Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2017 (05/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Lunes 5 de junio de 2017
A LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO

NORMAS LEGALES
En Soles

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: Gobierno Central 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres JUNTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5005828 : Entrega de la Subvención Monetaria a los Beneficiarios del Programa de Pensiones por Discapacidad Severa 394 978,00 11 411 100,00 5005829 : Dirección y Monitoreo de los Beneficiarios del programa de Pensiones por Discapacidad Severa 1 771 940,00 136 307,00 ------------------13 714 325,00 ===========

la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de junio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1529237-1

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 2.5 Otros Gastos ACTIVIDAD

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

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