Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2017 (29/06/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 106

106

NORMAS LEGALES
VISTA:

Jueves 29 de junio de 2017 /

El Peruano

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE y en el literal s) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; y estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria; Con los visados de la Secretaría General, de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Planeamiento y Presupuesto, de Información y Educación Electoral, y de Administración, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, a los señores MARCOS JESUS PALOMINO MEDINA y PAULO ROGER GUERRA GARCIA CAMPOS, servidores de la Gerencia de Información y Educación Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, a la República de Chile, del 01 al 03 de julio de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos x 2 personas: S/ 5,053.40 (Cinco mil cincuenta y tres con 40/100 soles). Viáticos x 2 personas: US$ 1,480.00 (01 día de viáticos+01 día de gastos instalación). Artículo Tercero.- Precisar que la presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los antes citados servidores deberán presentar a la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, con copia a la Gerencia Corporativa de Potencial Humano. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal Institucional www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO CARLO MAGNO CASTILLO MEZA Jefe 1538872-1

La solicitud presentada por Compartamos Financiera S.A. con fecha 24.04.2017, para que se opine favorablemente sobre la emisión de Certificados de Depósitos Negociables denominada "Segunda Programa de Certificados de Depósitos Negociables de Compartamos Financiera S.A.", hasta por un monto máximo en circulación de S/. 200'000,000.00 (doscientos millones y 00/100 soles) o su equivalente en dólares americanos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modificatorias, en adelante Ley General, en su artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas del sistema financiero a emitir y colocar, entre otros instrumentos de deuda, Certificados de Depósitos Negociables; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que tratándose de la emisión de instrumentos financieros que tengan la condición de valores mobiliarios y que se emitan por oferta pública, la Superintendencia del Mercado de Valores procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, en sesión de Directorio celebrada con fecha 30.01.2017, se aprobó la realización del "Segundo Programa de Certificados de Depósitos Negociables Compartamos Financiera S.A.", hasta por un monto máximo en circulación de S/. 200'000,000.00 (doscientos millones y 00/100 soles) o su equivalente en dólares americanos, así como las condiciones generales del Programa; Que, Compartamos Financiera S.A. ha cumplido con presentar la documentación requerida por el Procedimiento Nº 25 "Opinión favorable sobre emisión en serie de instrumentos financieros para empresas del Sistema Financiero y de Seguros", del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución SBS Nº 1016-2014, la que se encuentra conforme; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "C" y el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones; y con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Riesgos; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente para que Compartamos Financiera S.A. realice la emisión del "Segundo Programa de Certificados de Depósitos Negociables de Compartamos Financiera S.A.", hasta por un monto máximo de circulación de S/ 200'000,000.00 (doscientos millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares americanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Opinan favorablemente para que Compartamos Financiera S.A. realice la emisión del "Segundo Programa de Certificados de Depósitos Negociables de Compartamos Financiera S.A."
RESOLUCIÓN SBS Nº 2484-2017 Lima, 21 de junio de 2017

SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1538344-1

Autorizan viaje de funcionarios de la SBS a China, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS Nº 2582-2017 Lima, 27 de junio de 2017 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTAS:

LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

Las invitaciones cursadas por The Executive Secretary of the Egmont Group of Financial Intelligence Units a la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.