Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2017 (27/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Jueves 27 de julio de 2017 /

El Peruano

2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento pasajes aéreos internacionales y viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso a) y b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en el Comité XXVI del SICOFAA "FPC" del Ejercicio "Cooperación V", que se realizará en la ciudad de Santiago de Chile ­ República de Chile del 07 al 11 de agosto de 2017; así como, su salida del país el 06 de agosto de 2017 y retorno el 12 de agosto de 2017:
Coronel FAP NSA: O-9530485 Coronel FAP NSA: O-9579890 MARTIN ALBERTO DAVELOUIS SANCHEZ DNI: 08701826 DAVID FERNANDO VELASQUEZ PORTELLA DNI: 43412386

Autorizan viaje de Personal Militar FAP a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1074-2017 DE/FAPLima, 26 de julio de 2017 Visto el Oficio NC-60-DVOP-Nº 0978 de fecha 26 de julio de 2017 del Director de Vigilancia y Reconocimiento Aéreo de la Fuerza Aérea del Perú y el Oficio NC-17-COA5Nº 1909 de fecha 26 de julio de 2017 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con aviones de alto desempeño dentro de su flota de transporte como el Lear Jet 36A FAP 525 y el 524, asignado a la Dirección de Vigilancia y Reconocimiento Aéreo, el cual realiza vuelos en operación militar, evacuaciones aeromédicas, vuelos en apoyo al desarrollo socio económico y vuelos en apoyo al sistema de Defensa civil, así como vuelos a requerimiento de las más altas autoridades del Gobierno; todos en forma permanente tanto en el ámbito interno como en el externo; Que, con el Oficio NC-60-DVOP-Nº 0978 de fecha 26 de julio de 2017 el Director de Vigilancia y Reconocimiento Aéreo de la Fuerza Aérea del Perú informa que se realizará la evacuación aeromédica del menor SEBASTIAN ALEJANDRO SANTOS HIDALGO, acompañado de su madre la señora KATTERINE FIORELLA HIDALGO CORDERO y dos (02) médicos a la ciudad de Boston Estado de Massachusetts - Estados Unidos de América, del 28 al 31 de julio de 2017; Que, con el Oficio NC-17-COA5-Nº 1909 de fecha 26 de julio de 2017, el Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, solicita se inicie los trámites para la autorización de viaje al exterior del Personal Militar FAP que conforma la tripulación principal y alterna de la aeronave Lear Jet 36A FAP 525 que efectuará la citada evacuación aeromédica a la ciudad de Boston Estado de Massachusetts - Estados Unidos de América, del 28 al 31 de julio de 2017; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar que conformará la tripulación principal y alterna de la aeronave Lear Jet 36A FAP 525 que realizará la evacuación aeromédica del menor SEBASTIAN ALEJANDRO SANTOS HIDALGO, acompañado de su madre KATTERINE FIORELLA HIDALGO CORDERO y dos (02) médicos a la ciudad de Boston Estado de Massachusetts - Estados Unidos de América, del 28 al 31 de julio de 2017: AERONAVE LEAR JET 36A FAP 525 TRIPULACION PRINCIPAL
Comandante FAP NSA: 0-9657996 FIDEL ERNESTO CASTRO HERRERA DNI: 10558101 Piloto

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima ­ Santiago (República de Chile) - Lima: US $ 1,151.88 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ Viáticos US $ 370.00 X 05 días x 02 personas Total a Pagar = = 2,303.76

US $ 3,700.00 ---------------------------US $ 6,003.76

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1548617-2

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