Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2017 (22/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Domingo 22 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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imagen institucional de este Poder del Estado; que no puede contar con personal que no se encuentre seriamente comprometido con su función, conforme a lo establecido en el artículo treinta y nueve de la Constitución Política del Estado; y que dada la gravedad del acto disfuncional debe ser sancionado con la medida disciplinaria más drástica y ejemplar, como es la destitución. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 10392016 de la cuadragésimo novena sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo ochenta y dos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De conformidad con el informe del señor Consejero Lecaros Cornejo. Por unanimidad, SE RESUELVE:

la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, mediante la Resolución N° 01304-CU-2007 del 19.01.2007, la Universidad aprueba la "Directiva Nº 001-SG-2006-UNCP para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, expedidos por la Universidad Nacional del Centro del Perú"; Que, don Mauro Rodríguez Cerrón, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional, por pérdida; el Diploma de Título Profesional de Ingeniero Forestal, fue expedido el 15.05.1987, Diploma registrado con el Nº 118, registrado a Fojas 050 del Tomo 013-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem 4 de la Directiva Nº 001-2006-SG-UNCP; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 16 de Abril del 2014. RESUELVE:

Imponer la medida disciplinaria de destitución al señor Carlos Alberto Hurtado La Torre, por su actuación como servidor judicial adscrito a la Mesa de Partes de los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima. Inscribiéndose la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.RAMIRO DE VALDIVIA CANO Presidente 1476602-3

1º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE INGENIERO FORESTAL, a don MAURO RODRÍGUEZ CERRÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 118, registrado a Fojas 050 del Tomo 013-T. 2º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad a la Ley 28626. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Oficina de Secretaria General y la Facultad de Ciencias Forestales y del Ambiente. Regístrese y Comuníquese. JESÚS EDUARDO POMACHAGUA PAUCAR Rector MAURO RODRÍGUEZ CERRÓN Secretario General 1476342-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Otorgan duplicado de diploma de título profesional de ingeniero forestal otorgado por la Universidad Nacional del Centro del Perú
(Se publica la presente resolución a solicitud de la Universidad Nacioal del Centro del Perú, mediante Oficio Nº 020-2017-SG, recibido el 20 de de enero de 2017) UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCIÓN Nº 2635-CU-2014 Huancayo, 07 de mayo de 2014. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 010306 de fecha 08.04.2014, por medio del cual don MAURO RODRÍGUEZ CERRÓN, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Forestal, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso; asimismo promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones N° 1525-2006-ANR y 18952006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta

Aprueban expedición de duplicado de diploma de título profesional de Ingeniero Petroquímico otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1956 Lima, 16 de diciembre de 2016 Visto el Expediente STDUNI N° 2016-120616 presentado por la señorita PAMELA FIORELLA OVIEDO CENTENO quien solicita duplicado de su diploma de Título Profesional de Ingeniero Petroquímico; CONSIDERANDO: Que, la señorita PAMELA FIORELLA OVIEDO CENTENO identificada con DNI Nº 42665912 egresada de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil; por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modificado por Resolución Rectoral N° 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 485-2016-UNI/SG/GT de fecha 26.10.2016, precisa que el diploma de la señorita PAMELA FIORELLA OVIEDO CENTENO, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 18, página 065, con el número de registro 24768-G;

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