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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2017 (12/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de julio de 2017 / El Peruano produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1542681-1 Autorizan el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y personas jurídicas privadas destinadas a cofinanciar la ejecución de diversos proyectos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 327-2017-PRODUCE 10 de julio de 2017 VISTOS; el O fi cio 248-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERU.CE del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, y el Memorando Nº 748-2017-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016- PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo fi nancian, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Especí fi ca de Ingreso; Que, mediante Decreto Supremo Nº 157-2012- EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 35 000 000.00 (TREINTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el “Proyecto Innovación para la Competitividad”; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de Dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE; Que, con Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad en el ámbito del Ministerio de la Producción, con el objetivo general de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; asimismo, el artículo 5 de la norma citada, dispone la fusión bajo la modalidad de absorción a la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida; Que, asimismo la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente, dispone que el “Proyecto Innovación para la Competitividad” se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP Nº 159771 y el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción; Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la fi nalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; además, señala que dichas transferencias fi nancieras y las subvenciones mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción del convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, debiéndose contar con el Informe favorable previo de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces; precisando que dicha resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, asimismo, la Disposición Complementaria Final señalada en el considerando precedente, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los cuales, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento, según corresponda; y que el Ministerio de la Producción, mediante resolución de su titular, debe establecer los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y personas jurídicas privadas, así como para la evaluación de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo precedentemente señalado; Que, mediante O fi cio Nº 248-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, y el Informe Nº 047-2017-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, se sustenta la necesidad de otorgar las subvenciones a favor de las personas naturales y personas jurídicas privadas, hasta la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y 90/100 SOLES (S/ 3 944 780,90), en las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 2 878 534,28 y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito por la suma de S/ 1 066 246,62 destinadas a co fi nanciar la ejecución de los instrumentos: i) “Proyectos de Investigación Aplicada”; ii) “Proyectos para la Preparación para Acreditación de Laboratorios”; iii) “Proyectos de Agenda de Innovación Tecnológica”; iv) “Proyectos de Apoyo de Actividades de Extensionismo Tecnológico”; v) Proyectos de Investigación vinculados a “Becas de Repatriación de Investigadores”; vi) “Proyectos de Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto”; vii) “Proyecto de Emprendedores Innovadores”; viii) “Proyectos de Innovación de Empresas Individuales”; ix) “Proyectos de Innovaciones Tecnológicas de Alto Impacto”; x) “Proyectos de Iniciativas Favorables a la Vinculación entre la Oferta y la Demanda”; xi) “Proyectos de Innovación Social Reto 3, Protección en Zonas de Heladas”; y, xii) Ganadores del “Concurso Nacional de Fotografía - Click a la Innovación”; en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; precisando, que los bene fi ciarios de las subvenciones vienen cumpliendo con los compromisos establecidos en los Convenios suscritos; Que, con Memorando Nº 748-2017-PRODUCE/ OGPPM la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe Nº 348-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la O fi cina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y personas jurídicas privadas, hasta por la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y 90/100 SOLES (S/ 3 944 780.90), de los cuales la suma de S/ 2 878 534,28 corresponde a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y la suma de S/ 1 066 246,62 a la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, del Pliego 038: Ministerio de la