Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2017 (18/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Miércoles 18 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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Dependencia OD Amazonas OD Cusco OD Ancash OD Arequipa OD La Libertad OD Tacna OD Madre de Dios OD Lambayeque OD Ucayali OD Cajamarca OD Huánuco OD Apurímac OD Puno OD Loreto MAD Tarapoto MAD Jaén MAD Andahuaylas MAD Satipo MAD La Merced MAD Chimbote MAD Puquio MAD Tingo María MAD Huanta MAD Juliaca

Funcionario/a Responsable de Acceso a la Información Pública­FRAI Fernando Roger Cueva Cortez Angela Maryce Paucarmayta Holgado Katerin Yusara Ortega Maguiña Aurora Irene Odar Amaro Maruja Isabel Chávez Aldave Irina Alejos Blanco Nico Beltrán Gutiérrez Lizeth María Arteaga Muñoz Merly Yasmín Figueroa Serquén Jaime Luis Carranza Villar Jorge Mendoza Argomedo Jorge Artemio Solano Reinoso Nivardo Enríquez Barriales Lisbeth Castro Rodríguez Mirko Juniors Morales Ramírez Margot Julissa Vásquez Paisig Cesar Augusto Palomino Rozas Yerson Victorio Cruz Cristina Verónica Pacheco Llantoy Saira Isela Cuba Naveda Nelson Teodoro Guadalupe Alca Shirley Tatiana Baltazar Olano Roy Antonio Huamán Janampa Yanina Coaquira Mamani

Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER GUTIÉRREZ CAMACHO Defensor del Pueblo 1475159-1

Que, el numeral 7.1) del artículo 7º de la Ley N° 28411, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando así lo haya establecido expresamente dicho marco normativo, así como las leyes de presupuesto del sector público o la norma de creación de la Entidad; Que, así también, el numeral 40.2) del artículo 40° de la Ley N° 28411, señala que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, por otro lado, de acuerdo a lo dispuesto en los literales f) y g) del artículo 7º del precitado Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, el Titular de la Entidad tiene entre sus atribuciones, la facultad de delegar las facultades y funciones que no sean privativas de su cargo y en materia presupuestaria; Que, según el documento de visto, el jefe de la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística de la Defensoría del Pueblo solicita y sustenta la emisión de la resolución que delegue en el Secretario General determinadas facultades en materia presupuestaria durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2017; Que, con el fin de facilitar la ejecución del proceso presupuestario en el Pliego 020: Defensoría del Pueblo para el Año Fiscal 2017, garantizar el cumplimiento de las normas de carácter presupuestario, asegurar la adecuada gestión institucional y establecer los niveles de decisión y autoridad en la Entidad, es conveniente delegar las facultades solicitadas por la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística de la Defensoría del Pueblo; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las oficinas de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, modificada por la Ley N° 29882; en concordancia con los literales d), f) y g) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP; de conformidad con lo dispuesto por los artículos 7º y 40º de la Ley N° 28411 y estando al encargo efectuado mediante Resolución Defensorial N° 001-2017/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en el Secretario General o el que haga sus veces, las siguientes facultades en materia presupuestaria: a. Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2017, de acuerdo a lo establecido en el numeral 40.2) del artículo 40º de la Ley Nº 28411. b. Aprobar, durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2017, las facultades y atribuciones en materia presupuestal, así como las acciones administrativas de gestión y resolución que corresponden al Titular del Pliego y que no sean privativas a su función, de acuerdo a lo establecido en los numerales 7.1) y 7.2) del artículo 7º de la Ley Nº 28411. Artículo Segundo.- La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución no exime la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto. Artículo Tercero.- REMITIR copia fedateada de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en

Delegan diversas facultades en materia presupuestaria en el Secretario General
RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 003-2017/DP Lima, 17 de enero del 2017 VISTO: El proveído del Secretario General recaído en el Informe Nº 003-2017-DP/OPPRE mediante el que se solicita la emisión de la resolución que delegue en el Secretario General facultades en materia presupuestaria durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2017; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, modificada por la Ley N° 29882 y mediante la Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Ley Nº 28411 se aprueba la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en adelante Ley N° 28411, que establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto;

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