TEXTO PAGINA: 40
40 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de mayo de 2017 / El Peruano Conforman Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 815-2017-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 28 de abril del 2017VISTOS:Las Resoluciones Administrativas N° 334-2010-CE- PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y la Resolución Administrativa N° 384-2017 y N° 527-2017-P-CSJLIMASUR-PJ, expedidas por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia. CONSIDERANDO: La Corte Superior de Justicia de Lima Sur inicia sus funciones el 13 de octubre de 2010, por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 07 de octubre de ese mismo año. Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Mira fl ores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacamac (Se excluye al Centro Poblado Los Huertos de Manchay), Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos. La sociedad exige contar con magistrados idóneos cuya aptitud, capacidad y competencia, de la mano con una trayectoria íntegra y comportamiento apropiado, lleven adelante su misión; y que por encima de los códigos y expedientes, ubiquen su labor en una perspectiva mayor, dentro del orden democrático constitucional. Esto exige de los magistrados una impartición de justicia con independencia e imparcialidad, pero además con probidad, veracidad, y equidad, utilizando las herramientas de su conciencia, moral, diligencia, decoro, y sentido común, porque sólo desde estos rasgos esenciales de la personalidad de los magistrados se puede construir la garantía de una actuación imparcial que los jueces requieren en el desempeño de sus responsabilidades y para bene fi cio de los ciudadanos, que abone por una justicia pronta y e fi caz. Resulta relevante recordar que la administración de justicia se constituye para establecer la paz social, siendo el Juez el depositario de la función del Estado para administrar justicia; en ese sentido, si el juez tiene por función esencial administrar justicia éste no puede relegar dicha tarea, bajo ningún modo, a un segundo plano, dedicándose en horas de Despacho Judicial a labores distintas a las jurisdiccionales, solicitando constantemente permisos por horas y licencias que entorpecen el normal funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, ocasionando con ello retardo en la administración de justicia; máxime, si la sociedad nos exige mayor celeridad y efi cacia en el cumplimiento de los plazos procesales; creación de mecanismos que permitan un mayor acceso al servicio de justicia; mayor honestidad, imparcialidad y transparencia en la conducción de los procesos y en la emisión de los fallos; y, mayor uniformidad de criterios en casos similares; por lo tanto, si consideramos que un Juez diligente es aquel que toma en serio su responsabilidad frente a la comunidad y frente a las partes, entonces debe ser capaz de dejar de lado sus intereses particulares para ejercer dicha función sin ninguna interrupción. Por Resolución Administrativa N° 384-2017-P-CSJLIMASUR/PJ, la Presidencia de esta Corte dispuso reasignar a la magistrada Liliana Cruz Morales Donayre, como Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado Especializado Penal de Villa María del Triunfo, a partir del 24 de febrero del año en curso. Mediante Resolución Administrativa N° 527-2017-P-CSJLIMASUR/PJ, se dispuso reasignar a la magistrada María del Pilar Carreño Hidalgo, como Juez Superior Supernumeraria de la Segunda Sala Penal de Apelaciones, a partir del 07 de marzo del año en curso. Dentro del marco de las atribuciones y obligaciones que asume este despacho, se encuentra cautelar la pronta administración de justicia, así como veri fi car el cumplimiento de las obligaciones de los magistrados del distrito judicial 1; en ese sentido, habiéndose monitoreado y supervisado el desempeño de nuestros magistrados, se ha tomado la decisión de reasignar a algunos de ellos, a fi n de mejorar y hacer más e fi ciente el servicio de administración de justicia en pro de los justiciables. En el caso de designaciones de Jueces Provisionales y Supernumerarios en el Distrito Judicial de Lima Sur, se debe precisar que éstas se realizan bajo un estricto análisis y evaluación de los per fi les de cada uno de los profesionales que asumirán las funciones de la judicatura, para lo cual se tiene en consideración su capacidad e idoneidad, veri fi cada a través de su trayectoria profesional (antecedentes penales, judiciales y disciplinarias); además de lo previsto en el artículo 2º de la Ley de la Carrera Judicial Nº 29277, y los requisitos exigidos por ley. El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables; y, en virtud de dicha atribución se encuentra facultado para designar, reasignar, rati fi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estén en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la designación de la magistrada María del Pilar Carreño Hidalgo como Juez Superior Supernumeraria de la Segunda Sala Penal de Apelaciones; con efectividad al 02 de mayo del año en curso. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la designación de la magistrada Liliana Cruz Morales Donayre como Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado Especializado Penal de Villa María del Triunfo, con efectividad al 02 de mayo del año en curso. Artículo Tercero.- DESIGNAR a la abogada Liliana Cruz Morales Donayre como Juez Superior Supernumeraria de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de esta Corte Superior de Justicia, a partir del 02 de mayo del año en curso; quedando conformada la Sala en mención de la siguiente manera: Segunda Sala Penal de Apelaciones Dr. Juan Vicente Veliz Bendrell Presidente (T) Dr. Saúl Saturnino Gerónimo Chacaltana (S) Dra. Liliana Cruz Morales Donayre (S) Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la abogada María del Pilar Carreño Hidalgo como Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado Especializado Penal de Villa María del Triunfo, a partir del 02 de mayo del año en curso. Artículo Quinto.- DISPONER que la nueva conformación de la Sala Superior, establecida mediante la presente resolución, no debe impedir la culminación de los procesos con audiencias iniciadas, sesiones continuadas o procesos con vista de la causa pendiente de ser resueltos al treinta de abril del año en curso, las que seguirán con el mismo colegiado integrante a dicha fecha, con la fi nalidad de evitar el quiebre y/o reprogramación de los mismos. Artículo Sexto.- DISPONER que bajo responsabilidad las magistradas reasignadas, deberán presentar el inventario de los expedientes correspondientes a cada uno de los despachos conferidos, así como, deberán proceder a la entrega inmediata de las credenciales de magistrados otorgadas para el ejercicio de sus funciones, las mismas que serán devueltas a la Secretaria General de esta Corte Superior de Justicia, encargándose a la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte, la veri fi cación del cumplimiento de lo dispuesto