Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2017 (03/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Viernes 3 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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SE RESUELVE: Artículo Único. Designa nuevos emisores electrónicos Desígnase, a partir del 1 de marzo de 2017, como emisores electrónicos para el Sistema de Emisión Electrónica de la Guía de Remisión Electrónica para Bienes Fiscalizados (guía de remisión electrónica BF) a los usuarios a que se refiere el numeral 25 del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N.° 2712013/SUNAT y norma modificatoria, que transporten o trasladen los bienes detallados en el Decreto Supremo N.° 348-2015-EF con excepción del diesel y sus mezclas con biodiesel, gasolinas y gasoholes, hidrocarburo alifático liviano, hidrocarburo acíclico saturado, kerosene de aviación turbo jet A1, kerosene de aviación turbo JP5, solvente N.° 1 y solvente N.° 3, hacia, desde o en el departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Los referidos usuarios cuando transporten o trasladen los bienes fiscalizados según lo indicado en el párrafo anterior, deben emitir obligatoriamente la guía de remisión electrónica BF­remitente y/o la guía de remisión electrónica BF­transportista, según corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Artículo 1°.- Dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Administrativos de la Intendencia Regional Loreto, a los trabajadores que a continuación se indican: Fedatario Administrativo Titular - MIRNA KARINA MORENO GUTIERREZ Fedatarios Administrativos Alternos - MONICA GIANNINA CASTILLO TORRES - JOSE SAMUEL CISNEROS MAGALLANES Artículo 2°.- Designar como Fedatarios Administrativos de la Intendencia Regional Loreto, a los trabajadores que a continuación se indican: Fedatarios Administrativos Titulares - JOSE ADRIAN VASQUEZ NAKAGAWA - JAMES FRANCO TORRES PICON - DIEGO MARTIN RAYGADA CHAVEZ Fedatarios Administrativos Alternos

VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1481056-1

- BRYAN PIERRE AREVALO SOSA - GONZALO RAUL LOPEZ HUACOTO Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO MANUEL TAPIA ALVARADO Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas 1481058-1

Dejan sin efecto designaciones y designan Fedatarios Administrativos de la Intendencia Regional Loreto
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 011­2017-SUNAT/800000 Lima, 31 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que el artículo 127° de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que mediante Resolución de Superintendencia N.° 065-2009/SUNAT se designó a la trabajadora Mirna Karina Moreno Gutiérrez como Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia Regional Loreto; Que con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N.° 038-2015-SUNAT/800000 se designó a los trabajadores José Samuel Cisneros Magallanes y Mónica Giannina Castillo Torres como Fedatarios Administrativos Alternos de la Intendencia Regional Loreto; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto las designaciones de los trabajadores a que se refiere los considerandos precedentes y proceder a designar a los trabajadores que ejercerán la función de Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Intendencia Regional Loreto; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del Artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria­SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y modificatorias;

Designan Fedatarios Institucionales Titular y Alterno de la Procuraduría Pública
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 013-2017-SUNAT/800000 Lima, 31 de enero de 2017 VISTO: El Informe N.° 08-2017-SUNAT/1L0000 de la Procuraduría Pública, mediante el cual propone la designación de fedatarios institucionales en la unidad organizacional a su cargo; CONSIDERANDO: Que el artículo 127° de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 5.2.1 del Reglamento para la autenticación de copias de documentos institucionales o certificación de reproducciones de documentos electrónicos institucionales emitidos por los funcionarios, directivos o por los sistemas informáticos de la SUNAT, o que obran en custodia de los archivos oficiales de la SUNAT para su empleo en trámites y procedimientos fuera de la Institución, aprobado por Resolución de Gerencia de Administración Documentaria y Archivo N.° 001-2016-SUNAT/1M2000, establece que los Intendentes, Jefes de Oficina y demás jefes de órganos son responsables de proponer a los trabajadores que consideren necesarios para cumplir las labores de fedatario institucional en las unidades organizaciones a su cargo;

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