Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2017 (27/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Tercer lugar: Corte Superior de Justicia de Arequipa, Buena Práctica: "Optimización en la Orientación y Difusión de Información al Usuario mediante las TICs (Tecnología de la Información y la Comunicación) en la nueva Ley Procesal del Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa" Puntaje: 69 Artículo Segundo.- Expresar, asimismo, felicitación a las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Lambayeque, Lima, Lima Este y Ventanilla, por su participación en el Concurso de las Buenas Prácticas de la nueva Ley Procesal del Trabajo. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del Santa, Huánuco, Arequipa, Ancash, Lambayeque, Lima, Lima Este y Ventanilla; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1600762-2

Norte, Ventanilla, Callao y la Corte Suprema de Justicia de la República, han desarrollado los procedimientos: a) Ingreso de Documentos - Mesa Partes; b) Gestión de Documentos en Custodia; y, c) Notificaciones Físicas Demandas y Escritos; los mismos que han sido validados por la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación. Cuarto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado, funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia, en mérito del Acuerdo N° 9032017 de la cuadragésima quinta sesión extraordinaria del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán y Vera Meléndez; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los siguientes documentos de gestión denominados: a) "Procedimiento Ingreso de Documentos - Mesa Partes", b) "Procedimiento Gestión de Documentos en Custodia" y c) "Procedimiento Notificaciones Físicas - Demandas y Escritos". Los cuales serán de obligatorio cumplimiento para todos los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial y las partes intervinientes en un proceso; con excepción de aquellos órganos jurisdiccionales donde no se encuentra implementado el Expediente Judicial Electrónico (EJE). Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima; así como la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto el "Procedimiento de Ingreso de Documentos - Mesa de Partes", aprobado por la Resolución Administrativa N° 228-2017-CE-PJ. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución administrativa y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su debido cumplimiento. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Corte Superior de Justicia de Lima, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1600762-3

Aprueban documentos de gestión denominados "Procedimiento Ingreso de Documentos - Mesa Partes", "Procedimiento Gestión de Documentos en Custodia" y "Procedimiento Notificaciones Físicas Demandas y Escritos"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 345-2017-CE-PJ Lima, 19 de diciembre de 2017 VISTO: El Oficio N° 38-2017-P-CT-EJE/MPE-PJ cursado por el Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE), remitiendo los proyectos denominados: a) "Procedimiento Ingreso de Documentos - Mesa de Partes", b) "Procedimiento Gestión de Documentos en Custodia"; y c) "Procedimiento Notificaciones Físicas - Demandas y Escritos". CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 228-2017-CE-PJ, del 26 de junio del presente año, se aprobó, entre otros, el documento: "Procedimiento de Ingresos de Documentos - Mesa de Partes", elaborado por la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General, en coordinación con la Comisión de Jueces de la Corte Superior de Justicia de Lima, de conformidad con lo dispuesto por las Resoluciones Administrativas N° 005-2017-CE-PJ y N° 023-2017-P-CSJLI/PJ. Segundo. Que, habiéndose iniciado la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en las especialidades Comercial, Tributario, de Mercado y Laboral (NLPT) de la Corte Superior de Justicia de Lima, se identificaron actividades que deben ser contenidas en el procedimiento de ingreso de documentos a través de los Centros de Distribución General o Mesas de Partes Física de las sedes judiciales donde funcionan las citadas especialidades; así como, la necesidad de plasmar en un documento de gestión el nuevo procedimiento de notificación física de las resoluciones judiciales. Tercero. Que, en tal sentido, la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación, conjuntamente con la Gerencia de Informática, los encargados de las Mesas de Partes de las sedes judiciales inmersas en la implementación del Expediente Judicial Electrónico y los encargados de las Oficinas del Servicio de Notificaciones de los Distritos Judiciales de Lima, Lima Este, Lima Sur, Lima

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan Juez Superior Provisional de la 2° Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 694-2017-P-CSJLI/PJ Lima, 26 de diciembre de 2017

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