Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2017 (02/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Jueves 2 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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disposiciones de la presente Ordenanza, en coordinación con la Gerencia de Fiscalización. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 1491301-1

MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA
Prorrogan para el Ejercicio 2017 la vigencia del monto del derecho de emisión mecanizada, de actualización de valores, determinación de tributos, vencimientos y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales establecida por Ordenanza N° 068-08-MCPSMH
ORDENANZA Nº 121-17/MCPSMH Santa María de Huachipa, 30 de enero del 2017 VISTO: El Concejo Municipal del Centro Poblado de Santa María de Huachipa en Sesión Ordinaria, el Memorándum Nº 029-2016-GM/MCPSMH emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 185-2016-GAJ/ MCPSMH de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 245-2016-GAT/MCPSMH de la Gerencia de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que el artículo 194º de la Constitución Política del Perú precisa que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía, económica y administrativas en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013EF, establecen que los Gobiernos Locales mediante ordenanzas crean, modifican, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley; Que, el artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la actualización de los valores de predios por las municipalidades, sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anualmente, además señala en su cuarta disposición final, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4 % de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio fiscal; Que, la Municipalidad del Centro Poblado del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, fue creada por Acuerdo de Concejo N° 014-92 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el 23 de enero de 1992 con las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 23853, y que mediante Ordenanza N° 768-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima se adecuó a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972; Que, mediante Ordenanza Nº 060-08-MCPSMH, se estableció el monto por el servicio del derecho de emisión mecanizada, de actualización de valores, determinación del tributo, vencimiento y distribución domiciliaria del impuesto predial y arbitrios Municipales del ejercicio 2008; Que, la mencionada Ordenanza Nº 060-08-MCPSMH,

ha venido prorrogándose en el cobro de Derecho de Emisión Mecanizada, la misma que con Ordenanzas N° 113-MCPSMH y Ordenanza N° 116-MCPSMH se mantuvieron el monto establecido, para lo periodos fiscales 2015 y 2016 respectivamente; Que, mediante Informe Nº 245-2016-GAT/MCPSMH de la Gerencia de Administración Tributaria, informa que la presente ordenanza tiene por objeto prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 060-2008-MCPSMH que fijó el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, para el ejercicio 2008, con la finalidad de no perjudicar con nuevos costos que perjudiquen económicamente a los contribuyentes. En ese sentido, el cobro en referencia por la emisión mecanizada y distribución a domicilio para el ejercicio fiscal 2017 se mantendrá por un predio en el monto de S/ 14.00 (Catorce y 00/100 Soles), considerando que no se reportan variaciones respecto de los aprobados mediante Ordenanza Nº 060-08-MCPSMH, recomendando por lo tanto la prórroga de la vigencia de ésta última. Que, con Informe N°185-2016-GAJ-MCPSMH de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Opina Procedente emitir una Ordenanza prorrogando los valores y costos de la emisión mecanizada tanto del Impuesto Predial ejercicio 2017 y los arbitrios municipales correspondientes. De conformidad con lo establecido por los artículos 8º, 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2017 LA VIGENCIA DEL MONTO DEL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA, DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DE TRIBUTOS, VENCIMIENTOS Y DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR para el ejercicio 2017, la vigencia de la Ordenanza Nº 068-08-MCPSMH que establece el Derecho de Emisión Mecanizada, de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución Domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de: Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana, el cual asciende a la suma de S/ 14.00 (CATORCE y 00/100 SOLES), cuyo monto debe ser abonado por el obligado, en el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales. Artículo Segundo.- ESTABLECER, como fecha de vencimiento del pago del impuesto predial del ejercicio 2017, según: a) Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero del 2017. b) En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, según: · Primera Cuota · Segunda Cuota · Tercera Cuota · Cuarta Cuota : : : : Hasta el 28 de febrero de 2017 Hasta el 31 de mayo de 2017 Hasta el 31 de agosto de 2017 Hasta 30 de noviembre de 2017

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACÚLTESE al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, disponga las medidas reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como prorrogar las fechas de vencimiento establecidas en el artículo segundo. Segunda.- La presente ordenanza entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, de la misma forma serán publicados en el Portal Web de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa: www.munihuachipa.gob.pe,

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