Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2017 (03/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 3 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolución Suprema Nº 292-2015DE, se designó al Vicealmirante Víctor Emanuel POMAR Calderón, entonces Director General de Capitanías y Guardacostas, como miembro del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua; Que, por Resolución Suprema Nº 520-2016-DE/ MGP, se nombró al Vicealmirante Manuel Santiago VASCONES Morey, como Director General de Capitanías y Guardacostas; Que, teniendo en consideración que de acuerdo a la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, para ocupar el cargo de miembro del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua, el funcionario designado debe tener el rango de director general o similar; es conveniente designar al Vicealmirante Manuel Santiago VASCONES Morey, Autoridad Marítima Nacional, como miembro de dicho Consejo Directivo, para lo cual se debe dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 292-2015-DE; Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo señala el numeral 4 de su artículo 11, que las Resoluciones Supremas, son decisiones de carácter específico rubricadas por el Presidente de la República y refrendadas por uno o más Ministros a cuyo ámbito de competencia correspondan; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, el Decreto Legislativo Nº 1147 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2014-DE, la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, que aprueba su Reglamento; Estando a lo recomendado por el Director General de Capitanías y Guardacostas, a lo opinado por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 292-2015-DE. Artículo 2.- Designar al Vicealmirante Manuel Santiago VASCONES Morey, Director General de Capitanías y Guardacostas - Autoridad Marítima Nacional, como miembro del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema, es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1528725-1

la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante lo establecido en la Actividad 7 del Anexo Bravo del Acta de la X Reunión de Jefes del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Ecuador y la Fuerza Aérea del Perú realizada en la República del Ecuador del 03 al 07 de octubre del 2016, se acordó realizar una Visita Técnica Profesional a la Academia de Guerra Aérea, ubicada en la ciudad de Quito ­ República del Ecuador, durante el primer semestre del 2017, por cinco (05) días (incluido los días de viaje de ida y vuelta), para intercambiar experiencias en asuntos de género; Que, mediante el Oficio Nº FA-EE-H-2017-069-O de fecha 10 de marzo de 2017, el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, comunica que la Visita Técnica Profesional se realizará en la Academia de Guerra Aérea, ubicada en la ciudad de Quito ­ República del Ecuador, del 12 al 16 de junio de 2017; Que, mediante la Papeleta de Tramite NC-170DGPL-Nº 065 de fecha 11 de mayo de 2017, el Jefe de la Oficina de Planes de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice al Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en la Visita Técnica Profesional que se realizará a la Academia de Guerra Aérea, ubicada en la ciudad de Quito ­ República del Ecuador, del 12 al 16 de junio de 2017; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en la Visita Técnica Profesional que se realizará a la Academia de Guerra Aérea, ubicada en la ciudad de Quito ­ República del Ecuador, del 12 al 16 de junio de 2017; por cuanto permitirá intercambiar conocimientos y experiencias sobre asuntos de género, redundando en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación; así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-Nº 0062 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 12 de mayo de 2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento, pasajes aéreos internacionales y viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla a

Autorizan viajes de personal militar FAP a Ecuador y Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 708-2017 DE/FAPLima, 1 de junio de 2017 Visto, el Acta de la X Reunión de Jefes del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Ecuador y la Fuerza Aérea del Perú realizada en la República del Ecuador del 03 al 07 de octubre de 2016, el Oficio Nº FA-EE-H2017-069-O de fecha 10 de marzo de 2017 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana y la Papeleta de Tramite NC-170-DGPL-Nº 065 de fecha 11 de mayo de 2017 del Jefe de la Oficina de Planes de

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