Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2017 (09/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Jueves 9 de marzo de 2017 /

El Peruano

comunidades dispersas y para la población en situación de pobreza y pobreza extrema; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del referido Decreto Supremo, establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, presenta ante el Ministerio de Economía y Finanzas, el proyecto de Decreto Supremo que apruebe las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se requieran realizar como consecuencia de la transferencia del Programa Nacional Tambos, de acuerdo con lo establecido en la Décima Tercera Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411; Que, con Oficio Nº 192-2017-MIDIS/SG la Secretaria General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, remite al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento el Informe Nº 002-2017-COMITÉ DE TRANSFERENCIA-MIDIS del Comité de Transferencia constituido conforme a lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 012-2016-MIDIS, que identifica y cuantifica los recursos presupuestales que serán transferidos con dicho Programa, así como el Memorando Nº 158-2017-MIDIS/SG/OGPPM de su Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la cual comunica que la Unidad Ejecutora "Programa Nacional Tambos" ha sido creada con el código Nº 008, conforme al reporte del Sistema Integrado de Administración Financiera-SIAF alcanzado por el MEF; Que, con Memorando Nº 071-2017-VIVIENDA/VMVU el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, en atención al sustento del Programa Nacional Tambos contenido en el Informe Nº 014-2017-VIVIENDA-PNT, expresa su opinión favorable respecto al proyecto de Decreto Supremo que autoriza la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a favor del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, destinado al financiamiento del Programa Nacional Tambos; Que, mediante Memorando Nº 286-2017/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 058-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, en el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal, toda vez que se cuenta con los recursos presupuestales para efectuar la Transferencia de Partidas a favor del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con cargo al presupuesto institucional del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, para la transferencia del Programa Nacional Tambos; en mérito de lo cual, a través del Oficio N° 629-2017-VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta por la suma de OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 85 257 444,00), destinados al financiamiento de los gastos del Programa Nacional Tambos, como consecuencia de la transferencia del citado Programa; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1254, el Decreto Supremo Nº 012-2016-MIDIS y la Décima Tercera Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal

2017, hasta por la suma de OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 85 257 444,00), del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a favor del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, destinados al financiamiento del Programa Nacional Tambos, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO En Soles

Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Administración General PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y atención de Emergencias por Desastres PRODUCTO 3000739 : Población con Prácticas Seguras para la Resiliencia ACTIVIDAD 5005582 : Implementación de medidas de Protección ante Bajas Temperaturas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2 525 704,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0111 : Apoyo al Hábitat Rural PROYECTO 2001621 : Estudios de Pre-Inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros PROYECTO

29 894 614,00

2155771 : Creación del Centro de Servicios de Apoyo al Hábitat Rural en el C.P. Pueblo Antiguo CondoromaEspinar-Cusco FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros

1 987,00

PROYECTO

2155790 : Creación del Centro de Servicios de Apoyo al Hábitat Rural en el C.C. Quisicancha HuancaraniPaucartambo-Cusco FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros PROYECTO

41 218,00

2178225 : Creación del Centro de Servicios de Apoyo al Hábitat Rural en la Localidad de Santa Teresa, Yaraví, Mariscal Ramón Castilla, Loreto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros PROYECTO

5 573,00

2191002 : Creación del Centro de Servicios-Tambo en el Centro Poblado Andanjo-CanchaqueHuancabamba - Piura FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros

45 300,00

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