Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2017 (29/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

Jueves 29 de junio de 2017 /

El Peruano

EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE HUANCAVELICA Y DE LAS UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE ACOBAMBA, ANGARAES, CASTROVIRREYNA, CHURCAMPA, HUANCAVELICA, HUAYTARA, TAYACAJA Y SURCUBAMBA. Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 314- GOB. REG.HVCA/CR, de fecha 05 de noviembre de 2015, se aprueba el Organigrama Estructural y el Reglamento de Organización y Funciones de las Unidades de gestión educativa local de Acobamba, Castrovirreyna, Churcampa, Huancavelica, Surcubamba y Tayacaja. Que, mediante Informe Nº 016- 2017/GOB.REG. HVCA/GRPPyAT-SGDIeI-mov, el especialista en racionalización da opinión favorable para la aprobación del Cuadro Para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Educación de Huancavelica y las Unidades de Gestión Educativa Local de Acobamba y Angaraes, Informe Técnico Nº 022- 2017/GOB.REG. HVCA/GRPPyAT-SGDIyTI-ikaq, de las Unidades de Gestión Educativa Local de Castrovirreyna, Churcampa, Huaytara, Surcubamba y Tayacaja. Que, el numeral 1.1 del Artículo 1 de la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, dentro del citado contexto normativo y estando a los Informes Técnicos emitidos por las áreas correspondientes, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la Información remite el Cuadro Para Asignación de Personal Provisional de las unidades aludidas, previo trabajo coordinado y consensuado con diferentes sectores y niveles del Gobierno Regional; Que, el Artículo 38º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro Para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Dirección Regional de Educación de Huancavelica, conforme al anexo 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad de Gestión Educativa Local de Acobamba, conforme al anexo 2 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad de Gestión Educativa Local de Angaraes, conforme

al anexo 3 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad de Gestión Educativa Local de Castrovirreyna, conforme al anexo 4 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad de Gestión Educativa Local de Churcampa, conforme al anexo 5 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huancavelica, conforme al anexo 6 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huaytara, conforme al anexo 7 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad de Gestión Educativa Local de Surcubamba, conforme al anexo 8 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja, conforme al anexo 9 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Noveno.- DÉJESE sin efecto legal las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. En Huancavelica a los once días del mes de abril del dos mil diecisiete. LUCHA ANYOSA ESCOBAR Presidenta del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil diecisiete. GLODOALDO ÁLVAREZ ORÉ Gobernador Regional 1537429-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que prorroga las competencias delegadas mediante Ordenanza N° 1892MML
ORDENANZA N° 2045 LA TENIENTE ALCALDE METROPOLITANA DE LIMA ENCARGADA DEL DESPACHO DE ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;

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