Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2017 (18/01/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de enero de 2017 /

El Peruano

derechos de trámite contenidos en este instrumento de gestión, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el Código Tributario en su Título Preliminar ­ Principios de Legalidad establece que "Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley". Que, el numeral 36.1 del artículo 36° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos, en el caso de gobiernos locales, se establecen exclusivamente mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA. Que, mediante la Ley N° 29332 y modificaciones se creó el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, el cual tiene por objetivos: i) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos Municipales, fortaleciendo la estabilidad y la eficiencia en la percepción de los mismos; ii) Mejorar la ejecución de los Proyectos de inversión pública, considerando los lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto; iii) Reducir la Desnutrición crónica infantil en el país; iv) Simplificar trámites generando condiciones favorables para el clima de negocios y

promoviendo la competitividad local; v) Mejorar la provisión de los servicios públicos locales prestados por los gobiernos locales en el marco de la ley 27972, ley Orgánica de Municipalidades; y, vi) Prevenir Riesgos de Desastres. Que, mediante Decreto Supremo N° 400-2015-EF publicado en el Diario Oficial el peruano, el 25 de Diciembre del 2015, se resuelve aprobar los procedimientos para el cumplimiento de Metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016. Que, mediante Resolución Ministerial N° 0882015-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 02 de Abril del 2015 se aprueba el TUPA modelo de los procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las municipalidades provinciales y distritales. Que, mediante Ordenanza N° 167-2016-MDP/C de fecha 14 de Setiembre del 2016 se aprobó los Procedimientos Administrativos y Servicios Administrativos brindados en Exclusividad, Requisitos y Derechos de Trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, que en sus contenidos ha incorporado los procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones establecidos en el TUPA Modelo aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM. Que, mediante Informe Nº 109-2016-MDP/GPP de fecha 26 de Diciembre del 2016, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite su Informe Técnico, precisando que se realice las acciones pertinentes con el fin de continuar con el procedimiento de modificación del TUPA para el cumplimiento de la Actividad N°01 de la Meta 34 del Plan de Incentivos del presente año 2016 "Exigir los requisitos contemplados en la Ley N° 28976,

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