Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2017 (27/07/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Jueves 27 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

19

que ocasione la participación en el evento se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 008: Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal superior durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación, así como su retorno UN (1) día después de culminado el mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Estando a lo propuesto por el Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau"; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Jean Pierre Francois JAUREGUY Robinson, Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau" y del Teniente Primero Carlos Fabián CORTEZ González, Director de Disciplina de la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", para que participen en las reuniones de coordinación, con la finalidad de incluir mejoras y consolidar el Convenio General de Colaboración y Cooperación, que se realizará en el Instituto Técnico de Trasporti e Logística Náutico "San Giorgio" de Génova y el Instituto Náutico "C Colombo de Camogli (Italia), en la ciudad de Génova, República Italiana, del 18 al 22 de setiembre del 2017; así como autorizar su salida del país el 16 y su retorno el 23 de setiembre del 2017. Artículo 2.- La Unidad Ejecutora 008 Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo: Lima ­ Génova - Italia ­ Lima US $. 1,709.50 x 2 personas (Incluye TUUA) = US$. 3,419.00 Viáticos: US $ 540.00 x 5 días x 2 personas TOTAL = US$. 5,400.00 = US$. 8,819.00

Autorizan viaje de personal militar FAP a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1049-2017 DE/FAPLima, 25 de julio de 2017 Visto, el SITFAGRAMA OEN-017-159-4495-001/ de fecha 08 de junio de 2017 del Director de Relaciones Internacionales del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea de Chile y la Papeleta de Tramite NC-35-SGFA-N° 2638 de fecha 26 de junio de 2017 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), es una organización interamericana de carácter voluntario, conformada por veinte (20) países, que tiene por finalidad, promover y fortalecer los lazos de amistad, así como, lograr el apoyo mutuo entre ellos, mediante la coordinación y cooperación de sus Fuerzas Aéreas, para actuar en forma combinada en cumplimiento a lo dispuesto por su Carta Constitutiva y en aplicación a la política de gobierno, contribuyendo al fortalecimiento de la cooperación, establecimiento de mecanismos de apoyo solidario, participación y confianza entre sus miembros ante diferentes situaciones de emergencia; Que, las reuniones anuales del SICOFAA son eventos planificados el año anterior a su ejecución, que buscan la implementación de mecanismos de cooperación internacional mutua, intercambio de experiencias, medios, entrenamiento e instrucción de personal y todo aquello que facilite la elaboración de procedimientos para actuar en forma integrada, durante situaciones de emergencia para proporcionar ayuda humanitaria a través de los medios aéreos de cada país; Que, mediante el SITFAGRAMA OEN-017-1594495-001/ de fecha 08 de junio de 2017, el Director de Relaciones Internacionales del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea de Chile, invita a los delegados de los países miembros, en función a los acuerdos adoptados por el SICOFAA para el presente año al Comité XXVI del SICOFAA "FPC" del Ejercicio "Cooperación V", que se realizará en la ciudad de Santiago de Chile ­ República de Chile del 07 al 11 de agosto de 2017; Que, mediante la Papeleta de Trámite NC-35SGFA-N° 2638 de fecha 26 de junio de 2017, el Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior al Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el Comité XXVI del SICOFAA "FPC" del Ejercicio "Cooperación V", que se realizará en la ciudad de Santiago de Chile ­ República de Chile del 07 al 11 de agosto de 2017; Que, es conveniente para los intereses nacionales e institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participe en el Comité XXVI del SICOFAA "FPC" del Ejercicio "Cooperación V", que se realizará en la ciudad de Santiago de Chile ­ República de Chile del 07 al 11 de agosto de 2017; por cuanto, permitirá adquirir los conocimientos y experiencias necesarias para activar el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas y realizar las operaciones Aéreas Combinadas de Ayuda Humanitaria de manera eficiente en caso se presente una emergencia nacional; así como, incrementar los lazos de amistad, unión y solidaridad entre los miembros del sistema; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0087 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 04 de julio de

Artículo 3.- El oficial comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1548618-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.