TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Sábado 3 de junio de 2017 El Peruano / Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor GUNTHER IVAN MERZTHAL YUPARI, en el cargo de Director de Educación y Ciudadanía Ambiental de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, dependiente del Viceministerio de Gestión Ambiental. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1528724-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan transferencia financiera a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, creado conforme al artículo 4 de la Ley N° 30458 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 193-2017-MINCETUR Lima, 1 de junio de 2017CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 30518, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Que, por Resolución Ministerial Nº 449-2016-MINCETUR, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el Año Fiscal 2017; Que, el Decreto de Urgencia N° 004-2017, tiene por objeto establecer medidas extraordinarias y urgentes sobre materia económica y fi nanciera, de carácter excepcional y transitorio, necesarias para estimular la economía, así como para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del citado dispositivo, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional y a los Gobiernos Regionales a aprobar transferencias fi nancieras, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”. Dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los juegos panamericanos y parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, creó el “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, destinado a fi nanciar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; Que, la Unidad Ejecutora 005: Ventanilla Única de Comercio Exterior – Segunda Etapa del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo cuenta con recursos presupuestarios por la suma de VEINTIUN MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 21 257 485,00) para ser destinados al “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”;Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 005: Ventanilla Única de Comercio Exterior – Segunda Etapa, Actividad 5001253: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, hasta por dicho importe, a favor del “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales”, creado conforme al artículo 4 de la Ley N° 30458; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 004-2017 y la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, Estando a lo propuesto por la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 005: Ventanilla Única de Comercio Exterior – Segunda Etapa, hasta por el monto de VEINTIUN MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 21 257 485,00), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, creado conforme al artículo 4 de la Ley N° 30458. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se realizará con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 005: Ventanilla Única de Comercio Exterior – Segunda Etapa, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Actividad 5001253: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias y Especí fi ca 2.4.2.3.1.5 A Fondos Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1528658-1 Autorizan viaje de representante del MINCETUR a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2017-MINCETUR Lima, 1 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, es el órgano competente para de fi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible; Que, en tal sentido, es objetivo de MINCETUR, a través del Viceministerio de Turismo, hacer del turismo una herramienta de desarrollo económico, social, cultural y ambiental del Perú, enfocando su trabajo en promover la cultura turística y seguridad para los visitantes; desarrollar una oferta turística competitiva, sostenible y diversi fi cada, promover una demanda sostenible del turismo y fortalecer las capacidades de las instituciones vinculadas con la actividad del turismo; Que, del 05 al 07 de junio de 2017, la Asociación de Congresos y Convenciones Internacionales (ICCA)