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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2017 (18/01/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de enero de 2017 El Peruano / Dependencia Funcionario/a Responsable de Acceso a la Información Pública–FRAI OD Amazonas Fernando Roger Cueva Cortez OD Cusco Angela Maryce Paucarmayta Holgado OD Ancash Katerin Yusara Ortega Maguiña OD Arequipa Aurora Irene Odar Amaro OD La Libertad Maruja Isabel Chávez Aldave OD Tacna Irina Alejos Blanco OD Madre de Dios Nico Beltrán Gutiérrez OD Lambayeque Lizeth María Arteaga Muñoz OD Ucayali Merly Yasmín Figueroa Serquén OD Cajamarca Jaime Luis Carranza Villar OD Huánuco Jorge Mendoza Argomedo OD Apurímac Jorge Artemio Solano Reinoso OD Puno Nivardo Enríquez Barriales OD Loreto Lisbeth Castro Rodríguez MAD Tarapoto Mirko Juniors Morales Ramírez MAD Jaén Margot Julissa Vásquez Paisig MAD Andahuaylas Cesar Augusto Palomino Rozas MAD Satipo Yerson Victorio Cruz MAD La Merced Cristina Verónica Pacheco Llantoy MAD Chimbote Saira Isela Cuba Naveda MAD Puquio Nelson Teodoro Guadalupe Alca MAD Tingo María Shirley Tatiana Baltazar Olano MAD Huanta Roy Antonio Huamán Janampa MAD Juliaca Yanina Coaquira Mamani Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER GUTIÉRREZ CAMACHO Defensor del Pueblo 1475159-1 Delegan diversas facultades en materia presupuestaria en el Secretario General RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 003-2017/DP Lima, 17 de enero del 2017 VISTO: El proveído del Secretario General recaído en el Informe Nº 003-2017-DP/OPPRE mediante el que se solicita la emisión de la resolución que delegue en el Secretario General facultades en materia presupuestaria durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2017; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, modifi cada por la Ley N° 29882 y mediante la Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Ley Nº 28411 se aprueba la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en adelante Ley N° 28411, que establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto; Que, el numeral 7.1) del artículo 7º de la Ley N° 28411, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando así lo haya establecido expresamente dicho marco normativo, así como las leyes de presupuesto del sector público o la norma de creación de la Entidad; Que, así también, el numeral 40.2) del artículo 40° de la Ley N° 28411, señala que las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la cual deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, por otro lado, de acuerdo a lo dispuesto en los literales f) y g) del artículo 7º del precitado Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, el Titular de la Entidad tiene entre sus atribuciones, la facultad de delegar las facultades y funciones que no sean privativas de su cargo y en materia presupuestaria; Que, según el documento de visto, el jefe de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística de la Defensoría del Pueblo solicita y sustenta la emisión de la resolución que delegue en el Secretario General determinadas facultades en materia presupuestaria durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2017; Que, con el fi n de facilitar la ejecución del proceso presupuestario en el Pliego 020: Defensoría del Pueblo para el Año Fiscal 2017, garantizar el cumplimiento de las normas de carácter presupuestario, asegurar la adecuada gestión institucional y establecer los niveles de decisión y autoridad en la Entidad, es conveniente delegar las facultades solicitadas por la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística de la Defensoría del Pueblo; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las ofi cinas de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, modifi cada por la Ley N° 29882; en concordancia con los literales d), f) y g) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP; de conformidad con lo dispuesto por los artículos 7º y 40º de la Ley N° 28411 y estando al encargo efectuado mediante Resolución Defensorial N° 001-2017/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en el Secretario General o el que haga sus veces, las siguientes facultades en materia presupuestaria: a. Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2017, de acuerdo a lo establecido en el numeral 40.2) del artículo 40º de la Ley Nº 28411. b. Aprobar, durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2017, las facultades y atribuciones en materia presupuestal, así como las acciones administrativas de gestión y resolución que corresponden al Titular del Pliego y que no sean privativas a su función, de acuerdo a lo establecido en los numerales 7.1) y 7.2) del artículo 7º de la Ley Nº 28411. Artículo Segundo.- La delegación de facultades a que se refi ere la presente Resolución no exime la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto. Artículo Tercero.- REMITIR copia fedateada de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en