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120 NORMAS LEGALES Jueves 29 de junio de 2017 / El Peruano confi able, predecible y de bajo costo; y otorgándole la información requerida en forma oportuna; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), compila los servicios no exclusivos que la Municipalidad brinda para satisfacer a la población que lo necesita, haciéndose necesaria su aprobación a fi n de contar con un instrumento actualizado que facilite la difusión al público de los mismos; Que, mediante Informe Nº 1010-2017-MDP/GPP, de fecha 04 de Mayo del 2017, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto señala que se han sistematizado los servicios No exclusivos, en coordinación con las Unidades Orgánicas prestadoras de los mismos, así como sus requisitos y tarifas, permitiendo a la ciudadanía mejorar el acceso a dichos servicios, y solicita la emisión del dispositivo legal correspondiente; Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 20º, numeral 6) y 43º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; y con la visación Gerencia Municipal, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Paracas, el cual contiene un total de treinta y siete servicios, cuyo detalle se adjunta en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad, según sus competencias, se encarguen del estricto cumplimiento de lo previsto en el instrumento normativo aprobado, debiendo sujetarse a los dispositivos legales vigentes. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la O fi cina de Secretaría General la noti fi cación y distribución de la presente Resolución, y su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE al Jefe de la Subgerencia de Sistemas y Soporte Tecnológico, cumpla con publicar el TUSNE en el portal institucional www.muniparacas.gob.pe Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ANGEL CASTILLO OLIDEN Alcalde 1537875-6 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHANAQUI Autorizan viaje de Alcalde a Francia, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 071-2017-MDP Pichanaqui, 22 de junio, 2017 VISTOS: En Sesión Extra Ordinaria de Concejo Nº 012-2017 de fecha 22 de junio de 2017, la Carta de Invitación de registro Nº 5524-2017 e Informe Nº 253- 2017-GDE/MDP, mediante la cual, cursan invitación al Sr. Alcalde a Paris Francia para participar en la ceremonia de entrega de medallas y diplomas a los laureados del Concurso tendrá lugar en los Salones de la Embajada del Perú en París Francia el próximo miércoles 28 de Junio del 2017. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 28607, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala: Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. La Autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico. Que, el Artículo 9º, numeral 11) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde y cualquier otro funcionario; por lo que la autorización deberá ser aprobada por el Concejo Municipal. Que, la Ley Nº 27619, regula la autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su Artículo 2º establece que “la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución. Que, el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala: “Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”. Estando a lo expuesto, con el uso de las facultades conferidas por el Inciso 11) del Artículo 9º y Artículo 17º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal Distrital de Pichanaqui, en Sesión Extra Ordinaria de Concejo Nº 012-2017 de fecha 22 de Junio del 2017, por unanimidad; ACORDÓ: Primero.- AUTORIZAR el viaje a la ciudad de París Francia, del 27 al 29 de Junio 2017, al Econ. Zósimo Cárdenas Muje, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pichanaqui, a fi n de participar en la Invitación de la ONG Agencia para la Valorización de los Productos agrícolas A.V.P.A, a la ceremonia de entrega de medallas y diplomas a los laureados del Concurso tendrá lugar en los Salones de la Embajada del Perú en París Francia el próximo miércoles 28 de Junio del 2017 de acuerdo a los fundamentos expuestos. Segundo.- AUTORIZAR los gastos por concepto de viáticos conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y D.S. Nº 056-2013-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización al Exterior de servidores y funcionarios públicos, de acuerdo al siguiente detalle: DESCRIPCIÓNCAN- TIDAD P. $-€ P.U S/ P.TOTAL Viáticos 27-29 2 250.00 500.00 Pasaje aéreo Lima Francia Ida y vuelta1 $2 502.00 8,181.75 8,181.75 Gasto de seminario 1 € 950.00 3,610.10 3 610.10 Otros imprevistos 1 3,490.00 3,490.00 TOTAL 15 781.85 Tercero.- ENCARGAR a partir del día 27 al 29 de Junio 2017, el despacho de Alcaldía a la Srta. Regidora Celia Olinda Laimes Aguilar, con facultades y atribuciones inherentes a su cargo. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, Gerencia de Administración y Secretaria General el fi el cumplimiento del presente Acuerdo. Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE Alcalde 1537262-1