Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2017 (26/03/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 9
El Peruano / Domingo 26 de marzo de 2017
NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:
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Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01 Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 069-2015EF/43 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor José Andrés Olivares Canchari, Director de la Dirección de Gestión de Mercados Financieros de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, del 29 de marzo al 3 de abril de 2017, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 999.10 Viáticos (4 días) : US $ 1480.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará las rendiciones de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1501702-1
TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje de funcionario de ESSALUD a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 046-2017-TR Lima, 24 de marzo de 2017 VISTOS: La Carta de fecha 13 de marzo de 2017, del Centro Regional de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) para Colombia y el Área Andina, el Oficio N° 290-SG-ESSALUD-2017 de la Secretaría General del Seguro Social de SaludEsSalud y la Carta N° 619-GCPP-ESSALUD-2017 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto del Seguro Social de Salud EsSalud; y,
Que, mediante Carta de fecha 13 de marzo de 2017, el Centro Regional de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) para Colombia y el Área Andina, invita a nuestro Gobierno a participar en el XVI Congreso Iberoamericano de Seguridad Social, que se realizará en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 28 al 31 de marzo de 2017; Que, la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), es un organismo internacional de carácter técnico y especializado, que tiene como finalidad promover el bienestar económico y social de los países iberoamericanos y de todos aquellos que se vinculan por el idioma español y portugués mediante la coordinación, intercambio y aprovechamiento de sus experiencias mutuas en Seguridad Social; Que, el citado evento tiene por objeto establecer las directrices y criterios generales que deben orientar la actividad de la OISS durante el próximo cuatrienio, en el que junto a los programas ya en pleno desarrollo, como el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social o la II Estrategia Iberoamericana de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre otros, se someterán a consideración nuevas iniciativas; asimismo, se darán a conocer las actividades realizadas por el Centro Regional de la OISS, principales hitos y logros durante los años 2015 y 2016; Que, la participación del Seguro Social de Salud EsSalud en el citado evento será de suma importancia institucional, pues contribuirá a través del acercamiento a las experiencias y buenas prácticas en materia de Seguridad Social desarrolladas por los veintidós (22) países miembros de la OISS, al fortalecimiento de estrategias y mejora de la gestión de los servicios que brinda EsSalud a sus asegurados por prestaciones de salud, económicas y sociales; por tal motivo, EsSalud, ha considerado relevante la participación del Gerente Central de Seguros y Prestaciones Económicas en el citado evento; Que, mediante Carta Nº 619-GCPP-ESSALUD-2017, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto del Seguro Social de SaludEsSalud, señala que se cuenta con asignación presupuestal correspondiente en el Fondo Financiero 001601 Gerencia Central de Seguros OSPE Lima, otorgando la certificación presupuestal para los viáticos y pasajes correspondientes; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, precisa que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; asimismo, para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgarán por resolución ministerial del respectivo sector; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificatorias; el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del señor JAIME RAFAEL DIAZ GUERRA, Gerente Central de Seguros y Prestaciones Económicas del Seguro Social de SaludEsSalud, del 27 al 31 de marzo de 2017, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el Seguro Social de SaludEsSalud, de acuerdo con el siguiente detalle: