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8 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de julio de 2017 / El Peruano Aprueban Primera Reprogramación del Plan Operativo Institucional 2017 - POI 2017 del Ministerio del Ambiente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 198-2017-MINAM Lima, 11 de julio de 2017Vistos; El Memorando Nº 248-2017-MINAM/SG/ OGPP y el Informe Nº 78-2017-MINAM/SG/OGPP/OPM de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 204-2017-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, se creó el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, el numeral 71.3 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, señala que los Planes Operativos Institucionales re fl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fi scal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir con las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 389-2016-MINAM se aprueba el Plan Operativo Institucional - POI 2017 del Ministerio del Ambiente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, en el cual se establece la nueva estructura orgánica y las funciones de los órganos y de las unidades orgánicas de la entidad; Que, con Memorando Nº 248-2017-MINAM/SG/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 78-2017-MINAM/SG/OGPP/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización de la citada Ofi cina General, en el cual se concluye en la necesidad de aprobar la primera reprogramación del Plan Operativo Institucional - POI 2017 del Ministerio del Ambiente, a fi n de adecuar sus intervenciones a la nueva estructura orgánica de la entidad, tomando en cuenta la variación de las metas físicas y presupuestarias informada por los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras, asegurando la alineación del referido instrumento con los objetivos del Plan Estratégico Institucional (PEI) y del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM); Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley que aprueba la Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Primera Reprogramación del Plan Operativo Institucional 2017 - POI 2017 del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 389-2016-MINAM, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la ejecución de las actividades, tareas y acciones contenidas en el Plan Operativo Institucional 2017 reprogramado, en el marco presupuestal autorizado por la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y la normativa presupuestaria vigente. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a todos los órganos, programas y proyectos del Ministerio del Ambiente. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1542973-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan miembros titulares y alternos de la Comisión Especial encargada de implementar y poner en funcionamiento la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 248-2017-MINCETUR/DM San Isidro, 7 de julio de 2017Visto, el Informe Técnico Legal Nº 014-2017- MINCETUR/ VMCE/DGFCE/DVUCEPT/JFR-YND de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior y el Memorándum Nº 241-2017-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR. CONSIDERANDO: Que, del numeral 9.2 del artículo 9º de la Ley Nº 28977, Ley de Facilitación del Comercio Exterior establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo designará la Comisión Especial en coordinación con las demás entidades competentes, para la uniformización y simpli fi cación del trámite por la Ventanilla Única de Comercio Exterior; Que, mediante el artículo 9º del Reglamento para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2007-MINCETUR y sus modi fi catorias, se conformó la referida Comisión Especial, la misma que se integra por entidades del sector público y privado; Que, del numeral 9.5 del artículo 9º del Reglamento para la implementación de la VUCE, se desprende que las entidades del sector público que integran la Comisión Especial, designarán o removerán a sus representantes titulares y alternos, mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente y las entidades del sector privado, mediante comunicación escrita dirigida al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a efecto que sean designados por Resolución Ministerial de este sector; Que, mediante el Informe Técnico Legal Nº 014- 2017-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DVUCEPT/JFR-YND, de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas, de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior en el Viceministerio de Comercio Exterior, se da cuenta que la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), la Asociación de Exportadores (ADEX), la Cámara de Comercio de Lima (CCL), la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (COMEX PERU), la Asociación de Agentes de Aduanas del Perú (AAAP), la Asociación Peruana de Agentes de Carga Internacional (APACIT), DPWORLD Callao, la Asociación Peruana de Agentes Marítimos (APAM), la Asociación Marítima del Perú (ASMARPE) y la Asociación Peruana de Operadores Portuarios (ASPPOR), todas entidades del sector privado integrantes de la referida Comisión Especial, han remitido