Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2017 (27/07/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 27 de julio de 2017 /

El Peruano

fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ERNESTO ARRUNÁTEGUI GADEA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1548490-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú para recibir tratamiento médico altamente especializado en Ucrania
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1034-2017 DE/EP Jesús María, 25 de julio de 2017 VISTO: La Hoja Informativa N° 016 SG-CGE/N-01.1/02.00 de julio de 2017, del General de Ejército Comandante General del Ejército; CONSIDERANDO: Que, mediante diagnóstico médico del Hospital Geriátrico - Constancia para Certificado Médico del 28 de junio del 2017, practicado al General de Brigada EP Jorge Luís AGRAMONTE AGUILAR, se establece que presenta el cuadro clínico compatible con COXARTROSIS DEGENERATIVA BILATERAL, GENU VARU BILATERAL, GONARTROSIS, habiéndose prescrito que el referido oficial requiere Tratamiento Quirúrgico; Que, el General de Brigada EP Jorge Luís AGRAMONTE AGUILAR, el 11 de julio de 2017, adjuntando el documento referido en el punto anterior, la Invitación de la Clínica LADISTEN, así como el certificado de habilitación de dicha institución, solicita al COSALE realizar trámite de autorización de viaje por motivo de salud para ser sometido a cirugía correctiva altamente especializada en la Clínica LADISTEN, ubicada en la ciudad de KIEV del país de UCRANIA, con el procedimiento de utilización del Sistema ILIZAROV ­ VEKLICH, por haber sido diagnosticado: con patología articular degenerativa en ambas rodillas que requiere tratamiento quirúrgico: OSTEOTOMIA VALGUIZANTE BILATERAL, del 29 de julio del 2017 al 16 de agosto del 2017; Que, mediante Acta de la Junta Médica Institucional N° 0273 del Servicio de Traumatología del Hospital Militar Central del Ejército del Perú o Peritaje Médico Legal N° 2017-0273, del 17 de Julio de 2017, practicado por especialistas de mayor capacidad resolutiva del Sistema de Salud del Ejército, basado en la evaluación y resumen de la historia clínica del General de Brigada EP, Jorge Luís AGRAMONTE AGUILAR, recomiendan, que el paciente requiere tratamiento médico quirúrgico: OSTEOTOMIA VALGUIZANTE BILATERAL, con utilización del sistema ILIZAROV-VEKLICH técnica que se realiza en KIEVUCRANIA, dicho tratamiento no se realiza en el Hospital Militar Central, ni en ningún establecimiento de salud del país; Que, con el Acta de la Junta de Sanidad Institucional N° 0880 ­ 2017 ­ COSALE del 21 de Julio del 2017, elaborado en base al Acta de la Junta Médica Institucional N° 0273 del Servicio de Traumatología del Hospital Militar Central del 17 de julio de 2017, se ha llegado a la conclusión en el punto "d", Clase de trabajo puede realizar: "Labores administrativas. Paciente con patología articular degenerativa en ambas rodillas requiere tratamiento quirúrgico: Osteotomía valguizante bilateral con utilización del sistema ilizarov-veklich, tratamiento que no se realiza

en el Hospital Militar Central, realizándose esta técnica en Kiev ­ Ucrania"; Que, con Hoja de Recomendación N° 03 AA-6.a.4/15 del 18 de julio del 2017, el señor Comandante General del Ejército, aprobó el viaje al exterior a la ciudad de KIEV ­ país de UCRANIA, al General de Brigada EP Jorge Luis AGRAMONTE AGUILAR, para un tratamiento médico altamente especializado de: Osteotomía valguizante bilateral con la utilización del Sistema ILIZAROV ­ VEKLICH en la clínica LADISTEN a realizarse en KIEV ­ UCRANIA, considerando que este procedimiento no se realiza en el Hospital Militar Central del Ejército, y en ningún establecimiento de salud del país; Que, según lo señalado en el Dictamen Nº 1983 de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército, concordante con lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG, para la autorización de viaje por motivo de salud presentada por el General de Brigada EP Jorge Luis AGRAMONTE AGUILAR, resulta de aplicación la modalidad de tratamiento médico altamente especializado; asimismo, se precisa que los gastos que importe la intervención quirúrgica, pasajes, estadía, alimentación, hospedaje y transporte interno y otros, serán sufragados en su integridad por el referido Oficial General, sin irrogar gasto alguno al tesoro público, conforme ha sido manifestado por el mismo peticionante; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo N° 0062016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2003-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 2622014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior y a lo opinado por la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército; resulta viable autorizar el viaje del mencionado Oficial General, para someterse a un tratamiento médico altamente especializado de Osteotomía valguizante bilateral, y; Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior por motivo de salud, al General de Brigada EP Jorge Luis AGRAMONTE AGUILAR, identificado con CIP N° 114449900, DNI N° 43266882, para trasladarse a la ciudad de KIEV del país de UCRANIA a fin de ser sometido a tratamiento médico quirúrgico altamente especializado de: OSTEOTOMIA VALGUIZANTE BILATERAL con utilización del sistema ILIZAROV-VEKLICH, en el período comprendido del 29 Julio al 16 de agosto de 2017, autorizando su retorno para el 17 de agosto de 2017. Artículo 2.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al Tesoro Público. Artículo 3.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1548604-1

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