Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2017 (03/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 3 de mayo de 2017 /

El Peruano

Que, por Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 009-2009/CEPLAN/PCD se aprobó la Directiva N° 001-2009-CEPLAN/PCD, Directiva para la Formulación del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional 2010 ­ 2021 (PEDN), que establece la metodología, procedimientos, responsabilidades funcionales y el cronograma para la formulación del PEDN 2010-2021. Que, en el marco de la mencionada Directiva N° 001-2009-CEPLAN/PCD se formuló el "Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021", actualmente vigente, aprobado a su vez mediante el Decreto Supremo N° 054-2011-PCM; Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, que establece como el primer pilar de la gestión pública orientada a resultados a las políticas públicas, los planes estratégicos y operativos, señalando que el CEPLAN debe brindar a todos los niveles de gobierno, las políticas priorizadas del gobierno y los lineamientos requeridos para la articulación entre políticas y planes; Que, en ese sentido, es necesario contar con un marco normativo adecuado al actual contexto, que regule la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional dentro del marco de una visión de largo plazo, en el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que el Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009PCM, establece, en los literales c) y d) de su artículo 10° respectivamente, como funciones y atribuciones del Consejo Directivo, "Aprobar la Directiva de formulación del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional" y "Aprobar la propuesta de Plan Estratégico de Desarrollo Nacional previo a su remisión a la Presidencia del Consejo de Ministros"; Que, mediante el documento del visto, el Consejo Directivo del CEPLAN aprobó la Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Con la visación del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos, del Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación, del Director Ejecutivo (e) y de la Jefa (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica del CEPLAN; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico -SINAPLAN y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/ PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- La Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional" se implementará progresivamente en las entidades de la Administración Pública conforme al ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y a los lineamientos orientadores que sobre el particular difundirá el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) (www.ceplan.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ABUGATTÁS FATULE Presidente Consejo Directivo 1515337-1

SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES
Modifican la R.J. N° 001-2017-SENACE/J mediante la cual se delegaron facultades al Secretario General y al Jefe de la Oficina de Administración del Senace
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 030-2017-SENACE/J Lima, 2 de mayo de 2017 VISTO: El Informe Nº 054-2017-SENACE-SG/OAJ del 25 de abril de 2017, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, como un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 001-2017-SENACE/J, se delega en el/la Secretario/a General y en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración diversas facultades, en materia presupuestal, contrataciones del Estado y en materia administrativa; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1341, publicado el 07 de enero de 2017, se modifica la Ley de Contrataciones del Estado, Ley Nº 30225, la misma que entra en vigencia a los quince (15) días contados a partir de la publicación de las modificaciones al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, excepto los artículos 2, 9, y literales m) y n) del artículo 11 vigentes a partir del día siguiente de su publicación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 056-2017EF, publicado el 19 de marzo de 2017, se modifica el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 3502015-EF; en consecuencia, las modificaciones a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, entraron a regir en toda su extensión a partir del 03 de abril de 2017; Que, en razón de las modificaciones aludidas, resulta necesario efectuar las precisiones respectivas a las facultades delegadas en relación a contrataciones del Estado y en materia administrativa; Con el visado de la Secretaría General; de la Oficina de Administración; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada por Decreto Legislativo Nº 1341; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 3502015-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2017EF; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1. Modificar el numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución Jefatural Nº 001-2017-SENACE/J, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: "Artículo 1. Delegar en el/la Secretario/a General del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, las siguientes facultades:

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