Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2017 (03/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Viernes 3 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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Designan Juez Supernumerario del Juzgado de Trabajo Transitorio del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 04-2017-P-CSJCL/PJ Callao, 6 de enero de 2017 VISTO: La resolución administrativa N° 328-2016-CE-PJ de fecha 14 de Diciembre de 2016, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y la resolución administrativa N° 226-2016-CE-PJ de fecha 31 de agosto de 2016, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia dirigir la política interna de su Distrito Judicial con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y en virtud de dicha atribución puede designar o dar por concluida la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio de la función jurisdiccional, en aplicación de lo previsto en el numeral 3) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, mediante la resolución de Vistos, El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, reubico, a partir del 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2017, el Juzgado de Trabajo Transitorio de Trujillo, Corte Superior de Justicia de la Libertad, a la Corte Superior de Justicia de Callao como Juzgado de Trabajo Transitorio, el cual tramitara los proceso laborales de la subespecialidad Nueva Ley Procesal del Trabajo, con turno abierto y formara parte del Módulo Corporativo Laboral. Que, mediante la resolución de Vistos, El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, designo como Jueces Supernumerarios a los siguientes abogados; en el orden de prelación que a continuación se señala para esta Corte Superior de Justicia del Callao: Distrito Judicial del Callao, Juez de Trabajo: -Narda Katherine, Poma Alosilla -Rosario Ángela, Quijano Soria -Iveth Rosario, Vera Guzmán -Rosa Luz Lita, Córdova Forero -Yony Cesar, Aquino Quintana -Emilia Roció, Mancilla Contreras Que, en ese sentido, es necesario designar un Magistrado Supernumerario que se haga cargo del Juzgado de Trabajo Transitorio del Callao, mientras dure el periodo de 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2017, con la finalidad de dar estricto cumplimiento de la resolución administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en reubicar el mencionado órgano jurisdiccional. Que, siendo así, esta Presidencia de Corte considera que la señora abogada Rosario Ángela Quijano Soria, además de contar con los requisitos que exige la Ley de la Carrera Judicial, reúne el perfil académico y la experiencia necesaria para ser designada como Juez Supernumerario del citado órgano jurisdiccional. En consecuencia, en uso de las facultades otorgadas a los Presidentes de Corte en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial acotada; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la señora Abogada ROSARIO ANGELA QUIJANO SORIA, como Juez Supernumerario del Juzgado de Trabajo Transitorio - del Callao, del 06 de enero al 30 de junio de 2017, debiendo prestar el juramento de Ley. Articulo Segundo.- PONGASE la presente Resolución en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, del Gerente de Administración Distrital, de la Coordinación de Personal de la Corte del Callao, Jefe de la Oficina de Imagen

Institucional del Callao, y de la interesada, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. WALTER BENIGNO RIOS MONTALVO Presidente 1481450-1

Disponen que todos los órganos jurisdiccionales y personal administrativo de la Corte Superior de Justicia del Callao continúen con el normal funcionamiento y desarrollo de las actuaciones judiciales
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 049-2017-P-CSJCL/PJ Callao, 17 de enero de 2017 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa N° 002-2017-CE-PJ de fecha 04 de enero de 2017, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, resuelve dejar sin efecto, con carácter excepcional, el rol de vacaciones de jueces y personal auxiliar establecidas del 1 de febrero al 2 de marzo de 2017; asimismo, dispone que en el mes de febrero en curso, los órganos jurisdiccionales del país deben programar las respectivas audiencias, informes orales y otras actuaciones judiciales; además, faculta al Presidente de las Cortes Superiores de justicias del país a reprogramar las vacaciones en forma progresiva, según las necesidades del servicio; inclusive en el mes de febrero próximo cuando el caso lo justifique, cautelando el adecuado servicio de administración de justicia. Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia, dirigir la política interna de su Distrito Judicial, con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables, en aplicación de lo previsto en el numeral 3) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, teniendo en cuenta lo precisado líneas arriba, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia como máxima autoridad en el Distrito Judicial a su cargo, asumiendo competencia administrativa puede dictar las medidas que sean necesarias para garantizar el normal funcionamiento de la administración de justicia. Que, siendo así, a consecuencia de la huelga nacional indefinida de los trabajadores del Poder Judicial en el periodo comprendido entre el 22 de noviembre de 2016 al 04 de enero del presente año, generó retardo en la administración de justicia y malestar en la ciudadana que busca una justicia oportuna, eficiente y eficaz. Que, estando a dicha paralización de las labores judiciales, señalada en el párrafo procedente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha suspendido las vacaciones judiciales de los magistrados y personal auxiliar programadas del 1 de febrero al 2 de marzo de 2017, dispone programar actuaciones judiciales en dicho periodo estableciendo los lineamientos y parámetros para reprogramar las vacaciones en forma progresiva, conforme a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 002-2017-CE-PJ; es por ello, que la Corte Superior de Justicia del Callao, también asume el compromiso de otorgar tutela jurisdiccional efectiva y oportuna a los justiciables, litigantes y público en general de este distrito judicial, por lo que se debe disponer las medidas pertinentes y necesarias para cumplir con dicho objetivo. Que, las labores jurisdiccionales y administrativas en esta Corte Superior, entre el periodo del 1 de febrero al 2 de marzo de 2017, se desarrollarán y funcionarán de modo normal, y solo se otorgarán vacaciones en dicho periodo de manera excepcional, tanto para magistrados y personal auxiliar, siempre y cuando cumplan con las exigencias establecidas en la Resolución Administrativa N° 002-2017-

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