Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2017 (05/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Domingo 5 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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Reátegui Tomanguilla, serán cubiertos por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA); De conformidad con la Ley Nº 30518­Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619­Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modificatorias, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, de la señora Erika Reátegui Tomanguilla, Coordinadora Especialista del Programa Presupuestal de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas de la Dirección de Articulación Territorial de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), del 06 al 09 de marzo de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, del pliego de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), de acuerdo al siguiente detalle: Total Viáticos por viáticos en día en US$ US$ 880.00 Erika Reátegui Tomanguilla 1, 216.91 440.00 (02 días evento) Nombre y apellidos Pasajes en US$ Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar ante su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución ministerial es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1493207-1

AMBIENTE
Modifican el Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, que aprueba el Cronograma de Transferencia de Funciones de las Autoridades Sectoriales al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE en el marco de la Ley N° 29968
DECRETO SUPREMO N° 001-2017-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones

Sostenibles (SENACE) como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados, que comprenden proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto, de alcance nacional y multirregional que impliquen actividades, construcciones, obras y otras actividades comerciales y de servicios que puedan causar impactos ambientales significativos; Que, de acuerdo a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29968, el proceso de implementación del SENACE y la transferencia de funciones a su ámbito es un proceso constante y continuo, y se desarrolla de manera ordenada, progresiva y gradual, sujeto a etapas preclusivas de obligatorio cumplimiento; para tal efecto, se establece como una etapa del proceso, la aprobación del Cronograma de Transferencia de Funciones al SENACE, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro del Ambiente y el titular del sector cuya transferencia se aprueba; Que, en ese sentido, mediante Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprueba el Cronograma de Transferencia de Funciones de las Autoridades Sectoriales al SENACE, en el cual se determina que la transferencia de las funciones del Ministerio de Salud al SENACE se iniciará el Segundo Trimestre del año 2019; Que, el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, establece que el SENACE, en el marco de sus funciones y competencias, es la autoridad competente para: a) Evaluar y aprobar los estudios ambientales de proyectos de inversión pública y privada de infraestructura de residuos de gestión municipal, si el servicio se brinda a dos o más regiones, atendiendo a su impacto significativo; b) Evaluar y aprobar los estudios ambientales de proyectos de inversión pública y privada de infraestructura de residuos de gestión no municipal y mixta, en el caso que estos se localicen fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular de una Empresa Operadora de Residuos Sólidos, atendiendo su impacto significativo; y c) Aprobar los Instrumentos de Gestión Ambiental complementarios del SEIA para proyectos de recuperación o reconversión de áreas degradadas, cuando sirvan a dos o más regiones, y en el caso que estos se localicen fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto sean de titularidad de una Empresa Operadora de Residuos Sólidos, atendiendo a su impacto significativo; Que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1278, el Ministerio del Ambiente modificará las normas sobre transferencia de funciones del sector Salud al SENACE, en lo que se refiere a proyectos de residuos sólidos regulados en el artículo 17 del citado Decreto Legislativo, con la finalidad de que esta institución asuma la función de aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados de dichos proyectos desde la entrada en vigencia del Reglamento del citado Decreto Legislativo; Que, en este contexto, corresponde modificar el Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, que aprueba el Cronograma de Transferencia de Funciones de las Autoridades Sectoriales al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ SENACE en el marco de la Ley N° 29968, así como establecer disposiciones complementarias que permitan efectivizar la transferencia de funciones a realizarse en virtud a lo dispuesto por la referida Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1278; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el numeral 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Incorporación de Disposición Complementaria Final al Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM Incorpórese la Única Disposición Complementaria Final al Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, la misma que quedará redactada de la siguiente manera:

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