Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2017 (26/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
Pasajes Lima - Ciudad de Asunción (República del Paraguay) - Lima: US$ 1,013.82 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ 1,013.82 Viáticos: US$ 370.00 x 1 persona x 4 días Total: US$ 1,480.00 US$ 2,493.82

Domingo 26 de marzo de 2017 /

El Peruano

por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, se aprobó la exclusión del Proceso de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas", conforme a lo solicitado por el Ministerio de Energía y Minas mediante Oficio Nº 004-2017-MEM-VME; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ratificar el Acuerdo PROINVERSIÓN Nº 745-1-2017-CPC de fecha 7 de febrero de 2017, adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, mediante el cual se aprobó la exclusión del Proceso de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas." Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1501641-2

Artículo 3.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los Quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dicho personal deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1501298-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Ratifican Acuerdo de PROINVERSION que aprobó la exclusión del Proceso de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2017-EF Lima, 24 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 046-2014-EF se ratificó el Acuerdo Nº 567-1-2013-CPC de fecha 19 de diciembre de 2013, así como su modificatoria aprobada por Acuerdo Nº 602-1-2014-DPI de fecha 2 de junio de 2014, ambos adoptados por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, a través del cual se incorporó al Proceso de Promoción de la Inversión Privada el Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas" bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674 y sus normas reglamentarias, complementarias, modificatorias y conexas; Que, mediante Resolución Suprema Nº 073-2014-EF se ratificaron los Acuerdos Nº 570-3-2014-CPC de fecha 16 de enero de 2014 y Nº 634-5-2014-CPC de fecha 13 de octubre de 2014, mediante los cuales se aprobó y modificó el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas"; Que, mediante Oficio Nº 004-2017-MEM-VME del 10 de enero de 2017, el Ministerio de Energía y Minas, solicitó a PROINVERSIÓN disponer el inicio de las acciones que sean necesarias a fin de cancelar el proceso de promoción, en relación a la Licitación Pública Internacional del Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas"; Que, mediante Acuerdo Comité PRO CONECTIVIDAD de fecha 24 de enero de 2017, adoptado por el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Energía e Hidrocarburos ­ PRO CONECTIVIDAD, se aprobó la cancelación de la Licitación Pública Internacional del Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas"; Que, mediante Acuerdo PROINVERSIÓN Nº 7451-2017-CPC de fecha 7 de febrero de 2017, adoptado

Autorizan viaje de funcionario a Paraguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 124-2017-EF/43 Lima, 24 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, del 30 de marzo al 2 de abril de 2017, se llevará a cabo la Reunión Anual de las Asambleas de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID y de la Corporación Interamericana de Inversiones (CII)­2017, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay; Que, la mencionada reunión constituye un foro de debate entre los Gobernadores de las referidas instituciones y congrega no sólo a las principales autoridades del Sector Público de los países miembros, sino también de otros países de Europa y Asia, así como la participación de autoridades de otras instituciones multilaterales, representantes de agencias para el desarrollo, banqueros y líderes empresariales; por lo que, con ocasión de dicha reunión anual se organizan talleres o foros de discusión y análisis del desarrollo político, económico y social, fundamentalmente de América Latina y el Caribe, y sobre el desarrollo económico mundial; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la participación del señor José Andrés Olivares Canchari, Director de la Dirección de Gestión de Mercados Financieros de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en la citada reunión, en calidad de Gobernador Alterno Temporal ante los citados organismos financieros multilaterales; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

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