Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2017 (02/03/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 2 de marzo de 2017 /

El Peruano

software. 3ª Edición", en todas las entidades integrantes del Sistema Nacional de Informática. Artículo 2.- De la aplicación e implementación 2.1. La Norma Técnica Peruana señalada en el artículo precedente se aplicará a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. 2.2. Las entidades integrantes del Sistema Nacional de Informática tendrán un plazo máximo de doce (12) meses para la implementación y/o adecuación de la presente norma, por lo que deberán considerar en sus respectivos Planes Operativos Informáticos (POI) las actividades necesarias con esa finalidad. 2.3. La Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros brindará asistencia técnica a las entidades que lo requieran. Artículo 3.- De la responsabilidad de la implementación La responsabilidad de la implementación de la presente norma es del titular de las entidades de la Administración Pública pertenecientes al Sistema Nacional de Informática. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Deróguese la Resolución Ministerial N° 1792004-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1491441-1

Administraciones Locales de Agua Chicama y Moche - Virú Chao, de acuerdo a los estudios de delimitación respectivos; Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos a través de los Informes Técnicos N° 056-2016-ANA-DCPRH-GRH/GSB y N° 001, 002 y 03-2017-ANA-DCPRH-GRH/GSB alcanza los estudios de Delimitación del ámbito territorial de las Administraciones Locales de Agua: Santiago de Chuco, Huaraz, Santa Lacramarca - Nepeña y Casma - Huarmey, y concluye que el principal elemento para la delimitación es la cuenca como unidad de gestión, por lo que recomienda su aprobación; Que, la gestión integrada de los recursos hídricos es un proceso que promueve en el ámbito de la cuenca hidrográfica, el manejo y desarrollo coordinado del uso y aprovechamiento multisectorial del agua con los recursos naturales vinculados a ésta, orientado a lograr el desarrollo sostenible sin comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas; Que, la delimitación de los ámbitos territoriales de las Administraciones Locales de Agua Santiago de Chuco, Huaraz, Santa - Lacramarca - Nepeña y Casma - Huarmey, contribuirá con la gestión sostenible del recurso hídrico, al establecer el ámbito territorial en el cual se administra los recursos hídricos y sus bienes asociados, razón por la cual resulta necesaria su aprobación: Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con el visto de la Secretaría General, Dirección de Administración de Recursos Hídricos, Oficina de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica, así como de conformidad con lo establecido en el numeral 15 del artículo 15 de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la delimitación del ámbito territorial de las Administraciones Locales de Agua Santiago de Chuco, Huaraz, Santa - Lacramarca Nepeña y Casma - Huarmey Aprobar la delimitación del ámbito territorial de las Administraciones Locales de Agua Santiago de Chuco, Huaraz, Santa - Lacramarca - Nepeña y Casma - Huarmey comprendidas dentro del ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua Huarmey - Chicama, conforme a los estudios de delimitación que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua Huarmey Chicama La Autoridad Administrativa del Agua Huarmey Chicama está conformada por seis (6) Administraciones Locales de Agua, de acuerdo al siguiente detalle:
Autoridad Administrativa del Agua Administración Local de Agua Casma - Huarmey Santa Lacramarca Nepeña IV Huarmey Chicama Moche - Virú Chao Chicama Área (Km2) 9,143.78 6, 898.76 % AAA 24.64 18.6 Sede Administrativa Casma Nuevo Chimbote Trujillo Paiján Santiago de Chuco Huaraz Oficina de Enlace - Huarmey - Aija - Cabana - Virú - Chao - Otuzco - Cascas ---- La Pampa

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban delimitación del ámbito territorial de las Administraciones Locales de Agua Santiago de Chuco, Huaraz, Santa - Lacramarca - Nepeña y Casma - Huarmey
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 043-2017-ANA Lima, 27 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, según el artículo 17 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua cuenta con órganos desconcentrados denominados Autoridades Administrativas del Agua, con los que ejerce presencia a nivel nacional; Que, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas de las Autoridades Administrativas del Agua que administran el recurso hídrico y sus bienes asociados en sus respectivos ámbitos territoriales, los cuales son aprobados mediante resolución jefatural, conforme establece el inciso 23.1 del artículo 23 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG; Que, por Resolución Jefatural N° 0546-2009-ANA ratificada por la Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la acotada Ley, se aprobó la delimitación de los ámbitos territoriales de las Autoridades Administrativas del Agua, entre ellas, de la Autoridad Administrativa del Agua Huarmey - Chicama, con código IV, cuyo territorio fue delimitado por la agrupación natural de unidades hidrográficas indivisas y continuas; Que, la Autoridad Administrativa del Agua Huarmey Chicama está conformada por seis (6) Administraciones Locales de Agua: Chicama, Moche - Virú - Chao, Santiago de Chuco, Huaraz, Santa - Lacramarca - Nepeña y Casma - Huarmey; Que, por Resoluciones Jefaturales N° 161 y 162-2016ANA se aprobó la delimitación del ámbito territorial de las

6,799.76 6,097.36

18.32 16.43 4.41 17.61

Santiago de Chuco 1, 634.78 Huaraz 6, 535.23

Artículo 3.- Publicación en el portal institucional Publíquese en el portal institucional de la Autoridad Nacional del Agua: www.ana.gob.pe, la presente resolución y los estudios que sirven de sustento para la delimitación de las Administraciones Locales de Agua aprobadas mediante el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1491864-1

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