Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2017 (09/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Jueves 9 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES PROVINCIAS

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Asimismo declaro bajo juramento: (Marcar con "x" si corresponde) Que, renuncio a la mitad del producto obtenido de la venta de los objetos perdidos que, mediante esta acta entrego a la autoridad municipal En el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, siendo las ___:___ horas del _____ de _______________ de 20___ se concluye la Recepción y Entrega de los Objetos anotados, suscribiendo las partes en señal de conformidad.
POR LA MUNICIPALIDAD QUIEN ENTREGA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Modifican la R.A. N° 671-2015-MPC-AL sobre Habilitación de Oficio a nivel de Recepción de Obras de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN dE ALCALdíA Nº 251-2017-MPC-AL Callao, 3 de marzo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

(Firma y sello)

(Firma, nombre y D.N.I.)

ANEXO 2 ­ ORdENANZA Nº 331/MdSM ACTA dE ENTREGA ­ RECEPCIÓN dE OBJETOS hALLAdOS Conste por el presente documento que el Sr. (a) ______ _____________________________________________ ___________________________, identificado(a) con D.N.I. Nº _____________, domiciliado en ___________ _____________________________, en representación de la empresa ________________________________ __________, recibo de la Municipalidad Distrital de San Miguel el(los) objeto(s) de mi propiedad, entregado(s) en custodia municipal en estricto cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 932º del Código Civil vigente y de la Ordenanza Nº _____-2017-MDSM que regula la recepción, custodia y disposición de objetos perdidos, y que se detalla a continuación:
Cantidad Descripción Modelo o marca Nº de serie Color Observaciones

Visto, el Memorando Nº 2968-2016-PC/GGDU de la Gerencia General de Desarrollo Urbano sobre modificación de la Resolución de Alcaldía Nº 671-2015-MPC-AL de fecha 01 de junio del 2015; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 000067 de fecha 3 de febrero del 2010, se declaró Habilitado de Oficio a nivel de Recepción de Obras el terreno de 12,700.00 m2, inscrito en la Partida Nº 70059031 del Registro de la Propiedad Inmueble del Callao, aprobándose el Plano de Replanteo y Memoria Descriptiva, dicho acto administrativo fue objeto de Esquela de Observación lo que motivó a que se emita la Resolución de Gerencia General Nº 150-2014-MPC/ GGDU de fecha 14 de abril del 2014, que rectifica el área y linderos lo que fue inscrito en el asiento B 00001 de dicha partida; Que, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 1028-2014-MPC-AL de fecha 9 de octubre del 2014, se modifica la Resolución de Alcaldía Nº 000067 de fecha 3 de febrero del 2010, aprobándose el Plano modificado de Replanteo de Lotización de Habilitación Urbana de oficio, así como la Memoria Descriptiva; Que, los Registros Públicos mediante Esquela de Observación, de fecha 9 de enero del 2015, observaron la Resolución de Alcaldía Nº 1028-2014-MPC-AL de fecha 9 de octubre del 2014, por lo que a través de la Resolución de Alcaldía Nº 671-2015-MPC-AL de fecha 01 de junio del 2015, se rectifican las áreas útil, de vías y de compensación, aprobándose un nuevo Plano de Replanteo de Lotización y su correspondiente Memoria Descriptiva; Que, la Resolución de Alcaldía Nº 671-2015-MPC ha sido materia de Esquela de Observación de fecha 20 de noviembre del 2015, principalmente porque insertada la lotización tomando en cuenta el archivo digital presentado sobe el Mosaico de predios inscritos se visualiza que no son concordantes en la ubicación geográfica de los lotes que conforman, por cuanto los lotes 12 al 27 de la Manzana X se ubica en la Calle 6 conforme consta de la lotización colindante inscrita en la Partida Nº 70373947 del Registro de Predios del Callao, por lo que solicita que se georeferencie los lotes que conforman la lotización tomando en cuenta las habilitaciones colindantes aprobadas por la misma Municipalidad; Que, mediante Informe Técnico Nº 094-2016-MPCGGDU-GPUCLASC de fecha 22 de diciembre del 2016, la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro dependiente de la Gerencia General Desarrollo Urbano señala que se ha verificado los antecedentes de la lotización aledaña inscrita en la Partida Registral Nº 70373947 del Registro de Predios del Callao, concluyendo que para el cumplimiento de la correcta georreferenciación entre ambas lotizaciones sin traslapar entre sí, se resuelve desplazar los lotes a una distancia promedio de 7,5 ml

(Nota: llenar recuadro con letra de imprenta) Asimismo, se deja constancia que al momento de la recepción de los objetos antes descritos, el propietario ha cumplido con el pago de los gastos en los que incurrió la administración para la custodia de los mismos, de conformidad con lo establecido en el artículo 933º del Código Civil vigente, de acuerdo con la liquidación efectuada por la Municipalidad. En el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, siendo las ___:___ horas del _____ de _______________ de 20___ se concluye la Recepción y Entrega de los Objetos anotados, suscribiendo las partes en señal de conformidad.
POR LA MUNICIPALIDAD PROPIETARIO QUE RECIBE

(Firma y sello)

(Firma, nombre y D.N.I.)

1493919-1

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