Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2017 (02/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Jueves 2 de marzo de 2017 /

El Peruano

Artículo Primero.- DESIGNAR a los funcionarios responsables quienes actuarán como representantes legales de la Municipalidad Distrital de La Victoria ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria ­ SUNAT: ABOG. VÍCTOR MARIO MUCHAYPIÑA REYES Gerente Municipal LIC. HILDA SILVIA BALDEÓN LAVADO Gerente de Administración y Finanzas Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 047-2017-ALC/MLV y toda disposición que se oponga a la presente resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano; y a Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en el portal Institucional. Artículo Cuarto.- RATIFICAR en todos sus extremos la Resolución de Alcaldía Nº 744-2015-ALC/MLV de 02 de diciembre de 2015. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General, notificar a las unidades orgánicas del corporativo para el estricto cumplimiento de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1491482-1

circunstancias; por lo que se hace necesario una segunda etapa de difusión de la Campaña Tributaria 2017, con la intención de que los todos puedan acogerse al Descuento de Arbitrios Municipales por la cancelación total de sus tributos. Que, visto el Informe Nº 016-2017-OATF-MSMM, donde se expone la necesidad de prorrogar el plazo de vigencia de la citada Ordenanza a fin de que los contribuyentes del distrito puedan acogerse a dicho beneficio de descuento hasta el 31 de marzo del 2017 y se mejore los índices de recaudación tributaria. Que, visto el Memorando Nº 17-2017-OAJ-MSMM, la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal sobre la factibilidad de implementar dicha norma, la cual se encuentra dentro del ordenamiento jurídico vigente; y además, permitirá a los contribuyentes acogerse al beneficio de la Ordenanza Nº 238-2017-MDSMM. Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGASE hasta el 31 de marzo del 2017, el plazo para cancelar el total del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2017, con el descuento del 10% de la Tasa de Arbitrios, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 238-2017-MDSMM. Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Oficina de Administración Tributaria y a la Unidad de Informática, el cumplimiento de la presente norma en lo que fuere de su competencia y a la Secretaria General, la difusión y publicación de la misma. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y en el Portal Municipal: www. stamariadelmar.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase.

MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR
Prorrogan plazo para cancelar el total del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2017, con el descuento del 10% de la Tasa de Arbitrios
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2017-MDSMM Santa María del Mar, 24 de febrero del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, conforme a lo establecido por los artículos 6º y 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local, el Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa. Que, mediante Ordenanza Nº 238-2017-MDSMM, se aprobó el descuento del 10% de la Tasa de Arbitrios correspondientes al año 2017, para los contribuyentes puntuales que se encuentren al día en sus pagos hasta el año 2016 y que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y Arbitrios 2017 hasta el 28 de febrero del presente año, facultándose al Alcalde dicte las medidas complementarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza. Que, visto el informe Nº 013-2017-OATF/MSMM, donde se señala que la entrega de cuponeras a varios contribuyentes no ha sido posible por diversas

MARWAN ZAKHARIA KAHHAT ABEDRABBO Alcalde 1491730-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Prorrogan plazo para el pago de primera cuota del Impuesto Predial y de primera y segunda cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2017, así como para la presentación de declaración jurada, actualización de valores de predios e incentivo por pronto pago
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2017-ALC/MVES Villa El Salvador, 24 de febrero del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO, el Memorando Nº 194-2017-GM/MVES de la Gerencia Municipal, Informe Nº 032-2017-GAT/MVES de la Gerencia de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 351-MVES, se aprobaron los importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2017; Que, mediante Ordenanza Nº 366-MVES, se establece el descuento sobre los Arbitrios Municipales

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