Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2017 (16/03/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 16 de marzo de 2017 /

El Peruano

de Supremo que modifica el Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-PCM, con la finalidad de generar los incentivos para que el Libro de Reclamaciones sea empleado como un mecanismo aún más eficaz y expeditivo para la solución directa de conflictos entre proveedores y consumidores; Que, en tal sentido, resulta necesario disponer la publicación del referido proyecto normativo en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, a afectos de recibir las sugerencias opiniones y comentarios de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto de Supremo que modifica el Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-PCM; en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI (www.indecopi.gob.pe) durante el plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución, a afectos de recibir las opiniones y comentarios de las instituciones públicas o privadas y de la ciudadanía en general, en el correo electrónico: proyectodecretosupremo@indecopi.gob.pe Artículo 2.- El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI es responsable de recibir, procesar, evaluar y consolidar las diversas opiniones y comentarios que se reciban acerca del proyecto de Decreto de Supremo que modifica el Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1496841-1

CULTURA
Autorizan viaje de funcionaria a los EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 097-2017-MC Lima, 14 de marzo de 2017 VISTOS, la Carta s/n de la Secretaria Ejecutiva Adjunta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; el Oficio N° 0173-2017-JUS/CDJE-PPES de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional del Consejo de Defensa Jurídica del Estado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Informe N° 0000352017/DGPI/VMI/MC de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e

industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, mediante Carta s/n de fecha 17 de febrero de 2017, la Secretaria Ejecutiva Adjunta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, cursa invitación al Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Perú, para que representantes del Estado peruano participen en las reuniones de trabajo vinculadas a los siguientes temas: "Comunidad de La Oroya y otros" y "Pueblo Indígena Mashco Piro y otros"; las mismas que se llevarán a cabo el 17 de marzo de 2017, en la ciudad Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, a través del Oficio N° 0173-2017-JUS/CDJE-PPES, de fecha 24 de febrero de 2017, la Procuraduría Pública Especializada Supranacional del Consejo de Defensa Jurídica del Estado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, solicita al Viceministro de Interculturalidad del Ministerio de Cultura la designación de un representante de la Dirección de los Pueblos en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial, quienes han venido implementando acciones y participando en diversas reuniones con la Federación Nativa del río Madre de Dios y afluentes ­ FENAMAD; a fin que asista a la reunión denominada "MC262-05 Pueblo Indígena Mashco Piro y otros"; Que, con el Informe N° 000035-2017/DGPI/VMI/MC, de fecha 07 de marzo de 2017, la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas manifiesta que la participación de un representante del Viceministerio de Interculturalidad permitirá brindar información sobre las medidas adoptadas por el Ministerio de Cultura vinculadas a la implementación de las medidas cautelares presentadas por la FENAMAD, dando a conocer las acciones realizadas en la promoción y garantía de la vida e integridad del pueblo indígena Mashco Piro, y así difundir los avances en la normativa nacional respecto a políticas públicas en materia de protección de los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial; en ese sentido, se propone la participación de la señora Lorena Prieto Coz, Directora de la Dirección de los Pueblos en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática de la reunión en mención y los fines antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la Directora de la Dirección de los Pueblos en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial, a la ciudad Washington D.C., Estados Unidos de América; cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Lorena Prieto Coz, Directora de la Dirección de los Pueblos en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura, a la ciudad Washington D.C., Estados Unidos de América, del 16 al 18 de marzo de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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