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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2017 (24/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Viernes 24 de marzo de 2017 El Peruano / Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora en FM, en la localidad de Urcos-Oropesa, departamento de Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 281-2017-MTC/03 Lima, 15 de marzo de 2017VISTO, el escrito de registro N° E-187032-2016 presentado por la señora NAIDA NATALI AMACHI CARBAJAL, sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Urcos-Oropesa, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por Concurso Público. El Concurso Público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2129- 2015-MTC/28, se aprobaron las Bases del Concurso Público Nº 01-2015-MTC/28, para el otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora, en las modalidades comercial y educativa, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra el servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Urcos-Oropesa, departamento de Cusco; Que, con fecha 18 de marzo del 2016, se llevó a cabo el Acto Público Único: Recepción y Apertura de Sobres Nº 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Público Nº 01-2015-MTC/28, adjudicándose la Buena Pro a la señora NAIDA NATALI AMACHI CARBAJAL para la autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Urcos-Oropesa, departamento de Cusco; Que, el artículo 19 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias, establece que la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante resolución del Viceministro de Comunicaciones; Que, con Resolución Viceministerial Nº 108-2004- MTC/03 y sus modi fi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para diversas localidades del departamento de Cusco, entre las cuales se encuentra la localidad de Urcos-Oropesa; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para la referida banda y localidad, establece 0.5 KW. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según la Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 que aprobó las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y sus modi fi catorias, las estaciones que operen en el rango mayor a 250 W. hasta 500 W. de e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasi fi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D3, consideradas de baja potencia; Que, en virtud a lo indicado, la señora NAIDA NATALI AMACHI CARBAJAL no se encuentra obligada a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4 y el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modi fi cado por Decreto Supremo 038- 2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, toda vez que según el Informe N° 3245-2016-MTC/28 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, la estación a operar clasi fi ca como una Estación de Servicio Primario Clase D3–Baja Potencia; Que, mediante Informe Nº 3245-2016- MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en 1500552-5ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL AREA DE UN INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “CONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CAMANÁ - DV.QUILCA - MATARANI – ILO – TACNA, SUB TRAMO 1: MATARANI – EL ARENAL; SUB TRAMO 2: EL ARENAL – PUNTA DE BOMBÓN”, DIS TRITO DE MOLLENDO, PROVINCIA DE ISLAY Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESOTILIA ABIGAIL DONGO SANTILLANACÓDIGO: LC-047 A AREA AFECTADA: 5,301.62 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 565,269.14 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:• Por el norte: Colinda con el camino de acceso y con la vivienda de Juan Benito Mamani Mamani, en línea quebrada de tramos: B-C de 13.79 ml y C-D de 33.62 ml.• Por el Sur: Colinda con camino de acceso, en línea recta de un tramo: E-A de 41.88 ml.• Por el Este: Colinda con el remanente del mismo propietario U.C. 04793, en línea recta D-E de 129.32 ml.• Por el Oeste: Colinda con el remanente del mismo propietario U.C. 04793, en línea recta A-B de 140.63 ml.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 140.63 181357.4989 8114690.0811 B B-C 13.79 181393.8034 8114825.9400 C C-D 33.62 181400.0097 8114813.6240 D D-E 129.31 181426.3216 8114792.6895 PARTIDA REGISTRAL: 04000445, perteneciente a la O fi cina Registral Islay, Zona Registral N° XII - Sede Arequipa.E E-A 41.88 181392.9390 8114667.7646 CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 11.02.2016 (Informe Técnico N° 816-2016/ZRXII-OC-BC del 05.02.2016) expedido por la O fi cina de Catastro de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa.