Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2017 (14/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Martes 14 de marzo de 2017 /

El Peruano

a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias financieras y las subvenciones mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, debiéndose contar con el Informe favorable previo de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces; precisando que dicha Resolución Ministerial se publica en el diario oficial El Peruano; Que, la Disposición Complementaria Final a que se refiere el considerando precedente, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los cuales, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento, según corresponda; asimismo, el Ministerio de la Producción, mediante resolución de su titular, debe establecer los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y personas jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del Ministerio de la Producción de los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo precedentemente señalado; Que, con Oficio N° 092-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad PNICP, remite al Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 018-2017-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/UPEG, en el cual hace suyo y señala la necesidad del otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas, hasta por SIETE MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS Y 93/100 SOLES (S/ 7 412 262,93), en las fuentes de financiamiento 1: Recursos Ordinarios hasta por la suma de S/ 4 626 680,67; y 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito hasta por la suma de S/ 2 785 582,26; destinadas a cofinanciar los instrumentos "Proyectos de Innovación de Empresas Individuales", Proyecto de "Misiones Tecnológicas", Proyecto de "Innovación Tecnológica de Alto Impacto", Proyecto de "Agendas de Innovación Tecnológica", Proyectos de "Apoyo a las Actividades de Extensionismo Tecnológico", Proyectos de "Investigación Aplicada", Proyectos de "Investigación Básica", Proyectos de investigación vinculados con las "Becas de Repatriación de Investigadores", Proyectos "Estancias Cortas de Investigadores Peruanos", Proyectos de "Equipamiento Científico para Laboratorios", Proyectos vinculados con la "Preparación para la Acreditación de Laboratorios", y, Proyectos de "Diagnóstico para la Acreditación de Laboratorios"; todos en ámbito del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; y conforme se detalla en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518; contándose con los convenios y contratos suscritos, según corresponda; Que, por Memorando N° 180-2017-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 107-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas hasta por la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS Y 93/100 SOLES (S/ 7 412 262,93) del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, preciándose que la suma de S/ 4 626 680,67, corresponde a la fuente de

financiamiento 1: Recursos Ordinarios; y la suma de S/ 2 785 582,26, corresponde a la fuente de financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; conforme se detalla en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, destinadas a ejecutar los instrumentos indicados en el considerando precedente, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518; contándose con los convenios y contratos suscritos, según corresponda; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización para el otorgamiento de Subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, para la ejecución de los proyectos señalados en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial con cargo a la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad PNICP del Pliego 038: Ministerio de la Producción, hasta por SIETE MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS Y 93/100 SOLES (S/ 7 412 262,93), en las fuentes de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 4 626 680,67; y 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, hasta por la suma de S/ 2 785 582,26, destinadas a financiar los instrumentos a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución, en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 2.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad PNICP, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realiza el otorgamiento de las referidas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 3.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad ­ PNICP del Pliego 038: Ministerio de la Producción, efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como, a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 5.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1496113-1

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