Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2017 (03/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Viernes 3 de febrero de 2017 /

El Peruano

la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Director de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Manual de Operaciones del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa", aprobado por Resolución Ministerial Nº 040-2015-MINAM; la Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias; y, la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 052-2016-MINAM-VMDERN/ UEGRN-PGAS CVIS 2; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente hasta por la suma CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 SOLES (S/ 4 499 218.00), a favor de las entidades públicas consignadas en el Anexo de la presente Resolución, con cargo a los recursos asignados en el Año Fiscal 2017 a la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales en la Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; para el financiamiento de Proyectos de Inversión Pública Ambientales. Artículo 2.- La Oficina General de Administración o quien haga sus veces en el "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur ­ II Etapa", deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- El "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur ­ II Etapa" es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales les fueron entregados los recursos. Artículo 4.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1481438-1

a cabo negociaciones en materia de comercio exterior e integración; Que, la Asociación de Cámaras de Comercio Americanas en América Latina y el Caribe (AACCLA) realizará una Conferencia Anual en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 08 al 09 de febrero de 2017, con el propósito de dialogar sobre el estado de la situación actual y las perspectivas de los negocios entre los Estados Unidos y la región de América Latina, la cual congregará a más de 300 participantes, entre los que destacan los Presidentes de la Cámara de Comercio Americana de la región y las autoridades gubernamentales de la región; Que, en atención de lo expuesto, la AACCLA ha cursado una invitación al Viceministro de Comercio Exterior, señor Edgar Manuel Vásquez Vela, para que participe en la referida Conferencia como ponente; Que, asimismo el 10 de febrero de 2017, en la ciudad de Guatemala, República de Guatemala, se tiene previsto realizar una reunión bilateral entre el Viceministerio de Comercio Exterior del Perú y el Viceministerio de Integración y Comercio Exterior de Guatemala, con el fin de establecer las condiciones propicias para la pronta entrada en vigencia del Tratado de Libre Comercio suscrito en el año 2011; Que, en atención de la importancia que revisten ambas reuniones para la promoción del Comercio Exterior, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice su viaje además del viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director General de Negociaciones Comerciales Internacionales, en la mencionada reunión bilateral; Que, es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior en tanto dure la ausencia de su titular; Que, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 0562013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Edgar Manuel Vásquez Vela, Viceministro de Comercio Exterior, a las ciudades Miami (Estados Unidos de América) y Guatemala (República de Guatemala), del 07 al 11 de febrero de 2017; y el viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director General de Negociaciones Comerciales Internacionales, a la ciudad de Guatemala (República de Guatemala), del 09 al 11 de febrero de 2017; para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participen en las reuniones a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo precedente, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Edgar Manuel Vásquez Vela Pasajes : Viáticos (Miami US$ 440,00 x 3 días) : (Guatemala US$ 315,00 x 1 día) José Eduardo Brandes Salazar: Pasajes Viáticos (US$ 315,00 x 2 días) : : US$ US$ 1 185,93 630,00 US$ US$ 2 962,31 1 635,00

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de personal del Ministerio a EE.UU. y Guatemala, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 033-2017-MINCETUR Lima, 31 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, tiene la responsabilidad de elaborar y ejecutar los planes y programas nacionales sectoriales de desarrollo en materia de integración; asimismo representa al Perú en los foros y organismos internacionales de comercio y esquemas de integración y actúa como órgano de enlace entre el Gobierno Peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia, llevando

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