Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2017 (16/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Jueves 16 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES
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- Cuatro (4) representantes ante el Consejo de la Micro y Pequeña Empresa del Gobierno de Tacna. - Cinco (5) representantes ante el Consejo de la Micro y Pequeña Empresa del Gobierno de Moquegua.

El Ministerio de la Producción a través de la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, realizará los procesos electorales 2017, para la elección de los representantes de las Asociaciones de las MYPE en los espacios de representación antes señalados, conforme a las disposiciones, requisitos y el cronograma de acciones y plazos que establece la Convocatoria que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, y conforme a las disposiciones establecidas en la Ley N° 29051, Ley que regula la participación y la elección de los representantes de las MYPE en las diversas entidades públicas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2015-PRODUCE, las Normas Complementarias aprobada por Resolución Ministerial N° 198-2015-PRODUCE, así como las demás disposiciones que aprueben y publiquen los Comités Electorales respectivos. Artículo 2.- Requisitos Los participantes en los procesos electorales deben cumplir con los requisitos exigidos para las Asociaciones de las MYPE y los candidatos de las Asociaciones de las MYPE, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 29051, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2015-PRODUCE, así como en el numeral 7.3.3 de las Normas Complementarias aprobada por Resolución Ministerial N° 198-2015-PRODUCE. Artículo 3.- Constitución de Comités Electorales Los Comités Electorales que se encargarán de la conducción de los procesos de elección de los representantes de las Asociaciones de las MYPE en los Consejos Regionales de la Micro y Pequeña Empresa de los Gobiernos Regionales del Callao, Lima, Moquegua y Tacna, a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, estarán constituidos, en cada caso, por los siguientes miembros: - Presidente: El/la Director(a) de la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Ministerio de la Producción. - Secretario: El/la profesional designado/a por el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. - Vocal: El/la funcionario(a) de la Dirección Regional de la Producción, u órgano que haga sus veces, del Gobierno Regional que solicitó la convocatoria al proceso electoral. Los Comités Electorales se instalarán en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial, e inician sus funciones a partir de la fecha de su instalación. Las funciones y actuaciones de los Comités Electorales se sujetan a las disposiciones de la Ley Nº 29051, el Reglamento de la Ley Nº 29051, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2015-PRODUCE, las Normas Complementarias aprobadas por Resolución Ministerial N° 198-2015-PRODUCE y las demás disposiciones que aprueben y publiquen los Comités Electorales. El Comité Electoral adiciona a su denominación las siglas de la entidad pública y/o del espacio de representación respecto del cual se realiza el proceso electoral de los representantes de las MYPE. Artículo 4.- Fecha, horario y modalidad del acto electoral El acto electoral se realizará el 28 de abril de 2017, en el horario de 09:00 a 15:00 horas, en la modalidad virtual, para lo cual la Dirección de Cooperativas e Institucionalidad de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, coordinará con la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, las acciones de asistencia técnica que correspondan.

Artículo 5.- Difusión del proceso electoral Las entidades públicas señaladas en el artículo 1, publican en su portal institucional la convocatoria del proceso electoral contenido en el Anexo de la presente Resolución, a fin de garantizar la adecuada difusión de la misma, conforme a lo establecido en el artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 29051, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2015-PRODUCE. Artículo 6.- Publicidad Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución Ministerial y la convocatoria, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1496765-1

Autorizan viaje de Asesor del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura a la Confederación Suiza, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 117-2017-PRODUCE Lima, 15 de marzo de 2017 VISTOS: El Oficio RE (DAE-DNE) N° 2-12-B/128, del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Informe N° 05-2017-PRODUCE/DSE de la Dirección de Seguimiento y Evaluación, el Memorando N° 202-2017-PRODUCE/ OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; con el cual hace suyo el Informe N° 026-2017-PRODUCE/OGPPM-OCTAI de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio RE (DAE-DNE) N° 2-12B/128, de fecha 08 de marzo de 2017, el señor Augusto Morelli Salgado, Embajador y Director de Negociaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, cursa invitación al Ministerio de la Producción con la finalidad de participar en la reunión "Oceans Forum on trade-related aspects of Sustainable Development Goal 14" los días 21 y 22 de marzo de 2017, así como en la segunda ronda de negociaciones plurilaterales para la eliminación de los subsidios a la pesca, entre el 23 y 25 de marzo de 2017, y a la Sesión Técnica y de Discusión en materia de Subsidios a la Pesca, el día 27 de marzo de 2017; dichas reuniones se realizarán en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; Que, mediante Memorando N° 00231-2017-PRODUCE/ DGPARPA, el Director General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura remite el Informe N° 05-2017-PRODUCE/DSE, de la Dirección de Seguimiento y Evaluación, en el cual se señalan que la participación del Ministerio de la Producción es importante por cuanto que permitirá reafirmar la propuesta presentada en el 2011 sobre el Trato Especial y Diferenciado ­ TED a la pesca artesanal, que es una actividad que amerita de una especial atención, para que las prohibiciones a los subsidios no se apliquen a esta actividad; asimismo, coadyuvará al desarrollo de opciones políticas en el ámbito internacional y nacional, en el marco del cumplimiento de los compromisos asumidos por nuestra economía a través de la agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas; recomendando la participación del señor Raúl Armando Flores Romaní, Asesor del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; Que, con Memorando N° 202-2017-PRODUCE/OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N°

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