Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2017 (03/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 3 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", los gastos derivados por los viáticos y pasajes aéreos internacionales que ocasione la participación en el evento se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 008: Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal superior durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación, así como su retorno UN (1) día después de culminado el mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Estando a lo propuesto por el Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante "almirante Miguel Grau" y a lo acordado con el Ministro de Defensa y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 0562013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Jean Pierre Francois JAUREGUY Robinson, identificado con DNI Nº 43313369 y CIP Nº 01801703 Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", para que participe en reuniones de coordinación y actividades especiales con la finalidad de incluir mejoras al Convenio Marco de Cooperación en la Ciudad de Kingston ­ Jamaica del 03 al 07 de julio del 2017. Artículo 2º.- La Unidad Ejecutora 008 Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aéreo: Lima ­ Kingston -Jamaica ­ Lima US$ 950.00 x 1 persona (Incluye TUUA) = US$ Viáticos: US$ 430.00 x 5 días x 1 persona 950.00

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 719-2017-DE/MGP Lima, 1 de junio de 2017 Vista, la Carta G.500-2578 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 25 de mayo de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 9 de marzo de 2017, la Comandante de la Tercera Flota de la Marina de Guerra de los Estados Unidos de América, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para que la Marina de Guerra del Perú participe en la Conferencia Inicial de Planeamiento (IPC) del Ejercicio Cuenca del Pacífico (RIMPAC 2018), a realizarse en la ciudad de San Diego, Estado de California, Estados Unidos de América, del 6 al 9 de junio de 2017; Que, con Oficio P.200-547 de fecha 5 de mayo de 2017, el Comandante General de Operaciones del Pacífico propone al Capitán de Fragata Jorge DENEGRI Boltan, para que participe en la mencionada conferencia, lo que permitirá tener conocimiento de nuevos entrenamientos y tendencias del más alto nivel operacional, concebidos en el ámbito de las operaciones multinacionales; Que, de acuerdo con el documento Nº 086-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos (a) y (b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Jorge DENEGRI Boltan, CIP. 00909403, DNI. 43390611, para que participe en la Conferencia Inicial de Planeamiento (IPC) del Ejercicio Cuenca del Pacífico (RIMPAC 2018), a realizarse en la ciudad de San Diego, Estado de California, Estados Unidos de América, del 6 al 9 de junio de 2017; así como, autorizar su salida del país el 5 y su retorno el 10 de junio de 2017.

= US$ 2,150.00 TOTAL: US$ 3,100.00

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los 15 días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1527995-1

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