Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2017 (26/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
MODIFICACIÓN DE PLAZO PARA RESOLVER

Domingo 26 de marzo de 2017 /

El Peruano
Aprobación Automática

numeral anterior. Incurre en responsabilidad la autoridad que procede de modo diferente, realizando exigencias a los administrados fuera de estos casos; asimismo el numeral 36.3, establece las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Decreto de Alcaldía, si se trata Gobiernos locales; Que, el Artículo 38 de la Ley Nº 27444, sobre Aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos, el numeral 38.5, precisa que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía; Que, la Ley Nº 30477, establece la aprobación automática para la ejecución de obras de servicios públicos autorizadas por las municipalidades en las áreas de dominio público, en concordancia a lo establecido por el artículo 31 de la Ley Nº27444; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 01-2016MSMM de fecha 14 de abril del 2016, se aprobó la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, aprobado con Ordenanza Nº 154-2011, en el procedimiento Nº32, "Autorización para abrir zanja: para tendido de tuberías de agua, desagüe y canalización de ductos e instalación de redes y ductos, instalación de redes eléctricas y alumbrado público y telecomunicaciones"; Que, mediante Oficio Nº 1046-2016/INDECOPI-CEB y Oficio Nº 006-2017/INDECOPI-CEB, INDECOPI requiere la modificación del procedimiento Nº32, con arreglo a ley, otorgando un plazo adicional de (05) días hábiles para que la Municipalidad de Santa María del Mar, realice la respectiva modificación en el TUPA respectivo; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe Nº002-2017/MDSMM, opina favorablemente por la modificación del procedimiento Nº 32, mediante la expedición de un decreto de alcaldía; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, con Informe Nº 006-2017-OAJ/MSMM, opina favorablemente por la modificación del TUPA, acto que se debe realizar con decreto de alcaldía, por así establecerlo la normatividad; Estando a lo expuesto y por los fundamentos glosados en el exordio y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6), Artículo 20; segundo párrafo del artículo 39 y artículo 42 de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO, a partir de la fecha, el Decreto de Alcaldía Nº 01-2016-MSMM de fecha 14 de abril del 2016. Artículo 2º.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, aprobado con Ordenanza Nº 154-2011-MDSMM, en lo concerniente al procedimiento Nº 32, que se detalla: 2.1 MODIFICACIONES 2.1.1. DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, EDIFICACIONES Y COMERCIALIZACIÓN - Procedimiento Nº32, "Autorización para abrir zanja: para tendido de tuberías de agua, desagüe y canalización de ductos e instalación de redes y ductos, instalación de redes eléctricas y alumbrado público y telecomunicaciones".
DETALLE MODIFICACIÓN DE REQUISITO CONCEPTO PAGO ANTES 4. Recibo de Pago por derecho de trámite Evaluación positiva ACTUAL 4.Pago por derecho de trámite

Para servicios de telecomunicaciones

Treinta (30) días

MODIFICACIÓN DE CALIFICACIÓN

Para otros servicios públicos (agua, desagüe, redes eléctricas, alumbrado público) Para otros servicios públicos (agua, desagüe, redes eléctricas, alumbrado público)

Evaluación positiva

Aprobación Automática

MODIFICACIÓN DE PLAZO PARA RESOLVER

Treinta (30) días

Aprobación Automática

Artículo 3º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a las unidades orgánicas encargados del procedimiento administrativo, bajo responsabilidad. Artículo 4º.- AUTORIZAR, al área de Informática la publicación del presente decreto en el Portal web de la municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARWAN ZAKHARIA KAHHAT ABEDRABBO Alcalde 1501229-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Declaran en situación de desabastecimiento el Servicio de Recolección de Residuos Sólidos y Transporte a la Planta de Transferencia de las Zonas de José Carlos Mariátegui (Zona 01), Cercado (Zona 02) y Nueva Esperanza (Zona 04) del distrito y dictan diversas disposiciones
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2017/MVMT Villa María del Triunfo, 15 de marzo de 2017 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Proveído Nº 216-2017-GM-MVMT de la Gerencia Municipal, los Informes Nº 008-2017-SGLPyM-GGA/ MDVMT, Nº 027-2017-JEVC-SGLPyM-GGA/MDVMT y Nº 044-2017-SGLPyM-GGA/MDVMT de la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Maestranza, el Informe Nº 009-2017-GGA/ MVMT y el Memorándum Nº 042-2017-GGA/MVMT de la Gerencia de Gestión Ambiental, el Informe Nº 271-2017-SGLGAF/MDVMT de la Sub Gerencia de Logística, el Memorándum Nº 175-2017-GAF/MVMT de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 075-2017-SGSPYAS-GDEIS/MVMT de la Sub Gerencia de Salud Pública y Asistencia Social, los Informes Nº 91-2017-GAJ-MVMT y Nº 97-2017-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece

MODIFICACIÓN DE CALIFICACIÓN

Para servicios de telecomunicaciones

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