Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2017 (14/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Martes 14 de marzo de 2017 /

El Peruano

que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1268, el cual señala que para ser designado Presidente del Tribunal de Disciplina Policial debe reunir los requisitos señalados en el artículo 45 de la Ley; Que, asimismo indica en su artículo 47, que el Tribunal de Disciplina Policial está conformado por Salas, las que se encuentran integradas por tres (3) vocales y una (1) Secretaría Técnica; para la creación de nuevas Salas, a nivel nacional, se toma en cuenta la información estadística de la carga procesal, las cuales son creadas mediante Resolución Ministerial; Que, la normativa mencionada en los considerandos precedentes se encuentra concordada con el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, en el que se establece como parte de su estructura orgánica básica al Tribunal de Disciplina Policial, así como en el artículo 108° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2017IN, que señala que el Tribunal de Disciplina Policial es el órgano de decisión del sistema disciplinario policial a nivel nacional; Que, estando a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto administrativo que adecúe la conformación de las Salas del Tribunal de Disciplina Policial a que se refiere los artículos 2°, 4° y 7° de la Resolución Ministerial N° 0740-2015-IN, de fecha 13 de noviembre de 2015, correspondiente a la Primera, Segunda y Tercera Sala del Tribunal de Disciplina Policial, conforme a la estructura, competencias y denominación establecidas por el Decreto Legislativo N° 1268 y el Decreto Supremo N° 005-2017IN, así como designar al Presidente del Tribunal de Disciplina Policial; Que, el abogado Gerson David Villar Sandy cumple con los requisitos legales establecidos en el Decreto Legislativo N° 1268, para ser designado como Presidente del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1268 que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1268, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2017-IN y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al abogado GERSON DAVID VILLAR SANDY como Presidente del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior. Artículo 2°.- Disponer la conformación del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1268 y su Reglamento, según la siguiente estructura: - Primera Sala del Tribunal de Disciplina Policial, compuesta por tres (3) vocales y una Secretaría Técnica. - Segunda Sala del Tribunal de Disciplina Policial, compuesta por tres (3) vocales y una Secretaría Técnica. - Tercera Sala del Tribunal de Disciplina Policial, compuesta por tres (3) vocales y una Secretaría Técnica. Artículo 3°.- Disponer que la Primera Sala Permanente de Segunda Instancia del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior a que se refiere el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 0740-2015-IN, de fecha 13 de noviembre de 2015, se constituya en la Primera Sala del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior. Los procesos cuyos expedientes actualmente son tramitados por la Primera Sala Permanente de Segunda Instancia del Tribunal de Disciplina Policial deben ser resueltos por la Primera Sala del Tribunal de Disciplina Policial, conforme al régimen disciplinario policial correspondiente y dentro del plazo establecido por la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1268. Artículo 4°.- Disponer que la Segunda Sala Permanente de Segunda Instancia del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior a que se

refiere el artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 0740-2015-IN, de fecha 13 de noviembre de 2015, se constituya en la Segunda Sala del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior. Los procesos cuyos expedientes actualmente son tramitados por la Segunda Sala Permanente de Segunda Instancia del Tribunal de Disciplina Policial deben ser resueltos por la Segunda Sala del Tribunal de Disciplina Policial, de acuerdo al régimen disciplinario policial correspondiente y dentro del plazo establecido por la segunda disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1268. Artículo 5°.- Disponer que la Sala Permanente de Primera Instancia del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior a que se refiere el artículo 7° de la Resolución Ministerial N° 0740-2015-IN, de fecha 13 de noviembre de 2015, se constituya en la Tercera Sala del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior. Los procesos cuyos expedientes actualmente son tramitados por la Sala Permanente de Primera Instancia del Tribunal de Disciplina Policial deben ser resueltos por la Tercera Sala del Tribunal de Disciplina Policial, de acuerdo al régimen disciplinario policial correspondiente y dentro del plazo establecido por la segunda disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1268. Artículo 6°.- Facultar a la Presidencia del Tribunal de Disciplina Policial a emitir las disposiciones complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 7°.- Disponer que la Secretaria General remita copia de la presente resolución al interesado, la Policía Nacional del Perú y a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. Artículo 8°.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional y de Transparencia del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1496568-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban modificaciones efectuadas a los lineamientos necesarios para la implementación de las disposiciones del Decreto de Urgencia N° 003-2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0066-2017-JUS Lima, 13 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 0032017 se aprobó medidas para evitar la paralización de la ejecución de obras públicas o asociaciones público privadas y la ruptura de la cadena de pagos que ponen en grave riesgo el desempeño económico del país, como consecuencia de actos de corrupción efectuados por o a través de empresas concesionarias o contratistas, o de sus socios o partes del consorcio, que hayan sido condenadas o hayan admitido la comisión de delitos contra la administración pública o de lavado de activos, a fin de coadyuvar a la sostenibilidad económica, así como cautelar los intereses del Estado en el marco de la Constitución y las leyes; Que, mediante Resolución Ministerial N° 00612017-JUS se aprobó los lineamientos necesarios para la implementación de las disposiciones del Decreto de Urgencia N° 003-2017, propuestos por la "Comisión

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