Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2017 (22/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Domingo 22 de enero de 2017 /

El Peruano

Norma Técnica denominada "Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 539-2016-MINEDU, modificada por Resolución de Secretaría General Nº 005-2017-MINEDU. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS Secretario General 1476793-4

ENERGIA Y MINAS
Modifican servidumbre de electroducto de Línea de Transmisión impuesta mediante R.M. N° 247-2013-MEM/DM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 012-2017-MEM/DM Lima, 16 de enero de 2017 VISTOS: El Expediente Nº 21223512 sobre imposición de servidumbre de electroducto para la Línea de Transmisión en 500 kV S.E. Chilca ­ S.E. Marcona Nueva ­ S.E. Ocoña ­ S.E. Montalvo Nueva, Línea de Transmisión 220 kV S.E. Marcona Nueva ­ S.E. Marcona Existente y la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Montalvo Nueva­S.E. Montalvo Existente, la solicitud de la primera modificación a la referida imposición de servidumbre de electroducto presentada por ABY Transmisión Sur S.A.; y, el Informe N° 612-2016-MEM/DGE-DCE; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 0592012-EM se otorga a favor de Abengoa Transmisión Sur S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 500 kV S.E. Chilca ­ S.E. Marcona Nueva ­ S.E. Ocoña ­ S.E. Montalvo 2 y Subestaciones, Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Marcona Nueva ­ S.E. Marcona Existente y la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Montalvo Nueva­S.E. Montalvo Existente, ubicadas en las provincias de Cañete, Chincha, Ica, Nazca, Palpa, Pisco, Camaná, Caravelí, Arequipa, Caylloma, Islay y Mariscal Nieto; departamentos de Lima, Ica, Arequipa y Moquegua; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 247-2013MEM/DM se impone la servidumbre de electroducto con carácter permanente para la Línea de Transmisión en 500 kV S.E. Chilca ­ S.E. Marcona Nueva ­ S.E. Ocoña ­ S.E. Montalvo Nueva, Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Marcona Nueva ­ S.E. Marcona Existente y la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Montalvo Nueva­S.E. Montalvo Existente; Que, mediante el documento ingresado con registro N° 2595467 de fecha 13 de abril de 2016, ABY Transmisión Sur S.A. informa el cambio de denominación de la sociedad "Abengoa Transmisión Sur S.A." a "ABY Transmisión Sur S.A."; Que, ABY Transmisión Sur S.A. solicita la primera modificación de la mencionada servidumbre de la Línea de Transmisión en 500 kV S.E. Chilca ­ S.E. Marcona Nueva ­ S.E. Ocoña ­ S.E. Montalvo Nueva, Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Marcona Nueva ­ S.E.

Marcona Existente y la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Montalvo Nueva­S.E. Montalvo Existente, mediante el documento con registro de ingreso Nº 2634295 de fecha 25 de agosto de 2016; Que, del contenido de la solicitud se desprende que la referida primera modificación implica incorporar la servidumbre de electroducto de la S.E. Marcona Nueva y la servidumbre de paso y tránsito para el camino de acceso de la S.E. Marcona Nueva, ubicadas en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, como parte de la servidumbre establecida mediante la citada Resolución Ministerial N° 247-2013-MEM/DM, lo cual no causa ningún daño o perjuicio a los predios afectados por la servidumbre establecida originalmente; Que, el predio afectado por las servidumbres de electroducto y de paso y tránsito a incorporar es de propiedad del Estado, por lo que de acuerdo al literal a) del artículo 109 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados para usar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada por el artículo 111 de la Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 222 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; y, la Dirección General de Electricidad al verificar que la concesionaria cumple con los requisitos legales y procedimientos correspondientes emite opinión mediante el Informe N° 612-2016-MEM/DGE-DCE, a través del cual recomienda que procede modificar la servidumbre de electroducto para la Línea de Transmisión en 500 kV S.E. Chilca ­ S.E. Marcona Nueva ­ S.E. Ocoña ­ S.E. Montalvo Nueva, Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Marcona Nueva ­ S.E. Marcona Existente y la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Montalvo Nueva­S.E. Montalvo Existente impuesta mediante la Resolución Ministerial N° 247-2013-MEM/DM, a fin de incorporar la servidumbre de electroducto de la S.E. Marcona Nueva y la servidumbre de paso y tránsito para el camino de acceso de la S.E. Marcona Nueva; De conformidad con la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento; Con la opinión favorable de la Directora General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar la servidumbre de electroducto de la Línea de Transmisión en 500 kV S.E. Chilca ­ S.E. Marcona Nueva ­ S.E. Ocoña ­ S.E. Montalvo Nueva, Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Marcona Nueva ­ S.E. Marcona Existente y la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Montalvo Nueva­S.E. Montalvo Existente, impuesta mediante la Resolución Ministerial N° 247-2013MEM/DM a fin de incorporar en el cuadro del artículo 1 de la referida resolución ministerial, la servidumbre de electroducto de la S.E. Marcona Nueva y la servidumbre de paso y tránsito para el camino de acceso de la S.E. Marcona Nueva, sobre la base de la documentación técnica y los planos proporcionados por la concesionaria, quedando conforme a los siguientes cuadros: a) Servidumbre de electroducto de las líneas eléctricas impuesta mediante Resolución Ministerial N° 247-2013MEM/DM
Nivel de Tensión (kV) 500 Ancho N° de Longitud de la Ternas (km) Faja (m) 01 883.00 64

Expediente

Inicio y Llegada de la Línea Eléctrica

21223512 S.E. Chilca ­ S.E. Marcona Nueva ­ S.E. Ocoña ­ S.E. Montalvo Nueva S.E. Marcona Nueva ­ S.E. Marcona Existente S.E. Montalvo Nueva­ S.E. Montalvo Existente

220 220

02 01

27.00 5.00

25 25

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