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41 NORMAS LEGALES Viernes 3 de febrero de 2017 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Único. Designa nuevos emisores electrónicos Desígnase, a partir del 1 de marzo de 2017, como emisores electrónicos para el Sistema de Emisión Electrónica de la Guía de Remisión Electrónica para Bienes Fiscalizados (guía de remisión electrónica BF) a los usuarios a que se re fi ere el numeral 25 del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N.° 271-2013/SUNAT y norma modi fi catoria, que transporten o trasladen los bienes detallados en el Decreto Supremo N.° 348-2015-EF con excepción del diesel y sus mezclas con biodiesel, gasolinas y gasoholes, hidrocarburo alifático liviano, hidrocarburo acíclico saturado, kerosene de aviación turbo jet A1, kerosene de aviación turbo JP5, solvente N.° 1 y solvente N.° 3, hacia, desde o en el departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Los referidos usuarios cuando transporten o trasladen los bienes fi scalizados según lo indicado en el párrafo anterior, deben emitir obligatoriamente la guía de remisión electrónica BF–remitente y/o la guía de remisión electrónica BF–transportista, según corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1481056-1 Dejan sin efecto designaciones y designan Fedatarios Administrativos de la Intendencia Regional Loreto RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 011–2017-SUNAT/800000 Lima, 31 de enero de 2017 CONSIDERANDO:Que el artículo 127° de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar la fi delidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que mediante Resolución de Superintendencia N.° 065-2009/SUNAT se designó a la trabajadora Mirna Karina Moreno Gutiérrez como Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia Regional Loreto; Que con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N.° 038-2015-SUNAT/800000 se designó a los trabajadores José Samuel Cisneros Magallanes y Mónica Giannina Castillo Torres como Fedatarios Administrativos Alternos de la Intendencia Regional Loreto; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto las designaciones de los trabajadores a que se re fi ere los considerandos precedentes y proceder a designar a los trabajadores que ejercerán la función de Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Intendencia Regional Loreto; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del Artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria–SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y modi fi catorias;SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Administrativos de la Intendencia Regional Loreto, a los trabajadores que a continuación se indican: Fedatario Administrativo Titular- MIRNA KARINA MORENO GUTIERREZFedatarios Administrativos Alternos- MONICA GIANNINA CASTILLO TORRES - JOSE SAMUEL CISNEROS MAGALLANES Artículo 2°.- Designar como Fedatarios Administrativos de la Intendencia Regional Loreto, a los trabajadores que a continuación se indican: Fedatarios Administrativos Titulares- JOSE ADRIAN VASQUEZ NAKAGAWA - JAMES FRANCO TORRES PICON- DIEGO MARTIN RAYGADA CHAVEZ Fedatarios Administrativos Alternos- BRYAN PIERRE AREVALO SOSA - GONZALO RAUL LOPEZ HUACOTO Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO MANUEL TAPIA ALVARADO Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas 1481058-1 Designan Fedatarios Institucionales Titular y Alterno de la Procuraduría Pública RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 013-2017-SUNAT/800000 Lima, 31 de enero de 2017VISTO:El Informe N.° 08-2017-SUNAT/1L0000 de la Procuraduría Pública, mediante el cual propone la designación de fedatarios institucionales en la unidad organizacional a su cargo; CONSIDERANDO: Que el artículo 127° de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 5.2.1 del Reglamento para la autenticación de copias de documentos institucionales o certi fi cación de reproducciones de documentos electrónicos institucionales emitidos por los funcionarios, directivos o por los sistemas informáticos de la SUNAT, o que obran en custodia de los archivos o fi ciales de la SUNAT para su empleo en trámites y procedimientos fuera de la Institución, aprobado por Resolución de Gerencia de Administración Documentaria y Archivo N.° 001-2016-SUNAT/1M2000, establece que los Intendentes, Jefes de O fi cina y demás jefes de órganos son responsables de proponer a los trabajadores que consideren necesarios para cumplir las labores de fedatario institucional en las unidades organizaciones a su cargo;