normatividad correspondiente; los gobiernos locales se sustentan y rigen por Presupuestos Participativos anuales como los instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados. La misma norma en el Artículo 17 numerales 1 y 2 indica que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes y presupuestos; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 en el Artículo 9º numeral 1 establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo; en el Artículo 98º señala que el Consejo de Coordinación Local Provincial es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Provinciales; y en el Artículo 100º inciso 1 que corresponde al Consejo de

Coordinación Local Provincial coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado y el Presupuesto Participativo Provincial; Que, en este marco legal y a fin de generar una Participación concertada en la Provincia de Ilo, se realizó el proceso de Alineamiento y Ajuste del "Plan de Desarrollo Local Concertado: Ilo al 2030", en talleres participativos a través de mesas temáticas y que finalmente el documento fue presentado en un taller participativo y ante las instancias del Equipo Técnico, la Comisión de Planeamiento Estratégico y el Consejo de Coordinación Local Provincial, siendo validado por ésta última instancia en la reunión de fecha 25 de setiembre del 2017; Que, el Plan de Desarrollo Local Concertado: Ilo al 2030 contiene lo siguiente: Declaración de Políticas Públicas, Objetivos Estratégicos, Acciones Estratégicas, Ruta Estratégica, Matriz de Objetivos, Acciones, Metas y Anexos; Que la Gerencia de Planeamiento Estratégico, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Comisión de Desarrollo Local, Institucional y Administración, a través del Informe Nº171-2017-GPE-MPI, Informe Legal Nº 584-2017-GAJMPI y Dictamen Nº 043-2017-JZV-CDLIA-MPI, respectivamente, se pronuncian a favor de que el Concejo Municipal apruebe el Plan de Desarrollo Concertado de la Provincia de Ilo: Ilo al 2030; Estando a las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO DE LA PROVINCIA DE ILO AL 2030 Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia de Ilo al 2030, y que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER al Ejecutivo de la Municipalidad Provincial de Ilo la implementación, seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia de Ilo al 2030. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 454-2010-MPI, que aprueba el Plan de Desarrollo Concertado de la Provincia de Ilo 2009-2021. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulación provincial; asimismo encargar a la Sub Gerencia de Informática publique electrónicamente en la página web de la Municipalidad Provincial de Ilo el texto íntegro del Plan de Desarrollo Local Concertado: Ilo al 2030. Regístrese, publíquese y cúmplase. WILLAM D. VALDIVIA DÁVILA Alcalde 1600681-1

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Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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