Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2017 (14/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Martes 14 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, con el Decreto Legislativo N° 1272, se modifica la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y se deroga la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, a efectos de optimizar la regulación de los principios del procedimiento administrativo y tutelar el derecho de los administrados, así como mejorar el marco sobre notificación electrónica para la simplificación de los procedimientos administrativos, reforzar la facultad de fiscalización posterior y otorgar a la Presidencia del Consejo de Ministros la facultad de estandarizar procedimientos administrativos y de determinar los procedimientos sujetos a aprobación automática, entre otras medidas; Que, el Decreto Legislativo N° 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, propone medidas adicionales que permitirán dotar al régimen jurídico que rige a la administración pública, de disposiciones a favor del ciudadano en función a la simplificación, eficacia, eficiencia, celeridad y equidad en los procedimientos administrativos, garantizando así los derechos e intereses de los administrados, modificando entre otras normas, la Ley N° 28084, Ley que regula el parqueo especial para vehículos ocupados por personas con discapacidad; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 981-2016/ MINSA, se aprobó la NTS N° 127-MINSA/2016/DGIESP, Norma Técnica de Salud para la Evaluación, Calificación, y Certificación de la Persona con Discapacidad, con la finalidad de contribuir a facilitar el acceso de las personas con discapacidad para la obtención del certificado de discapacidad, que incluye los procesos de evaluación, calificación y certificación, en el marco de la normatividad vigente, dejando sin efecto la Resolución Ministerial N° 013-2015/MINSA; Que, conforme lo dispone el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 02-2016-MIMP, la Dirección de Investigación y Registro es el órgano responsable de dirigir y supervisar el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad; Que, mediante documentos de vistos, la Dirección de Investigación y Registro y la Oficina de Asesoría Jurídica consideran necesario adecuar el Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad a las normas antes señaladas; en tal sentido, es procedente emitir el presente acto resolutivo; Con el visado de la Secretaría General, de la Dirección de Investigación y Registro y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0022014-MIMP; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Legislativo N° 1246, Decreto legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa; el Decreto Legislativo N° 1272, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo; el Decreto Legislativo N° 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa; la NTS N° 127-MINSA/2016/DGIESP, Norma Técnica de Salud para la Evaluación, Calificación, y Certificación de la Persona con Discapacidad, aprobada por la Resolución Ministerial N° 981-2016/MINSA; el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2016-MIMP, y la Resolución Suprema N° 009-2016-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el nuevo Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad y sus 3 formularios, los cuales debidamente visados, forman parte integrante de la presente Resolución; por los fundamentos antes expuestos. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal

institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia N° 052-2016-CONADIS/PRE. Artículo 4.- El Reglamento aprobado en la presente Resolución será publicado en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS (www.conadisperu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO G. RIOS ESPINOZA Presidente (e) Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 1495390-1

PRODUCE
Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas con cargo al Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad - PNICP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 113-2017-PRODUCE Lima, 10 de marzo de 2017 VISTOS; el Informe N° 018-2017-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ/UPEG, el Oficio N° 092-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE, el Informe N° 107-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, y el Memorando N° 180-2017-PRODUCE/OGPPM; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017, hasta por la suma de S/ 354 009 243,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/ Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso; Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012EF se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 35 000 000,00), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, Crean el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad y disponen la fusión por absorción de la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de la Producción, dispone que el Proyecto Innovación para la Competitividad se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP Nº 159771 y Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE; Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para efectuar transferencias financieras

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