Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2017 (02/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Jueves 2 de marzo de 2017 /

El Peruano

Designan Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SANIPES
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 015-2017-SANIPES-DE Surquillo, 1 de marzo de 2017 VISTO: El Informe N° 085-2017-SANIPES/OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando Nº 410-2017-SANIPES/OA de la Oficina de Administración y el Informe N°056-2017-SANIPES/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30063 se creó el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; Que, a través del Decreto Supremo Nº 009-2014-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES, que contiene la estructura orgánica institucional; y que establece en su artículo 18, literal o), que es función de la Dirección Ejecutiva, designar y remover a los funcionarios del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES; Que, mediante Resolución Ministerial N° 093-2015-PRODUCE, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, el cual señala que la Jefatura de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto corresponde a un puesto de confianza o de libre designación dentro de la estructura Institucional; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 007-2017-SANIPES/DE de fecha 17 de febrero de 2017, se encargó al Sr. Christian Ricardo Ravines Serrano las funciones de Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, en adición a las funciones que viene desempeñando como Jefe de la Unidad de Presupuesto; Que, a través del Informe Nº 085-2017-SANIPES/ OA-URH de fecha 27 de febrero de 2017, la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, en coordinación con la Alta Dirección del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, considera pertinente que a través de un acto resolutivo del titular de la Entidad, se dé por concluida la encargatura de funciones realizada por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 007-2017-SANIPES, designando en el cargo al Econ. Williams Mori Isuisa, a fin de garantizar la operatividad del citado órgano de asesoramiento; Que, con el Memorando Nº 410-2017-SANIPES/OA de fecha 27 de febrero de 2017, la Oficina de Administración remite los actuados a la Oficina de Asesoría Jurídica para continuar con el trámite de la designación de la Jefatura de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, al haber considerado pertinente y viable los fundamentos del Informe Nº 085-2017-SANIPES/OA-URH emitido por la Unidad de Recursos Humanos; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Administración; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30063, Ley de creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera; el literal o) del artículo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2014-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SANIPES; la Resolución Ministerial Nº 093-2015-PRODUCE, que aprueba el Cuadro para Asignación Personal Provisional de SANIPES, y la ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDA la encargatura de funciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto

del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES, al señor Christian Ricardo Ravines Serrano, efectuada mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 007-2017-SANIPES-DE. Artículo 2º.- DESIGNAR al Econ. WILLIAMS MORI ISUISA como Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES, previsto en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional), como cargo de confianza del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES (www.sanipes.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HECTOR SOLDI SOLDI Director Ejecutivo (e) Organismo Nacional de Sanidad Pesquera 1491748-1

RELACIONES EXTERIORES
Decreto Supremo que declara de interés nacional el ejercicio por la República del Perú de la Presidencia del Proceso de Cumbres de las Américas durante el año 2017, incluyendo la realización de la VIII Cumbre de las Américas, así como sus actividades, reuniones y eventos preparatorios y conexos, que se llevarán a cabo los años 2017 y 2018
DECRETO SUPREMO Nº 005-2017-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Proceso de Cumbres de las Américas es un mecanismo de diálogo político del más alto nivel que funciona desde el año 1994 y reúne periódicamente a las Jefas y a los Jefes de Estado y de Gobierno del continente americano, a fin de dialogar sobre preocupaciones compartidas y tratar los temas de interés regional prioritario con el fin de encontrar soluciones comunes para la región; Que, la República del Perú ha participado en el Proceso de Cumbres de las Américas desde la primera Reunión llevada a cabo en Miami, Florida (1994); y las posteriores Cumbres realizadas en: Santiago, Chile (1998); Quebec, Canadá (2001); Mar del Plata, Argentina (2005); Puerto España, Trinidad y Tobago (2009); Cartagena, Colombia (2012) y la ciudad de Panamá, Panamá (2015). Cabe resaltar que, la República del Perú también participó en dos Cumbres especiales: Santa Cruz, Bolivia (1996) y Monterrey, México (2004), respectivamente; Que, la institucionalización de estas reuniones condujo al desarrollo de un Proceso de Cumbres, donde se acumulan experiencias, se forja un lenguaje común y se programan mandatos para la acción colectiva, y una sistematización de las nuevas referencias teóricas y prácticas en las relaciones hemisféricas; Que, el Proceso de Cumbres ha creado vínculos entre los diversos procesos Ministeriales Interamericanos, proporcionando una excelente oportunidad para alinear y coordinar la acción de las prioridades temáticas hemisféricas; Que, en abril del año 2015, los Jefes de Estado participantes en la VII Cumbre de las Américas decidieron por unanimidad que la República del Perú asumiera la Presidencia del Proceso de Cumbres que culminará con la VIII Cumbre de las Américas en abril del año 2018; Que, el 10 de mayo de 2016, el Estado peruano recibió de la República de Panamá la Presidencia del Proceso de Cumbres de las Américas;

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