Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2017 (24/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de marzo de 2017 /

El Peruano

ejecución de la Obra. Asimismo, recibida la Tasación, el Sujeto Activo envía al Sujeto Pasivo una Carta de Intención de Adquisición que contendrá: i) La partida registral del bien inmueble materia de Adquisición, de corresponder, ii) La copia del informe técnico de Tasación, iii) El incentivo de la adquisición, y iv) El modelo del formulario registral por trato directo. Asimismo en el supuesto que el Sujeto Pasivo acepte la Oferta de Adquisición, el Sujeto Activo a través de Resolución Ministerial aprueba el valor total de la Tasación y el pago, incluyendo el incentivo a la adquisición, por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del inmueble; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley, señala su aplicación inmediata a los procedimientos en trámite sobre Adquisición, Expropiación, Liberación de interferencias y transferencia de inmuebles de propiedad del Estado para la ejecución de obras de Infraestructura, y que los procedimientos se adecuarán en la etapa en que se encuentren; Que, asimismo, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1330, faculta al Sujeto Activo a concluir el proceso de adquisición o expropiación de inmuebles respecto de los cuales se emitió la norma que aprueba el valor total de tasación o el valor de tasación, respectivamente, en cuyo caso no son aplicables las disposiciones modificatorias del Decreto Legislativo N° 1192. Siendo así, en el presente caso se deben cumplir con las modificatorias a la Ley. Que, la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria Final, declara de necesidad pública la ejecución de la Obra: Red Vial N° 4: Tramo Pativilca - Santa - Trujillo y Puerto Salaverry - Empalme PN1N, al ser considerada como una obra de infraestructura vial de interés nacional y de gran envergadura; Que, la Dirección General de Concesiones en Transportes, mediante Memorándum N° 3298-2016MTC/25, remite al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL (en adelante, PROVIAS NACIONAL), los Informes Técnicos de Tasación del inmueble y de las áreas de los inmuebles con Códigos RV4-T2-CAR-032, RV4-T2-EPU-005, RV4-T2-EPU-009 y RV4-T2-CAR-029, en los cuales se determinan los valores de las tasaciones correspondientes al inmueble y a las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: Red Vial N° 4: Pativilca - Santa - Trujillo y Puerto Salaverry - Empalme R01N, Tramo: Evitamiento Casma (en adelante, la Obra); Que, la Unidad Gerencial de Derecho de Vía de PROVIAS NACIONAL, mediante Memorándum N° 10692017-MTC/20.15, hace suyo el Informe Nº 007-2017/ AN-ICS/MIDM (que complementa al Informe N° 0072016/AN-ICS/MIDM), que cuenta con la aprobación de la Jefatura de Liberación de Derecho de Vía de Obras Concesionadas, a través del cual señala: i) el presente procedimiento cumple con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 1330 en lo que corresponde; ii) que ha identificado a los Sujetos Pasivos, el inmueble y las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra; iii) que los Sujetos Pasivos han acreditado ser posesionarios del inmueble y de las áreas de los inmuebles afectados por la Obra; iv) que ha determinado los valores totales de las Tasaciones, y, v) que los Sujetos Pasivos han aceptado las ofertas de adquisición, por lo que considera que el procedimiento cuenta con los requisitos para la expedición de la resolución que apruebe los valores totales de las Tasaciones y los pagos respectivos. Asimismo, adjunta los Certificados de Búsqueda Catastral y la disponibilidad presupuestal correspondiente; Que, la Oficina de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, mediante Informe Nº 123-2017-MTC/20.3, concluye que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 modificado por el Decreto Legislativo Nº 1330 y en base a lo opinado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, resulta legalmente viable emitir una Resolución Ministerial que apruebe los valores totales de las Tasaciones y los pagos correspondientes;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192, el Decreto Legislativo Nº 1330, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los valores totales de las Tasaciones, que incluye el incentivo a las adquisiciones por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del inmueble y de las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: Red Vial N° 4: Pativilca - Santa - Trujillo y Puerto Salaverry - Empalme R01N, Tramo: Evitamiento Casma, así como los pagos correspondientes, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción de los instrumentos de transferencia a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y realice los pagos de los valores totales de las Tasaciones a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que, una vez realizados los pagos aprobados en el artículo 1 de la presente resolución, los Sujetos Pasivos desocupen y entreguen el inmueble y las áreas de los inmuebles afectados por la Obra, en el plazo máximo de diez días hábiles de encontrarse el inmueble y las áreas de los inmuebles libres o treinta días hábiles de estar ocupados o en uso, según corresponda; bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del artículo 20 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco días hábiles siguientes de suscritos los Formularios Registrales y efectuados los pagos de los valores totales de las Tasaciones, PROVIAS NACIONAL remita al Registro de Predios de la SUNARP, los Formularios Registrales y copias certificadas de los documentos que acrediten los pagos del monto de los valores totales de las Tasaciones, a favor de los Sujetos Pasivos. El Registrador Público dentro de los siete días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Valores totales de las Tasaciones correspondientes a un (01) inmueble y a las áreas de tres (03) inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: Red Vial N° 4: Pativilca - Santa - Trujillo y Puerto Salaverry - Empalme R01N, Tramo: Evitamiento Casma, ubicados en el distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash.
VALOR VALOR COMERCIAL INCENTIVO VALOR DEL TOTAL DEL DEL 20% DEL PERJUICIO DE LA INMUEBLE VCI ECONÓMICO TASACIÓN (VCI) (S/) (S/) (S/) (S/) 16,493.33 3,298.67 15,498.25 35,290.25

Nº CÓDIGO

1

RV4-T2CAR-032

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