Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2017 (09/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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VISTOS:

NORMAS LEGALES

Jueves 9 de marzo de 2017 /

El Peruano

La Hoja de Elevación N° 000138-2016/ER/RENIEC (30NOV2016) emitida por la Escuela Registral; el Informe N° 000099-2016/ER/SGFC/RENIEC (30NOV2016), emitido por la Sub Gerencia de Formación y Capacitación de la Escuela Registral; el Memorando N° 005617-2016/ GPP/RENIEC (29DIC2016) emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 0003852016/GPP/SGR/RENIEC (29DIC2016) emitido por la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informes N° 00183-2017/ GAJ/SGAJA/RENIEC (26ENE2017) y N° 00325-2017/ GAJ/SGAJA/RENIEC (14FEB2017), emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y las Hojas de Elevación N° 000054-2017/GAJ/RENIEC (26ENE2017) y N° 0000902017/GAJ/RENIEC (14FEB2017), emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que mediante Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; Que la Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado, tiene el propósito de cautelar y fortalecer los sistemas administrativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior; en concordancia con la Resolución de Contraloría N° 3202006-CG, que aprueba las Normas de Control Interno con el objetivo principal de propiciar el fortalecimiento de los sistemas de control interno y mejorar la gestión pública; y, la Resolución de Contraloría N° 458-2008CG, que aprueba la Guía para la implementación del Sistema de Control Interno de las entidades del Estado, como documento orientador para la gestión pública y el control gubernamental, sin perjuicio de la legislación que emitan los distintos niveles de gobierno, así como las normas que dicten los órganos rectores de los sistemas administrativos; Que cabe agregar que las diversas áreas del RENIEC, en su constante compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobación de nuevos documentos normativos o en otros casos, se dejen sin efecto, con la finalidad de mejorar u optimizar las labores de cada una de ellas; Que mediante los documentos de vistos, la Escuela Registral propone la aprobación del documento normativo Reglamento RE-207-ER/001, "Reglamento de la Escuela Registral", Primera Versión, con el fin de normar el desarrollo de las funciones y describir las actividades de la Escuela Registral, constituyéndose como un instrumento básico para la ejecución de las actividades académicas dirigidas a los servidores del RENIEC, a los Registradores de Oficinas de Registro de Estado Civil, de las Oficinas Consulares y al público interesado en los temas de competencia del RENIEC; Que en ese contexto, el órgano indicado precedentemente, precisa que se encuentra vigente el Reglamento RE-200-CAER/001, "Reglamento del Centro de Altos Estudios Registrales CAER", Tercera Versión, aprobado por Resolución Jefatural N° 030-2011/JNAC/ RENIEC (25ENE2011); razón por la cual solicita se deje sin efecto el mismo; Que mediante los documentos de vistos, la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, determina que el proyecto de documento normativo propuesto, se ajusta a los lineamientos dispuestos en la Directiva DI-200-GPP/001 "Lineamientos para la Formulación de los Documentos Normativos del RENIEC", quinta versión, aprobada por Resolución Secretarial N° 029-2014-SGEN/RENIEC (30MAY2014); Que en virtud a lo establecido en la Directiva DI200-GPP/001 "Lineamientos para la Formulación de Documentos Normativos del RENIEC" citada en el

considerando precedente, previo a la aprobación del documento normativo propuesto por la Escuela Registral, resulta necesario dejar sin efecto el Reglamento RE200-CAER/001, "Reglamento del Centro de Altos Estudios Registrales CAER", Tercera Versión, aprobado por Resolución Jefatural N° 030-2011/JNAC/RENIEC (25ENE2011); Que la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el documento de vistos, señala que el proyecto de Reglamento RE-207-ER/001 "Reglamento de la Escuela Registral", Primera Versión, presenta la consistencia legal pertinente; correspondiendo que el mismo sea aprobado, para lo cual señala, deberá previamente dejarse sin efecto el Reglamento RE-200CAER/001 "Reglamento del Centro de Altos Estudios Registrales CAER", Tercera Versión, aprobado por Resolución Jefatural N° 030-2011/JNAC/RENIEC (25ENE2011); Que se hace necesario difundir la presente resolución a la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Que de otro lado, es necesario indicar que, mediante Resolución Jefatural N° 22-2017/JNAC/RENIEC (10FEB2017), se encargó a la señora Tatiana Irene Mendieta Barrera, Secretaria General del RENIEC, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, por el periodo del 13 de febrero al 14 de marzo de 2017, por ejercicio del descanso vacacional del titular; Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el inciso j) del artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural N° 073-2016/JNAC/ RENIEC (31MAY2016) y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Reglamento RE-200-CAER/001, "Reglamento del Centro de Altos Estudios Registrales CAER", Tercera Versión, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 030-2011/JNAC/ RENIEC (25ENE2011). Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento RE-207ER/001, "Reglamento de la Escuela Registral", Primera Versión. Artículo Tercero.- Encargar a la Escuela Registral el cumplimiento de lo resuelto en la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto la difusión de lo resuelto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su publicación en el portal institucional, www. reniec.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. TATIANA IRENE MENDIETA BARRERA Jefe Nacional (e) 1494447-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a La Positiva Seguros y Reaseguros y a la Positiva Vida Seguros y Reaseguros el traslado de agencia ubicada en el departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN SBS Nº 761-2017 Lima, 22 de febrero de 2017

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