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84 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de diciembre de 2017 / El Peruano PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO Aprueban el Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia de Ilo al 2030 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 623-2017-MPI Ilo, 15 de noviembre de 2017EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO POR CUANTO:El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 09 de noviembre del 2017; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 31º, segundo párrafo, de la Constitución Política del Perú señala que es derecho y deber de los vecinos participar en el Gobierno Municipal de su jurisdicción. Asimismo, los numerales 1 y 2 del Artículo 195º del mismo cuerpo legal, modi fi cado por la Ley de Reforma Nº 27680 Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, establece que los gobierno locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de servicios públicos de desarrollo, estableciéndose que, son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto y aprobar el Plan de Desarrollo Local Concertado con la Sociedad Civil; Que, la Ley de Bases de la Descentralización Nº27783 en los Artículos 2º, 3º, 4º, 5º, 8º, 19º, 20º incisos 1, 2 y 42 precisan que “Los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes e intervenciones del sector público y privado, los gobiernos locales aprueban su presupuesto de acuerdo a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y demás normatividad correspondiente; los gobiernos locales se sustentan y rigen por Presupuestos Participativos anuales como los instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados. La misma norma en el Artículo 17 numerales 1 y 2 indica que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes y presupuestos; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 en el Artículo 9º numeral 1 establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo; en el Artículo 98º señala que el Consejo de Coordinación Local Provincial es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Provinciales; y en el Artículo 100º inciso 1 que corresponde al Consejo de Coordinación Local Provincial coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado y el Presupuesto Participativo Provincial; Que, en este marco legal y a fi n de generar una Participación concertada en la Provincia de Ilo, se realizó el proceso de Alineamiento y Ajuste del “Plan de Desarrollo Local Concertado: Ilo al 2030”, en talleres participativos a través de mesas temáticas y que fi nalmente el documento fue presentado en un taller participativo y ante las instancias del Equipo Técnico, la Comisión de Planeamiento Estratégico y el Consejo de Coordinación Local Provincial, siendo validado por ésta última instancia en la reunión de fecha 25 de setiembre del 2017; Que, el Plan de Desarrollo Local Concertado: Ilo al 2030 contiene lo siguiente: Declaración de Políticas Públicas, Objetivos Estratégicos, Acciones Estratégicas, Ruta Estratégica, Matriz de Objetivos, Acciones, Metas y Anexos; Que la Gerencia de Planeamiento Estratégico, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Comisión de Desarrollo Local, Institucional y Administración, a través del Informe Nº171-2017-GPE-MPI, Informe Legal Nº 584-2017-GAJ-MPI y Dictamen Nº 043-2017-JZV-CDLIA-MPI, respectivamente, se pronuncian a favor de que el Concejo Municipal apruebe el Plan de Desarrollo Concertado de la Provincia de Ilo: Ilo al 2030; Estando a las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO DE LA PROVINCIA DE ILO AL 2030 Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia de Ilo al 2030, y que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER al Ejecutivo de la Municipalidad Provincial de Ilo la implementación, seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia de Ilo al 2030. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 454-2010-MPI, que aprueba el Plan de Desarrollo Concertado de la Provincia de Ilo 2009-2021. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial El Peruano y en el diario de mayor circulación provincial; asimismo encargar a la Sub Gerencia de Informática publique electrónicamente en la página web de la Municipalidad Provincial de Ilo el texto íntegro del Plan de Desarrollo Local Concertado: Ilo al 2030. Regístrese, publíquese y cúmplase.WILLAM D. VALDIVIA DÁVILA Alcalde 1600681-1 REQUISITO PARA PUBLICACI ŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN