Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2017 (06/06/2017)


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NORMAS LEGALES

Martes 6 de junio de 2017 /

El Peruano

la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; Que, asimismo, el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 179-MDPP de fecha 08 de Agosto del 2011, se aprobó la creación del Centro Integral del Adulto Mayor ­ CIAM de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 257-MDPP de fecha 27 de Abril del 2015, se aprobó el ROF de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; Que, en los documentos de vistos se aprecia que la modificación al Reglamento de Organización y Funciones está alineada con las normas legales aludidas así como en la necesidad de incorporar las funciones del Centro Integral del Adulto Mayor ­ CIAM al ROF de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; Con las opiniones favorables de la Gerencia Municipal, de la Gerencia de Asesoría Jurídica , y La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972; Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, aprobó con el voto UNANIME la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (R.O.F.) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Artículo 88º literal G del Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, incluyendo las nuevas funciones del CIAM. La Gerencia de Desarrollo Humano y la Subgerencia de Salud y Programas Sociales (o la que haga sus veces) estará a cargo de un responsable de cumplir y hacer cumplir las siguientes funciones: s) Diseñar, formular y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos en relación a la temática de las personas adultas mayores. t) Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de la persona adulta mayor, así como de los derechos humanos en general, con equidad de género. u) Regular las acciones del CIAM adecuando las normas nacionales a la realidad local. v) Organizar la protección y participación de las Personas Adultas Mayores, de acuerdo a las posibilidades económicas de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. w) Aplicar estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades y habilidades para superar la pobreza. x) Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propio y transferido, asegurando la calidad y focalización de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economía regional y local en favor de la población adulta mayor. y) Difundir y promover los derechos del adulto/a mayor, propiciando espacios para su participación en la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. z) Promover, organizar y sostener, de acuerdo a sus posibilidades, establecimientos de protección en especial a la población adulta mayor en situación de riesgo y vulnerabilidad, así como casas de refugio. a.a) Coordinar actividades de prevención de enfermedades con las instancias pertinentes sobre el adulto mayor. b.b) Otras que le asigne de acuerdo a su competencia. Artículo Segundo.- Modificar la Ordenanza Municipal Nº 257-MDPP, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Facúltese al señor Alcalde para que

a través de un Decreto de Alcaldía apruebe el Reglamento Centro Integral de Atención del Adulto Mayor - CIAM así como las acciones necesarias para su implementación efectiva, en beneficio de la población adulta mayor de la comunidad. Artículo Cuarto.- Publicar el texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologías de Información y Gobierno Electrónico de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra la publicación del íntegro de este documento de gestión en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el portal institucional (www. municipalidaddepuentepiedra.gob.pe), conforme prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/ SGP Aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 2002010-PCM. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 1528916-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban la conformación de la Mesa Provincial como parte de la Red Nacional de Personas Adultas Mayores
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2017 Callao, 29 de mayo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 041-2017-MPC/CMPCSR-COAD de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confieren; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194 establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en el artículo 73 referido a las materias de competencia municipal, el inciso 6 en los numerales 6.2 y 6.4 establece que en materia de servicios sociales locales, la municipalidad ejerce la función específica de administrar, organizar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo y otros que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población; asimismo, difundir y promover los derechos del niño, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor, propiciando espacios para su participación a nivel de instancias municipales; Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2011-MIMDES, se aprobó la Política Nacional en relación a las personas adultas mayores, que tiene dentro

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