Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2017 (09/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Jueves 9 de marzo de 2017
Nº 06 NOMBRES Y APELLIDOS Lic. Renato VASQUEZ CHUIYARI ENTIDAD Municipalidad Lurigancho ­ Chosica Municipalidad Lurigancho ­ Chosica Municipalidad Lurigancho ­ Chosica Municipalidad Lurigancho ­ Chosica Municipalidad Lurigancho ­ Chosica Municipalidad Lurigancho ­ Chosica Municipalidad Lurigancho ­ Chosica Municipalidad Lurigancho ­ Chosica Municipalidad Lurigancho ­ Chosica Municipalidad Lurigancho ­ Chosica

NORMAS LEGALES
CARGO Regidor

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Jurídica, e Informe Nº 001-2017-GDU/MDSJL de fecha 4 de enero de 2017, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de habilitación urbana de oficio. CONSIDERANDO: Que, a través del Memorándum Nº 1144-2016-SGPUCGDU-MDSJL de fecha 8 de septiembre de 2016, la Sub Gerencia de Planeamiento y Catastro identifica y propone la declaración de habilitación urbana de oficio del predio de 4 189.50 m2, denominado Sub Lote 1-B de la Manzana L de la Urbanización Lotización Rustica Zárate del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, inscrita en la Partida Nº 43032798 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX ­ Sede Lima, acreditándose para ello la ejecución de las actividades establecidas en el Artículo 40 del Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edificación ­ D.S. Nº 008-2013-vivienda, estableciendo la concurrencia de las condiciones legales para tal fin y determinando la inexistencia de alguna causal de improcedencia, cumpliendo con elaborar y proporcionar el Expediente Técnico en la forma establecida en el Artículo 40-E del citado dispositivo legal, según se colige del Informe Nº 707-2016-SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 30 de noviembre de 2016 e Informe Nº 007-2017-SGOPHUGDU-MDSJL de fecha 4 de enero de 2016, emitidos por la Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas; Que, con el Informe Nº 125-2016-GDU/MDSJL de fecha 1 de diciembre de 2016, la Gerencia de Desarrollo Urbano emitió su pronunciamiento técnico favorable para la declaración de habilitación urbana de oficio del predio precisado en el párrafo precedente, indicando que cuenta con obras de agua potable, alcantarillado, electrificación, telefonía, alumbrado público, calzadas, aceras y señalización, que sustentarían la aprobación de la referida propuesta, cuya validez legal se encuentra confirmada por la Gerencia de Asesoría Jurídica con su Informe Nº 506-2016-GAJ/MDSJL de fecha 20 de diciembre de 2016, comprobándose que no resulta exigible los aportes reglamentarios y derechos de tramitación, según se desprende de lo previsto en el Artículo 24 de la Ley Nº 29090, modificado con la Ley Nº 29898, y numeral 40.3 del Artículo 40 del Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edificación ­ D.S. Nº 008-2013-vivienda; Que, de acuerdo a lo regulado en el numeral 3.6.1 del inciso 3 del Artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho se encuentra facultado, entre otras, para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias de las habilitaciones urbanas, que incluye a la declaración de la habilitación urbana de oficio, que es un procedimiento administrativo para declarar habilitado de oficio un predio ubicado en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones destinadas a vivienda y demás complementarias a dicho uso, con servicios públicos domiciliarios de agua potable, desagüe o alcantarillado, energía eléctrica y alumbrado público e inscrito registralmente como predio rústico, según se regula en el Artículo 40 del Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edificación ­ D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA, concordante con lo previsto en el Artículo 24 de la Ley Nº 29090, modificado con la Ley Nº 29898; Que, conforme se establece en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú y Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho es una institución con personería jurídica de derecho público que goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento legal vigente, y; Estando a la facultad delegada con Resolución de Alcaldía Nº 830-2015-A/MDSJL de fecha 25 de septiembre de 2015, y lo regulado en el Artículo 24 de la Ley Nº 29090, modificado con la Ley Nº 29898.

07

Odont. Aníbal Martín LEON FALCON

Regidor

08

Sr. Piero Gustavo SANCHEZ LEON

Regidor

09

Sr. Carlos Augusto RAMIREZ GONZALES

Regidor

10

Sr. Manuel Francisco RONDON CALCINO

Regidor

11

Sra. Natividad Jesús MAYO REYES

Regidora

12

Sr. Angel Fernando BRUSCO VALLADARES

Regidor

13

Odont. Hugo César NEYRA LOZANO

Regidor

14

Abog. Carlos Alberto JESUS PAUCARCHUCO

Regidor

15

Ing. Miguel Angel ZEVALLOS SALINAS

Regidor

REGISTRO DE INSCRIPCIÓN PARTICIPANTES EN LA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS ENERO ­ DICIEMBRE 2016 (*) ORDEN NOMBRES Y APELLIDOS ORGANIZACIÓN QUE REPRESENTA CARGO

(*) Las inscripciones se efectuarán en la Sub Gerencia de Participación Ciudadana (Jr. Chiclayo Nº 241, 2do piso ­ Lurigancho ­ Chosica) y vence el día lunes 13 de marzo de 2017.

1494440-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Declaran habilitación urbana de oficio de predio ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN dE GERENCIA MUNICIPAL Nº 004-2017-GM/MdSJL San Juan de Lurigancho, 5 de enero de 2017 VISTO: El Informe Nº 506-2016-GAJ/MDSJL de fecha 20 de diciembre de 2016, emitido por la Gerencia de Asesoría

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