Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2017 (14/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Viernes 14 de julio de 2017 /

El Peruano

Ordenanza N° 022-MDMP.- Ordenanza que previene, prohíbe y sanciona los comportamientos inapropiados y acoso sexual ejercido contra las personas que se encuentren en un espacio público y/o transiten por establecimientos comerciales y/u obras en edificación en el distrito de Mi Perú 99 Ordenanza N° 023-MDMP.- Aprueban Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Mi Perú para el periodo 2017 - 2021 102 Ordenanza N° 024-MDMP.- Derogan diversas Ordenanzas referentes a avisos y publicidad exterior, expediente matrimonial, licencias y autorizaciones de funcionamiento y licencia de regularización de edificaciones en el ámbito del distrito de Mi Perú 103 D.A. N° 001-2017-MDMP.Prorrogan beneficios contemplados en la Ordenanza N° 007-MDMP, que dispone beneficios tributarios para la regularización de obligaciones tributarias 104

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL R.A. N° 095-2017-AL-MDCA.- Designan Auxiliar Coactivo de la Municipalidad 105

CONVENIOS INTERNACIONALES
Acuerdo entre la República Federal de Alemania y la República del Perú sobre Cooperación Técnica 2016 105 Entrada en vigencia del Acuerdo entre la República Federal de Alemania y la República del Perú sobre Cooperación Técnica 2016 107

DECRETA:

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria de procedimientos administrativos establecido en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310
DECRETO SUPREMO Nº 075-2017-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, establece diversas disposiciones para la implementación del Análisis de Calidad Regulatoria; así también, señala que todas las entidades del Poder Ejecutivo deben realizar dicho análisis, respecto a las normas de alcance general que establezcan procedimientos administrativos; Que, en el referido dispositivo legal se determina una serie de disposiciones generales respecto a su alcance, principios, efectos y las disposiciones normativas a las que les es aplicable el Análisis de Calidad Regulatoria de obligatorio cumplimiento para las entidades del Poder Ejecutivo. Asimismo, se crea la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria cuya conformación y funciones se aprobará de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, el numeral 2.9 del artículo 2 del citado Decreto Legislativo Nº 1310, establece que mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, se emiten los lineamientos y disposiciones que resulten necesarios para la aplicación de lo dispuesto en el acotado artículo 2; Que, en ese sentido, resulta necesario dictar las normas reglamentarias que permitan la correcta aplicación de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el numeral 2.9 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310; el Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa; y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Artículo 1.- Aprobación Apruébese el Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria establecido en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, que consta de quince (15) artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias Finales cuyo texto, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación del presente Decreto Supremo y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano, así como difúndase a través del Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente norma. Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones derivadas del presente Decreto Supremo se financian con cargo al presupuesto institucional de las entidades del Poder Ejecutivo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de julio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL ANÁLISIS DE CALIDAD REGULATORIA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1310 Artículo 1.- Objeto El presente dispositivo tiene por objeto reglamentar la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria dispuesto en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310,

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