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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 (16/02/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Jueves 16 de febrero de 2017 / El Peruano PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que aprueba medidas para fortalecer la planificación y operatividad del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres mediante la adscripción y transferencia de funciones al Ministerio de Defensa a través del Instituto Nacional de Defensa Civil–INDECI y otras disposiciones DECRETO SUPREMO N° 018-2017-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y obtener mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, el literal d) del artículo 5 de la referida Ley, dispone que el proceso de modernización se establece fundamentalmente en la necesidad de lograr mayor efi ciencia en la utilización de los recursos del Estado, eliminando la duplicidad o superposición de competencias, funciones y atribuciones entre sectores y entidades o entre funcionarios y servidores; Que, el literal c) del artículo 6 de la citada Ley dispone que en el diseño y estructura de la Administración Pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose integrar las funciones y competencias a fi nes; Que, el artículo V del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las entidades del Poder Ejecutivo se organizan sobre la base de funciones y competencias a fi nes, evitando la duplicidad y superposición de funciones; Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, tiene como objetivo general, orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país; Que, la citada política caracteriza a un Estado moderno como aquel que asigna sus recursos, diseña sus procesos y de fi ne sus productos y resultados en función de las necesidades de los ciudadanos. Sin perder sus objetivos esenciales, es fl exible para adecuarse a las distintas necesidades de la población y a los cambios sociales, políticos y económicos del entorno; Que, en el marco del proceso de modernización el Poder Ejecutivo tiene la obligación de realizar una revisión constante de la estructura y funcionamiento de las entidades que lo conforman, con la fi nalidad de adecuar la organización del Estado en función a la política, criterios, principios y fi nalidades que orientan el diseño y estructura de las entidades de la administración pública; Que, en ese sentido, considerando que en el diseño y estructura del Estado prevalecen y rigen los criterios de justi fi cación de funciones y actividades, no duplicidad de funciones y el principio de especialidad que supone integrar funciones y competencias a fi nes, se ha realizado un análisis de las funciones y competencias del MINDEF, CENEPRED, INDECI y la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres, determinándose que resulta necesario aprobar acciones adscripción, transferir funciones, entre otras medidas, con la fi nalidad de mejorar la e fi ciencia y capacidad del Estado y fortalecer la plani fi cación y operatividad del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, a través de una mejor articulación, coordinación, plani fi cación y ejecución integral de la política, planes, estrategias e intervenciones en materia de gestión del riesgo de desastres orientados a prevenir la generación de nuevos riesgos y vulnerabilidades en la sociedad; así como procurar una óptima respuesta en caso de desastres; Que, conforme lo dispone el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 27899, la fusión de direcciones, programas, dependencias, entidades, organismos públicos descentralizados, comisiones y en general toda instancia de la Administración Pública Central, así como la modi fi cación respecto de la adscripción de un organismo público de un sector a otro, se realiza por decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, de acuerdo a la citada Ley y previo informe favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con los incisos 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27658, Ley D.A. Nº 004-2017-A/MDSJL.- Rectifican extremo del Anexo (Cronograma del Proceso Electoral) del D.A. N° 02- 2017-A/MDSJL 95 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Ordenanza Nº 332-/MDSM.- Ordenanza que dispone la celebración del matrimonio civil comunitario del año 2017 en el distrito de San Miguel 96 CONVENIOS INTERNACIONALES Addendum N° 4 al Convenio de Financiación N° DCI/ ALA/2010/022-032 entre la Unión Europea y la República del Perú referido al “Programa de Desarrollo Alternativo Satipo - DAS” 97Entrada de vigencia del Addendum N° 4 al Convenio de Financiación N° DCI/ALA/2010/022-032 entre la Unión Europea y la República del Perú referido al “Programa de Desarrollo Alternativo Satipo - DAS” 99 PROYECTOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Res. Nº 24-2017-INDECOPI/COD.- Proyecto de “Directiva que regula los procedimientos en materia de protección al consumidor previstos en el Código de Protección y Defensa del Consumidor” 100 Res. Nº 25-2017-INDECOPI/COD.- Proyecto de “Directiva que Regula el Procedimiento Sumarísimo en Materia de Protección al Consumidor previsto en el Código de Protección y Defensa del Consumidor” 103