Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2017 (26/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Domingo 26 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01 ­ Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 069-2015EF/43 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor José Andrés Olivares Canchari, Director de la Dirección de Gestión de Mercados Financieros de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, del 29 de marzo al 3 de abril de 2017, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 999.10 Viáticos (4 días) : US $ 1480.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará las rendiciones de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1501702-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje de funcionario de ESSALUD a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 046-2017-TR Lima, 24 de marzo de 2017 VISTOS: La Carta de fecha 13 de marzo de 2017, del Centro Regional de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) para Colombia y el Área Andina, el Oficio N° 290-SG-ESSALUD-2017 de la Secretaría General del Seguro Social de Salud­EsSalud y la Carta N° 619-GCPP-ESSALUD-2017 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto del Seguro Social de Salud­ EsSalud; y,

Que, mediante Carta de fecha 13 de marzo de 2017, el Centro Regional de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) para Colombia y el Área Andina, invita a nuestro Gobierno a participar en el XVI Congreso Iberoamericano de Seguridad Social, que se realizará en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 28 al 31 de marzo de 2017; Que, la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), es un organismo internacional de carácter técnico y especializado, que tiene como finalidad promover el bienestar económico y social de los países iberoamericanos y de todos aquellos que se vinculan por el idioma español y portugués mediante la coordinación, intercambio y aprovechamiento de sus experiencias mutuas en Seguridad Social; Que, el citado evento tiene por objeto establecer las directrices y criterios generales que deben orientar la actividad de la OISS durante el próximo cuatrienio, en el que junto a los programas ya en pleno desarrollo, como el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social o la II Estrategia Iberoamericana de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre otros, se someterán a consideración nuevas iniciativas; asimismo, se darán a conocer las actividades realizadas por el Centro Regional de la OISS, principales hitos y logros durante los años 2015 y 2016; Que, la participación del Seguro Social de Salud­ EsSalud en el citado evento será de suma importancia institucional, pues contribuirá a través del acercamiento a las experiencias y buenas prácticas en materia de Seguridad Social desarrolladas por los veintidós (22) países miembros de la OISS, al fortalecimiento de estrategias y mejora de la gestión de los servicios que brinda EsSalud a sus asegurados por prestaciones de salud, económicas y sociales; por tal motivo, EsSalud, ha considerado relevante la participación del Gerente Central de Seguros y Prestaciones Económicas en el citado evento; Que, mediante Carta Nº 619-GCPP-ESSALUD-2017, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto del Seguro Social de Salud­EsSalud, señala que se cuenta con asignación presupuestal correspondiente en el Fondo Financiero 001601 Gerencia Central de Seguros OSPE­ Lima, otorgando la certificación presupuestal para los viáticos y pasajes correspondientes; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, precisa que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; asimismo, para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgarán por resolución ministerial del respectivo sector; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificatorias; el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del señor JAIME RAFAEL DIAZ GUERRA, Gerente Central de Seguros y Prestaciones Económicas del Seguro Social de Salud­EsSalud, del 27 al 31 de marzo de 2017, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el Seguro Social de Salud­EsSalud, de acuerdo con el siguiente detalle:

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